Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

Que a traves del Articulo 2° de la Resolucion Directoral Nº 316-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de MORDAZA de 2010, se otorgo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA DE CHALPON de matricula N° PT-02604-CM, con permiso de pesca para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y sardina con destino al consumo humano directo, de 71.09 m3 hasta 110 m3, via sustitucion parcial de la capacidad de bodega y el derecho administrativo de la embarcacion MI MORDAZA 1 de matricula PL-4445-CM; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha presentado su solicitud de modificacion de permiso de pesca, en virtud al derecho administrativo de autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 316-2010-PRODUCE/DGEPP; y que a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y demas normas modificatorias; por lo que, corresponde otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nº 9792010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, N° 058-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y el lnforme N° 101 PRODUCE /DGEPP con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920 y demas normas complementarias, Decreto supremo N° 004-2007-PRODUCE; y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Directoral N° 3982003-PRODUCE/DNEPP de fecha 06 de noviembre de 2003, la misma que fue modificada mediante Resolucion Directoral N° 494-2007-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral N° 635-2009-PRODUCE/DGEPP, con la que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA DE CHALPON de matricula PT2604-CM, solo en el extremo de su capacidad de bodega, precisandose que la citada embarcacion cuenta con una capacidad de bodega actual de 110.00 m3 para dedicarla a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2°.-.Declarar improcedente su solicitud de permiso de pesca para el recurso hidrobiologico anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo por no contar con el protocolo sanitario correspondiente. Articulo 3°.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PL4445-CM la cual ha sido desguazada y excluirla del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Articulo 4°.- Incorporar la presente Resolucion y las modificaciones respectivas, en el Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Articulo 5° .- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Autorizan participacion de embarcaciones pesqueras arrastreras en la "Pesca Exploratoria de Merluza"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 31 de enero del 2011 VISTOS: el Oficio N° DE-100-047-2011-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE del 31 de enero de 2011; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos. Asimismo, dispone que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el proposito de lograr su recuperacion en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompanante, teniendo en cuenta sus caracteristicas biologicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservacion del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el numeral 3.3 del articulo 3º del precitado Reglamento, establece que la investigacion de este recurso y su fauna acompanante realizada mediante pescas exploratorias o experimentales senaladas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, puede ser efectuada solo por empresas que cuenten con licencia para la operacion de plantas de procesamiento de productos congelados y/o permisos de pesca vigentes para la extraccion de merluza. La investigacion debe contar con la opinion tecnica previa al IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodologia y validacion de resultados esperados que se apliquen en la investigacion. Dicha investigacion requiere de la autorizacion del Ministerio de la Produccion; Que, la Resolucion Ministerial N° 287-2010-PRODUCE suspende las actividades extractivas del recurso merluza, en el area comprendida entre los 05°00' hasta los 06°00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas de 05 de noviembre de 2010, por presencia de merluza en tallas menores; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 312-2010PRODUCE se suspenden las actividades extractivas del recurso merluza en el area maritima comprendida entre los 04°00' LS y los 05°00' LS, a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 3672010-PRODUCE se establece el Regimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2011, en el MORDAZA del cual se desarrollara la actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 06°00' Latitud Sur. Asimismo, establece el Limite MORDAZA de Captura Total Permisible (LMCTP) en 40 mil toneladas; Que, el articulo 5° de la precitada Resolucion Ministerial establece mantener la suspension de las actividades extractivas dispuesta por las Resoluciones Ministeriales N° 287-2010-PRODUCE y N° 312-2010-PRODUCE, hasta las 24:00 horas del 15 de febrero de 2011; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 027-2011PRODUCE se autoriza al Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE la ejecucion de la Pesca Exploratoria de Merluza, a partir de

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