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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (01/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N” 25831, Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales y Decreto de Urgencia N” 025-98: y, Estando a la propuesta efectuada por el Directorio del Indecopi; SE RESUELVE: Artículo l”.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor José Antonio Payet Puccio al cargo de Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelec- tual del Indecopi, a partir del 30 de noviembre de 1998, agradeciéndole los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 2”.- Designar como Vocal de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi al doctor Mario Pasto Cosmópolis, a partir del 1 de diciembre de 1998. Artículo 3”.- La presente resolución será refrenda- da por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 14039 JUSTICIA Autorizan a Procurador Ad Hoc para que intervenga en procesos sobre re- cuperación o cobranza de recursos del FONAVI en liquidación RESOLUCION SUPREMA IV’ 382-98-JUS Lima, 30 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Ley N” 26969 se ha dispuesto la liquida- ción del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI y consecuentemente la desactivación de la Unidad Téc- nica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda - UTE-FONAVI; Que, mediante Resolución Ministerial N” 192-9%EF se ha designado la Comisión Liquidadora del FONAVI COLFONAVI-, estableciéndose las atribuciones y res- ponsabilidades de la misma por Decreto Supremo N” 094-9%EF, disponiéndose, asimismo, el nombramiento de un Procurador Ad-Hoc que debe asumir la represen- tación legal y defensa de los derechos del Fondo Nacio- nal de Vivienda, de la UTE-FONAVI, así como los de COLFONAVI; Que, con fecha 10 de julio de 1998 mediante Resolu- ción Suprema N” 212-98-JUS se designó al Dr. WAL- TER ORTIZ GALLEGOS a fin de que asuma la repre- sentación legal y defensa de los derechos del FONAVI y de la UTE-FONAVI, por lo cual es necesario emitir la Resolucitin Ministerial respectiva qL;e lo faculte a ini- ciar sus actividades; Que, conforme lo dispone el Decreto Ley N” 17537 la defensa de los intereses y derechos dei Estado se ejercita judicialmente por intermedio de los Procuradores Pú-1 / ’blicos encargados de los asuntos del Sector al cual les corresponde la competencia de los hechos materia del litigio; Que, según lo establece el Artículo 12” del Decreto Ley N” 17537, modificado por el Decreto Ley N” 17667, para demandar o denunciar a nombre del Estado es necesario la expedición de una Resolución Ministerial autoritativa; De conformidad con lo previsto en el Artículo 47” de la Constitución Política del Perú, Artículo 3” del Decreto Ley N” 17537 y su modificatoria el Decreto Ley N” 17667; Estando a lo acordado; SE RESUELVE. Artículo lo.- Autorizar al Procurador Público Ad-Hoc Dr. Walter Ortiz Gallegos nombrado por Resolución Suprema N” 212-9%JUS a fin de que asuma la representación legal y defensa de los dere- chos del Fondo Nacional de Vivienda en Liquida- ción, de la Unidad Técnica Especializada UTE-FO- NAVI en Desactivación, así como de la Comisión Liquidadora del FONAVI -COLFONAVI-, en los pro- cesos relativos a la recuperación o cobranza de los recursos del FONAVI en Liquidación, sin perjuicio de las acciones de cualquier otra naturaleza concer- nientes a la UTE-FONAVI en Desactivación que sea necesario iniciar, formulando demandas ylo denun- cias, así como apersonándose en los procesos judicia- les yio administrativos en el estado en que se en- cuentren, conforme a la relación anexa que forma parte de la presente resolución. Artículo 2”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 14038 ENERCIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a empre sa para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica RESOLUCION SUPREMA N” 124-9%EM Lima, 30 de noviembre de 1998 Visto el Expediente N” 14090898, que incluye los documentos con Registros N”s. 1200786, 1201937, 1201939, 1200784, 1202297, 1203473, 1203286, 1204352, 1205085, 1206781, 1207244, 1207420, 1210203 y 1211850, sobre otorgamiento de Concesión Definitiva para desarrollar actividades de transmi- sión de energía eléctrica de acuerdo con el Decreto Ley N” 25844, presentado por Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. - ETESUR, persona jurídica inscrita en la Ficha N” 6780 del Registro Mercantil de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el Artículo 25” del Decreto Ley N” 25844 y artículos pertinentes de su reglamento aproba-