Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 1998 (20/08/1998)


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Pucallpa del INPE han incumplido lo dispuesto en los 1~s. a), b) y dl del Art. 21" del Dec. Leg. N" 276, faltas administrativas tipificadas en el Art. 28" Incs. a) y d) del mismo Cuerpo Legal, concordante con el D.S. N" 00%90-PCM; Estando al Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos, al Dictamen Legal N" 088-98-INPE/OPGAJ del 16.JUN.98 y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos: De conformidad a lo establecido por la Ley N' 26814, Dec. Leg. N" 276, D.S. N" 005-90-PCM, R.M. N" 077-93-JUS modificada por la R.M. W 006-98-JUS y en uso de las atribuciones conferidas por la R.M. N" 235~96-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los ex funcionarios Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA ALVINO y MORDAZA MORDAZA Di? LA MORDAZA, ex Directores de A¿ministracion de la Direccion Regional Oriente-Pucallpa del INPE, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los ex funcionarios procesados tienen derecho a presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa conforme a ley. Articulo 3".- Notificar la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano para los efectos legales consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 9184

MORDAZA, jucvcs 20 de agosto de 1998

ninos cuando estos enfrenten situaciones de riesgo; que entre las funciones especificas de las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente se consideran el brindar orientacion multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones criticas y el presentar denuncias ante las autoridades competentes por faltas o delitos en agravio de los ninos y adolescentes, interviniendo en su defensa; Que, segun el Compromiso de Lnna Alcaldes Amigos de la Ninez suscrito el 26 de agosto de 1997, los Alcaldes Provinciales del departamento de MORDAZA, Alcaldes y Alcaldesas Distritales de MORDAZA Metropolitana manifiestan su com romiso con los ninos, ajar ninas y jovenes y se comprometen a traE. a favor de ellos, implementando planes de accion que garanticen los derechos de los ninos estimulando la participacion de la poblacion, incluyendo a los propios ninos en las acciones de monitoreo de las actividades; Que, en los ultimos tiempos la ciudadania se ha conmocionado al tomar conocimiento de una serie de muertes de ninos en circunstancias por demas violentas y dolorosas a causa de maltratos y violaciones sexuales; Que! es posible disminuir e incluso eliminar las amenazas y el dano fis~o y emocional si se minimizan o eliminan las situaciones de riesgo y si se protege y fortalece la vulnerabilidad de los ninos; Que, la Municipalidad Metropolitana esta llamada al cuidado de la MORDAZA y la salud de todos los habitantes de la MORDAZA y que los ninos constituyen un sector de la poblacion que por su fragilidad requiere que se privilegie su atencion, proteccion y cuidado; ACORDO: Primero.- Promover entre los Alcaldes Provinciales del departamento de MORDAZA y entre los Alcaldes y Alcaldesas de MORDAZA Metropolitana que suscribieron el Compromiso de MORDAZA Alcaldes Amigos de la Ninez, la realizacion periodica de eventos, tales como campanas, cursos, talleres, seminarios, exposiciones. concursos y otros, dirigidos a: al La comunidad en general con la finalidad de sensibilizar a la poblacion para que asuma con responsabilidad su ineludible tarea de proteger a sus ninos. b) Los padres y profesores con el proposito de brindarles las tecnicas y estrategias necesarias para que sepan orientar adecuadamente, prevenir y anticipar respuestas de proteccion ante las situaciones que ponen en peligro la MORDAZA o el blenestar y la salud integral de sus hijos o alumnos. c) Los ninos y adolescentes para que, a traves de diversos tipos de actividades, aprendan a tomar un rol activo en la preservacion de su integridad fisica, emocional y moral. Segundo.- Conformar un equipo tecmco que coordine los esfuerzos de las Direcciones de Educacion y Cultura, de Salud y Bienestar Social, de Participacion Ciudadana y de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a fin de reparar en conjunto el Programa Municipal de Proteccion y 5 revencion del Abuso Sexual de Ninos y Adolescentes de la provincia de MORDAZA, cuyas actividades deberan iniciarse a partir del mes de junio. Tercero.- Convocara entidades publicas y privadas, a organismos no gubernamentales, a las organizaciones vecinales e incluso a personas individuales de reconocida trayectoria por su dedicacion y trabajo en favor de los ninos para que participen tanto en la implementacion como en la ejecucion del mencionado Programa Municipal. Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal Administrativa y a las instancias correspondientes que doten a dicho programa de los recursos necesarios provenientes del presupuesto municipal y que ademas gestione otras MORDAZA de financiamiento por medio de convenios y/o donaciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 9179

MtH9CIPALI[DAD METROPUL'ITANA DI3 LXMA
Disponen promover la realizacion periodica de eventos entre autoridades ediles que suscribieron el Com[omimi; de MORDAZA Alcaldes Amigos de
ACUERDO DE CONCEJO w 019 MORDAZA, 17 de febrero de 1998 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion Ordinaria de la fecha, la propuesta formulada por la senorita Regidora MORDAZA MORDAZA Zucchetti; y, CONSIDERANDO: Que, en 1959 las Naciones Unidas a rueban la Carta de la .Declaracion Universal de los Derechos deP Nmo, cuyo MORDAZA 9 dice a la letra: "El MORDAZA debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotacion"; Que, el Art. 19" de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, ratificada por el Peru en 1990, establece que el MORDAZA debe ser protegido contra toda forma de violencia, perjuicio o abuso fisico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotacion, incluido el abuso sexual; y que estas medidas de proteccion deberian comprender el establecimiento de programas sociales con obieto de urouorcionar la asistencia necesaria al MORDAZA Y a quienes cuida; de'el; Que, segun el AI% 65" de la Ley Orgamca de Municipalidades, Ley N" 23853, se considera la atencion de la seguridad colectiva corno una de las funciones de las Municipalidades; y que en el inciso 8) del Art. 66" se eslieci fica aue es funcion de la Municitx& dad realizar programas de prevenkon v de educacion sanitaiia y profilaxis local, que con fecha 15 de no;iembre de 1997 se publica en el Diario Oficial El Peruano la modificacion del Art. 67" en la cual se especifica que es fumxon de las Municipalidades defender y promover los derechos del MORDAZA y del adolescente, orientando a la familia y capacitando a la comunidad; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes, Decreto Ley N 26102, asigna responsabilidades a los gobiernos regionales y locales para que estos desarrollen acciones dentro de sus respectivasjurisdicciones; que las politicas de atencion sefialadas en el Art. 32" establecen que se realicen, entre otros, Programas de Prevencion que garanticen condiciones de MORDAZA adecuada y Programas de Proteccion que aseguren atencion oportuna a los

MtJNICIPALIDAB DE CHQRRILLUS
Dictan disposiciones referidasa lacolocacion de carteles, paneles o letreros en avenidas del distrito, de materia electoral
DECRETO DE ALCALDIA IV' 13-S&MDCH Chorrillos, 18 de agosto de 1998 EL MORDAZA DE CHORRILLOS

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