Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 1998 (04/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

tcs en hechos sm~ilarw y que SC logro el cumplimiento de las metas y obJetivos, tal como lo w?lala la Ley del Sistema Nacional de Control (D.L. W 26162) en su Titulo 11. Capitulo II Articulo 14°, inciso "E". E n c u a n t o a la adqukcxm de materiales d e limpieza a las empresas NATHALY, LA MOSA. STA. MORDAZA y FERROMAX de los documentos que obran en su descargo se aprecia que, los precios oFertado!: por las empresas en mencion cumplen con el procedimiento establecido por el RUA y que para determinar la diferencia de costo5 ci<* un producto no cs pertinente equiparar pro formas emitidas por empresas de otra jurisdiccion donde SC solicita el wrvicw. corno es el i`aso de la Ferreteria "DONAYRE" sito en la MORDAZA dc MORDAZA, debido a qw esta no ofrece las mismas condiciones de compra y venta. como es lugar de entrega, unidad de medida y condiciones de ven! a; las empresas MORDAZA senaladas tienen como residencia comercial IX MORDAZA de Chiclayo, por consiguiwtc en ta& extremo se acredita ue no existe la presunta sobrevalorizacion de costo; de los pro 3 uctos o b s e r v a d o s p o r e l Organo de Control, consecuentemente h a enervado los cargos formulados en su contra; Que, estandoal descargo presentado por los servidor e s MORDAZA SIME MORDAZA encargndo del Area de Control Presupuesta1 y MORDAZA GUTlERREZ MORDAZA, Tesorero Regional, del dnahsls de sus mstrumenlales fluye que. tienen los mismos argumentos siendo convenirnte evaluar. simultaneamen- te los descargos De las pruebah aparejadas `ie aprecia que. mediante R:D: N `227-W INPE-DRN-CH de fecha 3 dc octubre de 1996 s< autoriza a los servidores procesados y al Sr. MORDAZA, MORDAZA MORDAZA t-x Director dc Administracion la responsabilidad para &ctux ope raciones bancarias de las Suhcur nlas c o r i e n t e s y cuenta corriente de la Region, ante la ausencia del Direct or de Administracion MORDAZA l o s c h e q u e s p o r l a s u m a d e S / 64-557-20 s i n girar1 >i inmediatamente por estar proximo a la culmin.kin de la I jecucion del Calendario de Compromisos d(>l mes de octubre dc ; 996. al existir saldos en las partidas presupuestales por {`alta d:, capacidad de gasto de la Unidad d e Abastecimientos segun refieren adoptaron esas medidas porque 1>1 servidor MORDAZA SIMI CASTIL L O fue c o m i s i o n a d o mediante 1'1 Memorandum N 921-96° INPE-DRN-CH para viajar a la MORDAZA de MORDAZA a ii" de sustentar los gastos d e l P r e s u p u e s t o 1 9 9 7 y tenian que garantizar la . I eJecuciGn de las partldas asignad,rs para el mes de octubre de 1996. al encontrarse en l a s visperas de la fecha de c l minacion de u la ej&uci»n del calendario ademas que los cheques no permanecieron mas de treinta dias en cartera, ~1 bien se ha incumplido la MORDAZA General de Tesoreria 10, Medidas dc Seguridad para el Giro de Cheques y Traslado de Fondos. esta se .itwu.i co" las justificaciones que tuvieron los scrvi dores procesados pcLra realizar tal accibn, por consiguiente han dcsvlrtuado en +irtr los cargos formulados ensu c«ntrasuhskt lw~do :afalin~Iisc.l)li~~ria tipificada cn el Inc. d) del Art. 28" dt.1 Decreto Legislativt, N" 276: Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLAZA ex Jefe de Abastecimiento de la DRN, de SUS inst rumentales flu:.r.quc. si tnenel Art. 5.1.4 del RUA,establece que el proveedor beneficiario debera entregar u la surcnpw~n di,1 contrate, una carta fianza o cheque de gerencia, esta se realiza para garantizar el cumpl- miento de una obligacion de la forma convenida en t-l caso del pwcesado al suscribir el contrato firmado con Negocrzcioncs MORDAZA S A., para la confeccion de uniformes del personal de seguridad supleioriamentc a lo dispuesto umade SI. 5,950.00, he ha obscnado que no obstante rmccr la forolalidad esta ha cumplido su proposi!r>y de las mvcst~gacion<~s rtwhzadas SE evidencia que no ha t enido efecto perjudicial para la institucion tampoco se acredita l a existencia de otros contratos c elebrados bajo la-: mismas condiciones durante s u gestion q , edando desvirtuadas las imputaciones hechas en su contra. Qw. del descargo presentado por don VIC T O R Al TURO RUBIO CAMPILLAY, e x Director del E.P.S. de Rio Seco MORDAZA, argumenta en su defensa que. lo sucedido en relacitin dr 1.1 visita de las internas del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Sullana al Establecimiento Penitenciarlo de Sentenciados de Rio Seco - MORDAZA, donde sc habia programado una visita ex traordinaria co" sus esposos o romivlcntlx f'n aphcacion al Iri. 3) del Articulo 59"deI Codigo de Ejwucion Penal y el Plan tic TI- Ibajo W 001-96-INPE de la Comision Reorganizadora binomio internofamilia, que en el rubro de tareas indicaba efectuar reenc uentros familiares, para ello MORDAZA previamente con la l a opinion del 0rgano Tecnico de Tratamiento y del ConsejoTc,~:n~cor"~nlt,enciario y que el vehiculo usado fue (`1 asignado al F: PS. :ILO Seco debido a que la movil del E.P.M. de Sullana no estaba operativa e s t a accion n o o c a s i o n o mayor incremento de combustible al asignado normalmente; sin embargo l a visita entre pe rsonas privadas de MORDAZA no senala e l Codigo de Ejecucion 1 t nal ni mucho menos la visita intima por ot ro lado el servidor procesado tampoco acredita la e x i s t i a de las Actas del Organo Te cn ico de Tratamiento y Consejo Tecnico Penitenciario co" opini&: lavorable por la concesion del beneficio penitenciario en rel a cion al Plan de Trabajo, esta referida B realizar reencuent ros fam iliares e n t r e internos y sus familiares que gozan de MORDAZA para garantizar la unidad faml11ar.y la inflwnrla so&1 cn favor de1 nterno. mis no efectuar reencuentros cntrt, filmiliar+s internos `? 41 clyitas intimas, por cuanto ckstr)i b<~neficios se encu<`nwan prswstirs <*n los Articulos 58° y 59° del Codigo d e Ejecucion Penal por lo que subsiste el cargo atribuido falta administrativa tipificada chn los Inrs. a) y d ) del Art. 28° del Decreto Legislatxo N°276. k.11 torno al incumplimiento de las recomendaciones del Jefe d e P r o teccion d e l Medio Ambiente de la Direccion de Salud Ambiental de Piura. rat us quedan levantada- ot,wrvun
gestion ha realizado diversas gestiones para dar solucion a traves de los siguientes documentos Oficio N" 094-96-D-EPS-PIURARS-INPE, Oficio N" 44-96-EPSRS-INPE, Oficio N" 103-96-ADMEPS/RSP.INPE, Oficio N" 046-96-JS-EPS-RS/PIURA-INPE, d e ifirial manera muestra otros documentos por el cual se acredita haber realmado trknites para solucionar el problema del aguay desague MORDAZA y despues de haber sido objeto de Ia observacion por la Direccion de Salud Ambiental de Piura; no obstante a ello la medida disciplinaria se adopta de acuerdo ala bqavedad de Ia falta cometida; Que, estando al descargo presentado por el servidor MORDAZA YOCTUN SECLEN, Jefe de Trabajo de Ia Direccion Regional Norte,, fluye que mediante Informe N" 075-95-INPE-DRNDT/JT de fecha 15 de diciembre de 1995 informa a la Direccion de Tratamiento la culminacion en la entrega de herramientas a los Establecimientos Penitenciarios de la Region, durante los ~"eses de MORDAZA a noviembre de 1995, de igual forma entrega herramientas en el ano 1996 co" la finalidad de continuar co" la implementacion de talleres en Ios EstabIecimientos Penitenciarios, adjunta las Actas de Entrega de Herramientas y que mediante los Informes N"s. 001, 009,017,057,086 y 106-96-INPE/DRN-DT/JTE y Ios Oficios N"s. 037 y 043-96-INPE-DRN-DT/JTE realiza los requerimientos de herramientas y materias primas. Sobre lo observado e s pertinente senalar que la compra de herramientas, maquinarlas y materias primas por ingresos propios es de exclusiva responsabilidad de la Direccion de Administracion Regional, quien maneja las Partidas Presupuestales de la Region a traves de calendarios de compromisos, si" embargo corresponde al Jefe de Trabajo realizar el seguimiento de las partidas de ingresos propios para que sea" revertidas en los talleres, del cual no adiu"tanin&m Informe, ademas que en lo que corresponde a su gestion s
De conformidad co" lo establecido en el Decreto Legislatwo h-" 276, Decreto Supremo N" 005-9O-PCM; Ley N° 26814 y Resolucion Ministerial N° 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial N" 006-98-JUS, en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N° 235-96-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- IMPONER Ia sancion disciplinaria de DESTITUCION a los ex servidores de Ia Direccion Regional Norte de1 INPE, MORDAZA MORDAZA YOVERA. ex Jefe de Almacen; MORDAZA ALBUJAR MORDAZA, ex Administrador del E.P.S. Piura; MORDAZA MORDAZA PATINO, ex Tesorera Regional; y MORDAZA MORDAZA RUBIO CAMPILLAY, ex Director de1 E.P.S. de MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL, por espacio de Treinticinco (35) dias sin goce de remuneraciones a los servidores de la Direccion Regional Norte: MORDAZA SIME MORDAZA, encargado de Control Presupuestal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Tesorero Regional; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento; y MORDAZA YOCTUN SECLEN, ex Jefe de Trabajo. Articulo 3°.- ABSOLVER de los cargos formulados en la Resolucion N" 654-97-INPE/CR-P, a los servidores de1 INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Adquisiciones; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento; MORDAZA MORDAZA MORDAZA PLAZA, ex Jefe de Abastecimiento de la Direccion Regional Norte. Articulo 4°.- DISPONER a la Oficina de Recursos Humanos ue imponga la sancion de Suspension en el cargo por es acio de mnce (15) dias sin goce de remuneraciones, a la servi aora del 8. INPE. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administradora del E.P.M. de Sullana, de conformidad aI Art. 157°del Decreto Supremo N°00590-PCM, en cumplimiento a las recomendaciones de1 Informe N 166-97-INPE-CPPAD de fecha 10 de diciembre de 1997. Articulo 5°.- NOTIFIQUESE la presente resolucion a traves del Diario Olicial El Peruano, para Ios efectos Iegales pertinentes. Registrese comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA VARILLAS Presidente (e) Comision Reorganizadora 7320

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.