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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 1998 (23/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

Pág.156720 apéntanoBIa Lima. viernes 23 de enero de 1998 los Juzgados Especializados en lo Penal, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCOS IBAZETA MARINO Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Autorizan viaje de fiscal para partici- par en Programa de Cooperación Interuniversitaria a realizarse en Es- paña RESOLUCION DE LA COM.K3ION EJECUTIVA DEL MINISTBRIO PUBLICO N” OSS-99-MI’-CEMP Lima, 22 de enero de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio W 080-98-MP-FGDJL cursado por el doctor Pablo Sbnchez Velarde, Fiscal Superior encargado de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima, mediante el cual solicita licencia con goce de haber del 16 de febrero al 21 de marzo de 1998 por haber sido seleccionado por la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI, ara representara la Universidad Nacional Mayor de San Earcos en el “Programa de Cooperacibn Interuniversitaria/ AL.E. 1998” a llevarse a cabo en la Universidad de Valencia - EspaiIa y estando a lo acordado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de fecha 22 de enero de 1998, con dispensa de la lectura del Acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nos. 26623,26695 y 26736; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje y la partici- pación del doctor Pablo Sbnchez Velarde, Fiscal Superior encargado de la Gestión de Gobierno dele ada por la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público ene t:.Dmtnto Judicial de Lima, al “Programa de Cooperación Interuniversitariaf AL.E. 1998” a llevarse a cabo en la Universidad de Valencia - España del 16 de febrero al 21 de marzo de 1998; conce- diéndosele licencia con goce de haber del 15 de febrero al 22 de marzo de 1998. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente resolución no serán con cargo al presupuesto del Ministerio Público. Artículo Tercero.- Encargar el Des acho de la Fisca- lía Superior encargada de la Gestión de &bierno delegada r la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el i?lstnto Judicial de Lima al doctor Mario Armando Cavero Velaochaga, Fiscal Superior Titular por el término que dure la licencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público gzN4FAEL FERNANDEZ HERNANI Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio PúblicoMARIO DAVID ZEGARF7.A MAFUÑAS Secretario Ejecutivo Interino - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 0817 Prorrogan plazo para. que caja munici- pal de ahorro y crédito enajene bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS IV 031-99 Lima, 9 de enero de 1998 ;;$LS;g;INTENDENTE DE BANCA Y . VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación de los bienes señalados en los Anexos que forman parte de la presente resolución, adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, conforme a lo previsto en el Artículo 215” de la Ley No 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215” de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmue- bles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectuado, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras “E” mediante Informe N” ASIF”E” N” 459-0’1’197 ya lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; y. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley W 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y OrgBnica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE:RESUELVE: Articulo IS- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215” de la Ley General, para que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo No 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.Articulo IS- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215” de la Ley General, para que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo No 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2”.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Articulo 215” de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que venció el referido plazo. Artículo So.- En relación a los bienes señalados en el Anexo W 2, ue forma parte integrante de la presente Resolución, de 8,rán proceder a constituir la provisión res- pectiva en forma inmediata, por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros