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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (25/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 157654 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de febrero de 1998 economista Rosa María del Castillo Rosas, Directora de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, In- tegración y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacional, de acuerdo al si- guiente detalle: Sra. Rosa María Del Castillo Rosas Pasajes US$ 610.06 Viáticos US$ 600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2135 M T C Nombran Director Ejecutivo del Progra- ma de Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructu- ra de Transporte RESOLUCION SUPREMA Nº 032-98-MTC Lima, 24 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Programa de Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructura de Transporte del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decretos Leyes Nºs. 25862 y 25515; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Nombrar, a partir de la fecha, al Ing. PABLO MAXIMO CHIRINOS VARGAS, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo del Programa de Cami- nos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitación Infraes- tructura de Transporte del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2136 Aprueban Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto que cobra CORPAC S.A. en vuelos de acción cívica en zonas decla- radas en emergencia RESOLUCION MINISTERIAL Nº 077-98-MTC/15.02 Lima, 19 de febrero de 1998 Vista la propuesta formulada por la Corporación Pe- ruana de Aeropuertos y Aviación Comercial - CORPAC S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 104-96-MTC/15.12, se modificó la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) que cobra la Corporación Peruana de Aeropuer- tos y Aviación Comercial - CORPAC S.A. a los pasajeros que utilizan los servicios aeroportuarios en viajes dentro del territorio nacional; Que a consecuencia del Fenómeno de El Niño, el Ejecutivo declaró en emergencia diversos departamentos del país, los cuales se han visto afectados por fuertes precipitaciones fluviales que han ocasionado diversos daños interrumpiendo las vías de comunicación; Que tanto la Fuerza Aérea del Perú como las compa- ñías de aviación comercial, se encuentran colaborando con la población afectada por dicho fenómeno natural, por lo cual vienen realizando vuelos de acción cívica en zonas declaradas en emergencia, resultando pertinente modifi- car en parte la Tarifa Unificada que cobra CORPAC S.A. por el uso de los aeropuertos y con carácter excepcional; Que el Decreto Legislativo Nº 99 - Ley de CORPAC S.A., en su Artículo 18º prescribe que las tarifas por los servicios que presta dicha Corporación son aprobadas y/ o modificadas a propuesta de CORPAC S.A. mediante Resolución del Titular de este Ministerio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 99 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los pasajeros que utilicen los servicios de los aeropuertos de Tumbes, Talara, Chiclayo y Trujillo, administrados por CORPAC S.A., abonarán la cantidad de Un Nuevo Sol (S/. 1.00) por Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto cuando aborden vuelos de acción cívica pro- gramados tanto por la Fuerza Aérea del Perú como por las compañías de aviación comercial. Artículo 2º.- La Tarifa Unificada de Uso de Aeropuer- to establecida precedentemente no es de aplicación en los servicios de la aviación comercial que no realicen los vuelos de acción cívica programados, la cual se regirá de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 104-96-MTC/15.12. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación y se mantendrá en tanto la Fuerza Aérea del Perú continúe con los vuelos aludidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2046 Autorizan a Procurador iniciar proce- so judicial a presuntos responsables de daño económico causado en perjui- cio de ENAPU S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-98-MTC/15.02 Lima, 20 de febrero de 1998