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Pág. 158642 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de abril de 1998 ENERGIA Y MINAS Precisan sanciones a empresas audi- toras e inspectoras en cumplimiento del Reglamento de Fiscalización de las Actividades Minero Energéticas por Terceros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 066-98-EM/DGM Lima, 25 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, habiendo transcurrido 4 años de vigencia de la Ley Nº 25763 y su Reglamento D.S. Nº 012-93-EM, Fisca- lización de las Actividades Minero Energéticas por Terce- ros; su aplicación en el Subsector Minero ha permitido obtener importantes logros, así como también se han visto algunos aspectos que han contribuido a bajar la calidad de los trabajos de fiscalización; Que, siendo política del Sector mejorar las acciones de las Empresas Auditoras e Inspectoras en el rubro de fiscaliza- ción a los centros de producción es necesario tomar medidas que contribuyan a mejorar los trabajos de fiscalización; Que, es necesario precisar las sanciones a que deben ser sometidas las Empresas Auditoras e Inspectoras en cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo IV, del Título IV del Reglamento de Fiscalización de las Actividades Minero Energéticas por Terceros aprobado por Decreto Supremo Nº 012-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso w) Artícu- lo 101º del Texto Unico de la Ley General de Minería. SE RESUELVE: Artículo Unico.- Sancionar a las Empresas de Audito- ría e Inspectoría que realizan o vienen realizando trabajos de fiscalización o designados de oficio para realizar exáme- nes especiales acorde a la legislación minera vigente, con: - Un (1) Informe deficiente, amonestación - Dos (2) Informes deficientes, apercibimiento de can- celación de su inscripción en el Registro de Empresas de Auditoría e Inspectoría, así como la inhabilitación tempo- ral por un plazo de 1 año de los profesionales involucrados para ejercer las funciones de Auditor e Inspector. - Tres (3) Informes deficientes, cancelación definitiva de su inscripción en el Registro de Empresas de Auditoría e Inspectoría, así como la inhabilitación por un plazo de 3 años de los profesionales involucrados para ejercer las funciones de Auditor e Inspector. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Director General de Minería 3478 MITINCI Aprueban Directiva sobre comunica- ción de actividades desarrolladas en los Casinos de Juego RESOLUCION Nº 019-98-CNCJ Lima, 17 de marzo de 1998 LA COMISION NACIONAL DE CASINOS DE JUEGO CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 01-95-ITINCI se aprobó el Reglamento de Casinos de Juego, estable- ciéndose en su Artículo 11º inciso o) que es atribución de la Comisión Nacional de Casinos de Juego solicitar las informaciones y las comprobaciones que considere nece- sarias en resguardo del interés público; Que, de acuerdo con el Artículo 1º inciso c) del citado Reglamento, las directivas son el conjunto de disposicio- nes de carácter obligatorio expedidas por la Comisión; Que, los Casinos de Juego son establecimientos desti- nados a la explotación de los juegos de azar y a la presta- ción de los servicios señalados en el Reglamento de Casi- nos de Juego y en los Contratos de Explotación de Casino de Juego que las empresas Titulares suscriben con el Viceministro de Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; En uso de las atribuciones a que se refiere el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25836 y las establecidas por el Reglamento de Casinos de Juego, estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal mediante el Informe Legal Nº 043-98-CNCJ/AL, así como a lo acordado por los miem- bros de la Comisión en su sesión ordinaria de fecha 11 de marzo de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 01-98-CNCJ, "Comunicación de actividades desarrolladas en los Casi- nos de Juego", la cual consta de 6 artículos y una disposi- ción final. Regístrese, comuníquese y publíquese. GREGORIO LEONG CHAVEZ Presidente de la Comisión Nacional de Casinos de Juego 3481 Precisan designación de Directores Re- gionales y Subregionales de Industria y Turismo que suscribirán Actas de Transferencia a que se refiere la Direc- tiva Nº 001-98-PRES/VMDR RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-98-ITINCI-DM Lima, 31 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 26922, "Ley Marco de Descentralización", dispone que las Direcciones Regionales y Subregionales a cargo de los Consejos Transitorios de Administración Regional, se incorporarán a sus respectivos Ministerios a partir del 1 de abril de 1998; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-98-PRES, se aprobó la Directiva Nº 001-98-PRES/VMDR, que nor- ma el procedimiento de incorporación del personal, acer- vo documentario, bienes patrimoniales, y recursos finan- cieros de las Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales; Que, el numeral 7. de la citada Directiva, dispone que la incorporación se formalizará mediante Actas de Trans- ferencia, las mismas que serán suscritas por los miembros de la Comisión Regional de los Consejos Transitorios de Administración Regional, y los funcionarios de las Direc- ciones Regionales y Subregionales Sectoriales designa- dos para dicho fin; Que, por tanto, es conveniente la designación de los funcionarios de las Direcciones Regionales y Subregiona- les de Industria y Turismo, que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, suscribirán las Actas de Transferencia a que se refiere la Directiva Nº 001-98- PRES/VMDR; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales", con el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo", con la Ley Nº 26703 "Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do", modificada por la Ley Nº 26884, y con la Ley Nº 26894 "Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998"; y, Con las visaciones de Ley; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los Directores Regionales y Subregiona- les de Industria y Turismo, que en representación del Sector, procederán a suscribir el Acta de Transferencia a que se refiere el numeral 7. de la Directiva Nº 001-98- PRES/VMDR, aprobada por Resolución Ministerial Nº 118-98-PRES; son aquellos que a la fecha han sido desig- nados mediante Resolución Suprema refrendada por el