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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (17/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

en el caso de Rentas de la Propiedad, Tasas, Venta de Bienes y Prestación de Servicios, entre otros, as1 como aquellos ingresos que les corresponda de acuerdo a la normatividad vigente, debe efectuarse en el mes en que se produce su captación. - En el caso de l Derecho de Vigencia de Minas , de conformidad con lo establecido en el Artículo 92” del Decreto Supremo N” 03-94-EM , los recursos correspon- dientes a dicho concepto son distribuidos por la DirecciónGeneral de Minería del Ministerio de Energía y Minas, la que debe comunicar los montos correspondientes al Ban- co de la Xació n para la distribución de los mismos, me- diante el depósito en las respectivas cuentas corrientes de las Municipalidades beneficiarias. El registro de la obtención de los recursos del Derecho de Vigencia de Minas debe efectuarse en el mes que serecibe la respectiva transferencia. f) ll. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno : - El registro de los recursos provenientes de Operacio- nes Oficiales de Crédito Interno que se contraten durante el Afro Fiscal y no se hayan considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), debe efectuarse en el mes de su obtención, mediante la aprobación de un CréditoSuplementario (modificación presupuestaria en el Niu4 Institucional). - Sólo se incorporan los recursos que obedezcan a operaciones suscritas oficialmente, mediante el Contratoo Convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronograma de desembolsos previsto para el Ario Fiscal. g) 12. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo : - El registro de los recursos provenientes de Operacio- nes Ofíciales de Crédito Externo que se contraten duran- te e l Año Fisca l y no se hayan considerado en e l Presu- puesto Institucional de Apertur a (PIA), debe efectuarse en el mes de su obtención, mediante la aprobación de unCrédito Suplementario (modificación presupuestaria enel Nivel Institucional). - Sólo se incorporan los recursos que obedezca n a operaciones suscritas oficialmente, mediante el Contratoo Convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronograma de desembolsos previsto par a el Año Fiscal. h) 13. Donaciones y Transferencias : - El registro de los recursos provenientes de donacio- nes y transferencias (no precisadas en los literales prece- dentes), debe efectuarse en el mes de su obtención, me- diante la aprobación de un Crédito Suplementario f modi- ficación presupuestaria en e l Nivel Institucional). - Sólo se incorporan los recursos que obedezcan a actos suscritos oficialmente y que tengan fuerza vinculante. Incorporación de los Saldos de Balance Artículo 8”. - Los recursos financieros que no se hayan utilizado durante el ejercicio presupuestario 1998, cons-tituyen Saldos de Balance, debiendo ser incorporados alPresupuesto Municipal una vez culminado el cierre del citado ejercicio, en las mismas Fuentes de Financiamien- to que los ha generado, mediante la aprobación de unCrédito Suplementario. Lineamientos para la Ejecución de los Gastos Artículo 9”. - La ejecución de los gastos contemplados en el Presupuesto Institucional, se sujetan a los siguien- tes linearnientos : a) La ejecución del gasto se enmarca dentro de la Estructura Funcional Programática aprobada en el Pre-supuesto Institucional. Por tanto, la ejecución del gasto se supedita a los montos máximos aprobados en el Presupuesto Municipal pa ra las s Funciones, Programas, Subprogramas&luida- des y Proyectos a nivel l de Fuentes de Financiamiento, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto , Modali- dad de Aplicación y Específica a dell Gasto.b) La apertura o eliminación deActividades y Proyec- tos se efectúa a través de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel l Institucional o Funcional Programático, según sea el caso, y se sustenta en la priorización de los Objetivos Institucionales y en l a Escala de Prioridade s establecida por el Titular del Pliego. En concordancia con lo prescrito en el numeral 1) del artículo 36” de la Ley N” 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades, se requier e Acuerdo de Concejo , cuando se trate de la apertura o eliminación deProyectos vinculados al desarrollo local, así como de aquellos cuyo plazo deejecución exceda a l Año Fiscal. c) La menor ejecución de lo s Recursos Público s contem- plados en el Presupuesto Institucional, de ninguna manera es compensada con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios (antes Tesoro Público). d) La Ejecución Presupuestaria del gasto se supedita al monto máximo contemplado en el Presupuesto Institu-cional así como a la disponibilidad efectiva de losRecursos Públicos que recauda, capta u obtiene el Pliego. Por tanto, es responsabilidad de las áreas administra- tivas vinculadas a la Administración Presupuesta1 y Finan-ciera de los hbierno s Locales asegurar el oportuno flujo de recursos financieros a fin de garantizar la operatividad y funcionamiento de las Municipalidades y el cumplimiento de la s Metas Presupuestaria s trazadas para elAñ o Fiscal e) La información de ejecución presupuestaria de ingresos y gastos se consigna en los Formatos de Evalua-ción Semestral y Anual, que serán aprobados en la Direc-tiva de Evaluación Presupuestaria de los Gobiernos Loca-les para 1999. La citada información debe ser compatible con la información d e Ejecución Presupuestari a de ingre- sos y gastos que el Pliego concilie con la Contaduría Pública de la Nación. Programación de los Ingresos y Gastos Munici- pales Artículo lo”.- La Programación de Ingresos y Gastos Municipales, durante la Fase de Ejecución, es el procesoque permite la fluidez del gasto en función a la proyección de los recursos que se esperen recaudar, captar u obtener. La Programación de Ingresos debe permitir conocer la oportunidad y la disponibilidad mensual, trimestral, se- mestral y anual de los ingresos, por toda Fuente de Financiamiento, de tal forma que el Pliego Presupuesta- rio pueda determinar su flujo de ingresos y utilizarlos adecuadamente en los gastos programados. La Programación de Gastos debe permitir ajustar la demanda de gasto que implica el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones a que se refiere el Artículo 7” de la Ley W 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Artículo 3” del Decreto Supremo N” 039-9%PCM , en función al flujo de los ingre- sos a recaudar, captar u obtener definidos en la Progra- mación de Ingresos. Responsabilidades en la Programación de los Ingresos Artículo 1 l”.-La Programación de Ingresos es res- ponsabilidad de las Oficinas o Direcciones que cuentencon dependencias recaudadoras, captadoras u obtenedo- ras de recursos, las que deben informar oportunamente ala Oficina de Planificación y Presupuesto, bajo responsa- bilidad de su Jefatura, la siguiente información : l Reporte diario de la ejecución de ingresos. l Reporte Consolidado Mensual de la Ejecución de Ingresos. Las Oficinas de Planificación y Presupuesto son res- ponsables de efectuar las proyecciones de los ingresos que mensualmente se esperan recaudar, captar u obtener,para cuyo efecto, debe elaborarse la siguiente informa- ción : l Proyección Anual de Ingresos (Enero - Diciembre) l Proyección Trimestral de Ingreso s (Enero - Marzo, Abril - Junio, Julio - Setiembre y Octubre - Diciembre I. La Proyección Anual de Ingresos se elabora antes del inicio del IXjercicio Presupuestario 1999 . Las Proyeccio-