Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 1998 (17/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

en el caso de Rentas de la Propiedad, Tasas, Venta de Bienes y Prestacion de Servicios, entre otros, as 1como aquellos ingresos que les corresponda de acuerdo a la normatividad vigente, debe efectuarse en el mes en que se produce su captacion. - En el caso de Derecho de l Vigencia de Minas d e , conformidad con lo establecido en el Articulo 92" del Decreto Supremo N" 03-94-EM los recursos correspon, dientes a dicho concepto son distribuidos por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, la que debe comunicar los montos correspondientes al Banco de la Xacio para la distribucion de los mismos, men diante el deposito en las respectivas cuentas corrientes de las Municipalidades beneficiarias. El registro de la obtencion de los recursos del Derecho de Vigencia de Minas debe efectuarse en el mes que se recibe la respectiva transferencia. f) ll. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno : - El registro de los recursos provenientes de Operaciones Oficiales de Credito Interno que se contraten durante el Afro Fisca y no se hayan considerado en el Presupuesto l Institucional de Apertura (PIA), debe efectuarse en el mes de su obtencion, mediante la aprobacion de un Credito Suplementario (modificacion presupuestaria en el Niu4 Institucional). - Solo se incorporan los recursos que obedezcan a operaciones suscritas oficialmente, mediante el Contrato o Convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronograma de desembolsos previsto para el MORDAZA Fiscal. g) 12. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo : - El registro de los recursos provenientes de Operaciones Oficiales de Credito Externo que se contraten durante e Anol Fisca y no se hayan considerado en e Presul puesto Institucional de Apertur (PIA), debe efectuarse a en el mes de su obtencion, mediante la aprobacion de un Credito Suplementario (modificacion presupuestaria en e lNivel Institucional). - Solo se incorporan los recursos que obedezca a operaciones suscritas oficialmente, mediante el Contrato o Convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronograma de desembolsos previsto par el Ano Fiscal. a h) 13. Donaciones y Transferencias : - El registro de los recursos provenientes de donaciones y transferencias (no precisadas en los literales precedentes), debe efectuarse en el mes de su obtencion, mediante la aprobacion de un Credito Suplementario f modificacion presupuestaria en e Nivel Institucional). l - Solo se incorporan los recursos que obedezcan a actos suscritos oficialmente y que tengan fuerza vinculante. Incorporacion de los Saldos de Balance Articulo 8". Los recursos financieros que no se hayan utilizado durante el ejercicio presupuestario 1998, constituyen Saldos de Balance, debiendo ser incorporados al Presupuesto Municipal una vez culminado e lcierre del citado ejercicio, en las mismas MORDAZA de Financiamiento que los ha generado, mediante la aprobacion de un Credito Suplementario. Lineamientos para la Ejecucion de los Gastos Articulo 9". La - ejecucion de los gastos contemplados en el Presupuesto Institucional, se sujetan a los siguientes linearnientos : a ) La ejecucion del gasto se enmarca dentro de la Estructura Funcional Programatica aprobada en el Presupuesto Institucional. Por tanto, la ejecucion del gasto se supedita a los montos maximos aprobados en el Presupuesto Municipal p r ls aa a Funciones, Programas, Subprogramas&luidas de y Proyectos a nivel de MORDAZA de Financiamiento, s l Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto Modali, dad de Aplicacion y Epcfc s eiia dl a e Gasto. l

b )La apertura o eliminacion deActividades y Proyectos se efectua a traves de Modificaciones Presupuestarias en eNvl l ie Institucional o Funcional Programatico, segun l sea el caso, y se sustenta en la priorizacion de los Objetivos Institucionales y en l Escala de Prioridade establecida a s por el Titular del Pliego. En concordancia con lo prescrito en el numeral 1) del articulo 36 " de la Ley N" 23853 - Ley Organica de Municipalidades, se requier Acuerdo de Concejo cuando se , e trate de la apertura o eliminacion deProyectos vinculados al desarrollo local, asi como de aquellos cuyo plazo de ejecucion exceda a Ano Fiscal. l c ) La menor ejecucion de lo Recursos Publico contems s plados en el Presupuesto Institucional, de ninguna manera es compensada con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios (antes Tesoro Publico). d )La Ejecucion Presupuestaria del gasto se supedita al monto MORDAZA contemplado en el Presupuesto Institucional asi como a la disponibilidad efectiva de losRecursos Publico que recauda, capta u obtiene el Pliego. s Por tanto, es responsabilidad de las areas administrativas vinculadas a la Administracion Presupuesta1 y Financiera de los hbierno Locales asegurar el oportuno flujo de s recursos financieros a fi n garantizar la operatividad y de funcionamiento de las Municipalidades y el cumplimiento de la Metas Presupuestaria trazadas para elAn Fiscal s s o e ) La informacion de ejecucion presupuestaria de ingresos y gastos se consigna en los Formatos de Evaluacion Semestral y Anual, que seran aprobados en la Directiva de Evaluacion Presupuestaria de los Gobiernos Locales para 1999. La citada informacion debe ser compatible con la informacion d Ejecucion Presupuestari de ingrea e sos y gastos que el Pliego concilie con la Contaduria Publica de la Nacion. Programacion de los Ingresos y Gastos Municipales Articulo lo".- l La Programacion de Ingresos y Gastos Municipales, durante la Fase de Ejecucion, es el MORDAZA que permite la fluidez del gasto en funcion a la proyeccion de los recursos que se esperen recaudar, captar u obtener. La Programacion de Ingresos debe permitir conocer la n oportunidad y la disponibilidad mensual, trimestral, semestral y anual de los ingresos, por toda Fuente de Financiamiento, de tal forma que el Pliego Presupuestario pueda determinar su flujo de ingresos y utilizarlos adecuadamente en los gastos programados. La Programacion de Gastos debe permitir ajustar la demanda de gasto que implica el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 7" de la Ley W 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Articulo 3" del Decreto Supremo N" 039-9%PCM en funcion al flujo de los ingre, sos a recaudar, captar u obtener definidos en la Programacion de Ingresos. Responsabilidades en la Programacion de los Ingresos Articulo 1 l".- La Programacion de Ingresos es responsabilidad de las Oficinas o Direcciones que cuenten con dependencias recaudadoras, captadoras u obtenedoras de recursos, las que deben informar oportunamente a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, bajo responsabilidad de su Jefatura, la siguiente informacion : Reporte diario de la ejecucion de ingresos. Reporte Consolidado Mensual de la Ejecucion de Ingresos.
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Las Oficinas de Planificacion y Presupuesto son responsables de efectuar las proyecciones de los ingresos que mensualmente se esperan recaudar, captar u obtener, para cuyo efecto, debe elaborarse la siguiente informacion : Proyeccion Anual de Ingresos (Enero - Diciembre) (Enero Proyeccion Trimestral de Ingreso Marzo, MORDAZA - Junio, MORDAZA - Setiembre y Octubre Diciembre I. La Proyeccion Anual de Ingresos se elabora MORDAZA del inicio del IXjercicio Presupuestario .1999 Las Proyecciol l

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