Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 1998 (01/04/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 1 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 158645

Que a traves del escrito del visto, PESQUERA PASMAN S.A. y PESQUERA VELEBIT S.A. interponen recurso de reconsideracion parcial contra el Articulo tercero de la Resolucion Ministerial precitada, fundamentando el mismo en que por medio de la Resolucion Directoral citada en el MORDAZA considerando la Direccion Nacional de Extraccion declara fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por PESQUERA PASMAN S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 300-94-PE/DNE, reconociendo el derecho de incremento de flota con una embarcacion de 350 TM de capacidad de bodega; fundamento que ha quedado desvirtuado por los argumentos expuestos en el tercer considerando; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE se ha declarado como plenamente explotados los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, por consiguiente, otorgar autorizacion de incremento de flota para los citados recursos sin el requisito de sustitucion de igual volumen de capacidad de bodega contravendria los principios de conservacion y uso sostenido de dichos recursos, los mismos que fundamentan y estructuran el ordenamiento juridico pesquero; De conformidad con lo establecido en los Articulos 8º y 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion parcial interpuesto por PESQUERA PASMAN y PESQUERA VELEBIT S.A. contra el Articulo 3º de la R.M. Nº 314-97-PE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 3534

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de bodega y flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 093-98-PE/DNE MORDAZA, 31 de marzo de 1998 Visto los escritos de Registros Nºs. 06865 y 2153001 de fechas 3 de junio de 1997 y 2 de marzo de 1998 presentados por la empresa PESQUERA SAN TERENZO S.A., sucedida en la relacion procesal por la empresa INVERSIONES SAN TERENZO S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 001-98-PE de fecha 15 de enero de 1998, dispone que los procedimientos administrativos en tramite deberan adecuarse a las disposiciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por el citado dispositivo legal; Que mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 09993-PE y 110-95-PE de fechas 2 de MORDAZA de 1993 y 10 de marzo de 1995, se autorizo a la empresa PESQUERA SAN TERENZO S.A., el incremento de flota con dos (2) embarcaciones pesqueras denominadas "BOREA" y "FABIOLA" y con una (1) embarcacion pesquera denominada "ISABELLA", de 320 tm de capacidad de bodega cada una, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto;

Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 479-96PE de fecha 18 de setiembre de 1996, se autorizo a la empresa PESQUERA SAN TERENZO S.A., el incremento de flota con tres (3) embarcaciones pesqueras de cerco, de 301 m3 de volumen de capacidad de bodega cada una, refrigeradas con sistema RSW, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto; Que mediante los escritos del visto la empresa PESQUERA SAN TERENZO S.A., sucedida en la relacion procesal por INVERSIONES SAN TERENZO S.A., solicita autorizacion de incremento de bodega con la finalidad de instalar el sistema de refrigeracion RSW a las embarcaciones pesqueras "BOREA", "FABIOLA" e "ISABELLA", que cuentan con permiso de pesca y materia de las autorizaciones de incremento de flota otorgadas mediante las Resoluciones Ministeriales senaladas en el tercer considerando, solicitando ademas incrementar el volumen de bodega de las embarcaciones en construccion materia de la Resolucion Ministerial citada en el MORDAZA considerando, y asimismo, se le autorice a la construccion de una embarcacion pesquera de 340 m3 de capacidad de bodega planteado para tal efecto, un MORDAZA referencial de la capacidad actual autorizada con las que estan en construccion en base a bodega refrigerada y carga neta; Que de la evaluacion efectuada se ha determinado que lo solicitado por la empresa significaria incrementar el esfuerzo pesquero ya que permitiria ampliar las bodegas de las embarcaciones objeto de las resoluciones mencionadas en el tercer y MORDAZA considerando y construir una nueva embarcacion, deviniendo en improcedente su petitorio de autorizacion de incremento de bodega y de autorizacion de incremento de flota en aplicacion de los principios de preservacion y sostenibilidad de los recursos pesqueros, los que fundamentan y estructuran el ordenamiento juridico pesquero; Que a traves del Oficio Nº 506-98-PE/DNE de fecha 9 de febrero de 1998 se solicito a la recurrente los Requisitos Nºs. 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del Procedimiento Nº 10 correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98PE, los mismos que no han sido presentados dentro del plazo otorgado por la Administracion, mediante el Oficio mencionado, manifestandose falta de impulso procesal de parte del administrado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de bodega y de incremento de flota, presentada por la empresa INVERSIONES SAN TERENZO S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 3535

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Sancionan con despido a servidoras de la institucion
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 017-98-GG/IDENTIDAD MORDAZA, 30 de marzo de 1998

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