Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 158

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NORMAS LEGALES

Domingo 30 de diciembre de 2018 /

El Peruano

la Directiva Nº 002-2017-UPEM-OPP/MVES sobre Formulación y Costeo del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; siendo que, el subnumeral 6.1 del numeral 6 de la citada Directiva, establece que: "El Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE en un documento que contiene los servicios no exclusivos que brinda nuestra institución a los administrados en el ámbito de su jurisdicción, sabiendo que estos servicios pueden ser entregados a los administrados por otras instituciones públicas o privadas. Asimismo tiene carácter de no exclusividad porque no ha sido facultado por mandato de normas."; Que, con Informe Nº 074-2018-UPEM-OPP/MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización remite el "Proyecto de Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador", el Informe Técnico que la sustenta, el Anexo Nº 01 que contiene la lista resumen de los servicios no exclusivos con sus respectivos derechos de pago, el Anexo Nº 02 que contiene la propuesta TUSNE y los informes técnicos de las diversas unidades orgánicas intervinientes; siendo que, la citada Unidad señala que en cumplimiento de sus funciones ha elaborado el Informe Técnico considerando lo establecido en el numeral 42.4 del artículo 42º del TUO de la Ley Nº 27444, la Directiva Nº 002-2017-UPEM-OPP/MVES ­ "Formulación y Costeo del TUSNE en la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador", y el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM ­ "Guía de Simplificación Administrativa y Determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad"; asimismo, precisa que cada unidad orgánica ha considerado criterios para formular los servicios no exclusivos a su cargo, tales como, la naturaleza del servicio para ser considerado como no exclusivo; identificar la existencia de su necesidad, a través del cuadro de prestaciones correspondiente; la competencia de la unidad orgánica para brindar el servicio; y que los servicios deben tener un interés público y cuidar de no incurrir en competencia desleal con la iniciativa privada; considerando además el TUO de la Ley Nº 27444, el Decreto Legislativo Nº 1246 que aprueba Diversas Medidas de Simplificación Administrativa, y Nº 1256 que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas; asimismo, la citada Unidad señala el procedimiento realizado para el cálculo de costos y los derechos de pago expresados en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2018; precisando que, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos mediante Memorando Nº 001-2018-UGRHOGA/MVES informa sobre la planilla del personal, la Unidad de Abastecimiento mediante Memorando Nº 1065-2017-UA-OGA/MVES informa sobre el costo unitario de los materiales fungibles y otros servicios de terceros, y la Oficina General de Administración mediante Memorando Nº 913-2017-OGA/MVES informa sobre los costos considerados por movilidad dentro y fuera del distrito; asimismo, se informa sobre las unidades orgánicas que remitieron sus informes detallando los servicios a considerarse y/o eliminarse en el TUSNE, tales como, la Gerencia de Desarrollo Económico y Empresarial mediante Memorando Nº 20-2018-GDEE/ MVES, la Subgerencia de Licencias, Autorizaciones e ITSE mediante Memorando Nº 1911-2018-SGLAITSEGDEE/MVES, Nº 775-2017-SGLAITSE-GDEE/MVES y Nº 537-2018-SGLAITSE-GDEE/MVES, la Subgerencia de Obras Privadas Catastro y Control Urbano mediante Memorando Nº 890-2017-SGOPPCU-GDU/ MVES, la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial mediante Memorando Nº 271-2017-STS-GSCV/MVES y Nº 320-2017-STS-GSCV/MVES, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud mediante Memorando Nº 893-2017-SGECDJ/GDIS/MVES y Nº 420-2018-SGECDJ/GDIS/MVES, la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social mediante Memorando Nº 1028-2017-SGSSBS-GDIS/MVES, la Subgerencia de Limpieza Pública y Maestranza mediante Memorando Nº 1240-2017-SGLPM-GSCGA/MVES, la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio mediante Informe Nº 669-2017-SGRCC-GSCGA/MVES, la Subgerencia de Serenazgo mediante Memorando Nº 1178-2017-SGS/

GSCV/MVES y la Agencia Municipal Nº 1 mediante Informe Nº 27-2017-AG.Nº1/GM/MVES y Nº 21-2018AG.Nº1/GM/MVES; siendo que, con Memorando Nº 086-2018-OPP/MVES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto eleva el expediente administrativo a fin de continuar con el trámite aprobatorio; asimismo, con Informe Nº 148-2018-UPEM-OPP/MVES, la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización remite la propuesta final del "Texto Único de Servicios No Exclusivos" y solicita la aprobación de 95 servicios no exclusivos mediante Resolución del Titular, de los cuales 94 tienen derecho de trámite y 01 es gratuito, recomendado dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 975-2015-ALC/MVES y la Nº 836-2016-ALC/MVES que aprueba y modifica el TUSNE, respectivamente; Que, con Informe Nº 199-2018-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para que se apruebe el "Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador", debiendo emitirse el acto resolutivo conforme lo señala el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Nº 27972, concordante con el numeral 42.4 del artículo 42º del TUO de la Ley Nº 27444, toda vez que, el TUSNE compila los servicios no exclusivos de la Municipalidad, los cuales son brindados para satisfacer a la población que lo requiera, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público; siendo que, de la revisión del proyecto TUSNE se verifica que cumple con lo establecido en la Directiva Nº 002-2017-UPEM-OPP/MVES ­ "Formulación y Costeo del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador", siendo un total de 95 servicios no exclusivos que conformaran el nuevo TUSNE; Que, con Memorando Nº 897-2018-GM/MVES, la Gerencia Municipal al contar con los informes técnicos y legales favorables, remite el expediente administrativo a la Secretaría General a fin de emitir la resolución de alcaldía que apruebe el "Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador", el mismo que compila un total de 95 servicios no exclusivos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que contiene un total de noventa y cinco (95) servicios no exclusivos, de acuerdo al Anexo Nº1 y Anexo Nº 2 que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración, a la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico realizar la actualización del Sistema de Código de Cobro de los Servicios No Exclusivos de este Municipio. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones de Alcaldía Nº 975-2015-ALC/MVES y Nº 836-2016-ALC/MVES, así como toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional de la Entidad (www. munives.gob.pe). Artículo Quinto.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y sus Anexos. Regístrese, comunique, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1727220-1

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