Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, referido a las "funciones especificas de la Direccion de Medio Ambiente" senala que dicha dependencia esta encargada de ejercer las funciones propias de la Presidencia de la Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (OTCA); De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 097-2010-RE que modifica la denominacion de la Comision creada por Decreto Supremo N° 011-80-RE por la de "Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica" y aprueban su estructura; de acuerdo con las atribuciones contenidas en la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Decreto Supremo N° 135-2010-RE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA), a los siguientes funcionarios diplomaticos: · Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arzubiaga Scheuch, Director de Medio Ambiente, como Representante Titular y Presidente de la referida Comision Nacional; y, · Ministra Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Direccion de Medio Ambiente, como Representante Alterna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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SALUD
Conforman Grupo de Trabajo encargado de brindar asistencia tecnica para la adecuacion y formulacion de documentos de gestion del Hospital Regional de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-2011/MINSA
MORDAZA, 18 de febrero del 2011 Visto el Expediente Nº 11-007993-001, que contiene el Oficio Nº 041-2011-GR.CAJ/GGR, del Gobierno Regional de MORDAZA, Informe Nº 022-2011-DGSP-DSS-SES/ MINSA y Memorando Nº 529-2011-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que el Ministerio de Salud, es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona humana; Que, el inciso c) del numeral 23.3 del articulo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que es funcion de los Ministerios, entre otros, prestar apoyo tecnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas;

Que, mediante Oficio Nº 683-2010-GR.CAJ/GGR, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, informo al Despacho Ministerial, que actualmente se encuentran en la fase de culminacion de la obra y equipamiento del MORDAZA Hospital Regional de MORDAZA categoria III-1, por lo que solicitan asistencia tecnica para poner en marcha el MORDAZA Hospital Regional de Cajamarca; Que, con Oficio Nº 041-2011-GR.CAJ/GGR, el Gobierno Regional de MORDAZA precisa que la asistencia tecnica que brindara el Grupo de Trabajo para el MORDAZA Hospital Regional de MORDAZA es respecto a la adecuacion y elaboracion de documentos de gestion hospitalaria como el (ROF, MOF, CAP, PAP); Que, con Informe Nº 001-2011-DGSP-DSS/MINSA, la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas, senala que resulta conveniente conformar un Grupo de Trabajo encargado de dar asistencia tecnica al Gobierno Regional de MORDAZA, para la adecuacion y formulacion de los documentos de gestion, que contribuya a que los establecimientos de salud cuenten con una adecuada organizacion para su funcionamiento y operatividad; Que, el articulo 5º del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-SA, establece que, los establecimientos de Salud y servicios medicos de apoyo para dar inicio a sus actividades deben contar con un reglamento interno entre otros documentos de gestion que definan claramente su organizacion, las funciones del personal, mecanismos de coordinacion y comunicacion interna y externa, estandarizacion de procesos y mecanismos de control de acuerdo a las normas vigentes; Que, en tal virtud resulta conveniente conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto brindar asistencia tecnica al Gobierno Regional de MORDAZA, en concordancia con lo establecido en el articulo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Creacion del Grupo de Trabajo Conformar un Grupo de Trabajo encargado de brindar asistencia tecnica al Gobierno Regional de MORDAZA, para la adecuacion y formulacion de los documentos de gestion del Hospital Regional de MORDAZA (III -1), a efecto de contribuir a que dicho establecimiento de Salud cuente con una adecuada organizacion para su funcionamiento. Articulo 2º.- Conformacion El Grupo de Trabajo estara integrado por: · Un representante de la Direccion General de Salud de las Personas, quien lo presidira; · Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; · Un representante de la Oficina General de Administracion; · Un representante de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; · Un representante de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; Articulo 3º.- Instalacion El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, debiendo presentar su informe final a la Alta Direccion, dentro de un plazo de noventa (90) dias calendario, contados a partir desde su instalacion. Articulo 4º.- Atribuciones del Grupo de Trabajo Los funcionarios y servidores de las entidades, institutos, direcciones y demas organos que integran el

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