Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 1998 (01/04/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 1998

El Informe Nº 032-98-DPE-GRDH/IDENTIDAD de la Division de Personal de la Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano y el Memorandum Nº 160-98-IDENTIDAD/GO/GRE I del Gerente Regional Norte - MORDAZA por el que solicita el despido de MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE ROBLES. CONSIDERANDO: Que, la Division de Personal de la Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano mediante Memorandum Nº 33697-DPE-GRDH/IDENTIDAD de fecha 29 de diciembre de 1997, en atencion a las diversas llamadas de atencion formuladas a MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe Provincial Registral de IDENTIDAD - TUMBES y el Ing. MORDAZA MORDAZA FAHSBENDER MORDAZA, Gerente Regional Norte - MORDAZA, por haber incurrido en faltas de caracter disciplinario, previstas en los incisos a) y b) del Articulo 25º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, concordante con los incisos f), g) y h) del Art. 79º e inciso a) del Art. 85º del Reglamento Interno de Trabajo, le solicita a la indicada servidora, el cambio de actitud laboral y actue con responsabilidad y mayor respeto a las disposiciones contempladas en la normatividad vigente; Que, pese a estar debidamente notificada de las infracciones cometidas, en el MORDAZA del debido MORDAZA y la cautela del derecho a la defensa, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, no ha formulado descargo que levante las sanciones establecidas; ni mucho menos ha cambiado de actitud en su conducta y rendimiento laboral; Que, del analisis de los documentos presentados, se ha encontrado responsabilidad por faltas graves cometidas al haberse comprobado la NEGLIGENCIA, INEFICIENCIA y REITERADA RESISTENCIA A ACATAR LAS DISPOSICIONES LABORALES; Que, asimismo segun la evaluacion del rendimiento de desempeno durante el periodo 1997, se verifica fehacientemente el DEFICIENTE RENDIMIENTO de MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por lo que el Gerente Regional Norte - MORDAZA recomienda la NO CONTINUACION DE LOS SERVICIOS de la indicada servidora; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Jefatural Nº 021-95/RENIEC y lo dispuesto en el Articulo 78º del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Resolucion Jefatural Nº 023-98/JEF/IDENTIDAD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, la sancion disciplinaria de DESPIDO, a partir del 1 de MORDAZA de 1998 a MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano y la Gerencia de Administracion y Finanzas, efectuara el reconocimiento y pago de los Beneficios Sociales que correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la interesada e insertese en su Legajo Personal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 3513 RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 018-98-GG/IDENTIDAD MORDAZA, 30 de marzo de 1998

El Informe Nº 036-98-DPE-GRDH/IDENTIDAD de la Division de Personal de la Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano y el Memorandum Nº 159-98-IDENTIDAD/GO/GRE I, del Gerente Regional Norte - MORDAZA, por el que solicita el despido de MORDAZA YONEY ANAZCO RENTERIA. CONSIDERANDO: Que, la Division de Personal de la Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano, mediante Memorandum Nº 338-97-DPE-GRDH/IDENTIDAD de fecha 29 de diciembre de 1997, en atencion a las diversas llamadas de atencion formuladas a MORDAZA YONEY ANAZCO RENTERIA por los senores MORDAZA MORDAZA CUPEN, Jefe de la Oficina Identidad MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ALAMO, Jefe de Identidad Sullana y el Ing. MORDAZA MORDAZA FAHSBENDER MORDAZA, Gerente Regional Norte MORDAZA, por haber incurrido en faltas de caracter disciplinario, previstas en los incisos a), b) y f) del Articulo 25º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral, en los incisos a), d), f), g), h), j) y m) del Art. 79º y los incisos a) y b) del Articulo 85º del Reglamento Interno de Trabajo, e infringido las obligaciones consideradas en los Articulos 51º, 52º, 53º y 54º e inciso c) del Articulo 59º del citado Reglamento, le solicita a la indicada servidora, el cambio de actitud laboral y actue con responsabilidad y mayor respeto a las disposiciones contempladas en la normatividad vigente; Que, pese a estar debidamente notificada de las infracciones cometidas, en el MORDAZA del debido MORDAZA y la cautela del derecho a la defensa, MORDAZA YONEY ANAZCO RENTERIA no ha formulado descargos que levanten las sanciones establecidas, ni mucho menos ha cambiado de actitud en su conducta y rendimiento laboral; Que, del analisis de los documentos presentados, se ha encontrado responsabilidad por faltas graves cometidas al haberse comprobado la NEGLIGENCIA, INEFICIENCIA, RESISTENCIA A LAS ORDENES, DISMINUCION DE RENDIMIENTO, NO OBSERVAR BUEN TRATO AL PUBLICO EN GENERAL Y HACIA SUS COMPANEROS DE TRABAJO, FALTAR AL TRABAJO SIN JUSTIFICACION, REALIZAR ACTIVIDADES PARTICULARES DURANTE EL HORARIO DE TRABAJO Y LLEGAR TARDE FRECUENTEMENTE AL CENTRO DEL TRABAJO; Que, asimismo segun la evaluacion del rendimiento de desempeno durante el periodo 1997, se verifica fehacientemente el DEFICIENTE RENDIMIENTO de MORDAZA YONEY ANAZCO RENTERIA, por lo que el Gerente Regional Norte - MORDAZA recomienda la NO CONTINUACION DE LOS SERVICIOS de la indicada servidora; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion Jefatural Nº 021-95/RENIEC y lo dispuesto en el Articulo 78º del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Resolucion Jefatural Nº 023-98/JEF/IDENTIDAD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, la sancion disciplinaria de DESPIDO, a partir del 1 de MORDAZA de 1998 a MORDAZA YONEY ANAZCO RENTERIA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Gerencia de Recursos y Desarrollo Humano y la Gerencia de Administracion y Finanzas, efectuara el reconocimiento y pago de los Beneficios Sociales que correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion, a la interesada e insertese en su Legajo Personal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 3514

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