TEXTO PAGINA: 26
S.B.P.DE LAMPA CLEMENT E QUISPE BARRERA DIRECCION JR TORIBIO PACHECO S/N S.B P.DE HUANCANE DANIEL LUINZ ORIHUELA DIRECCION JR LENIA NO 407 12 DEPARTAMENTO DE TACN S.B P.DE TARATA DANIEL RONDON TELLEZ DIRECCION CALLE ZELA No 129 7327 JNE FE DE ERRATAS RESOLUCION N” 381-98-JNE Por Oficio N°1398-98-SG/JNE, el Jurado Nacional de Eleccio- “es solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución N” 381-98- JNE, publicada en nuestra ediclitn del día 3 de julio de 1998, página 161721. DICE: Artículo 1” Daniel Carbajal Luna. Alcalde del Concejo Distrital de Mara- “ura DEBE DECIR: Manuel Gamarra Boza, Alcalde del Concejo Distrital de Maranura ADUANA S Aprueban Formato del documento ”De- claración Jurada de Equipajes” RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL N° 601614 Callao, 26 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas N” 00556 publicada el 15.5.95 se aprobó el formato denominado “Declaración Jurada de Equipajes” al amparo de lo dispuesto en el Art. 7° del Decreto Supremo N” 059-95-EF. Regkunento de Equipaj e y Menaje de Casa; Que a través del despacho de este Destino Aduanero Especial, se ha observado el tráfico de productos y subproductos de origen animal o vegetal, así como de especímenes de l a flora y fauna silvestre, los cuales por su naturaleza se encuentran sometidos a restncciones para importación y ~xportauón y, en tal .entido se requiere perfeccionar el control del cumplimiento por parte de los usuarios, de las obligaciones establecidas en los d ispositivos legales sobre la materia; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Convenio de Coopera- ción entre el Instituto Nacional de Recursos Naturak s (INRE- NA) y la Superintendencia Nacional de Aduanas, es necesario establecer las condlcrones nacesarias a efectos de lograr un efectivo intercambi o de informacion que prrnnta nejorar el control y vigilancia asi como mitigar y detener el tráfil (9 Ilegal de especímenes de fauna y flora silvestre; Que, asimismo, es necesario adoptar las medidas necesarias para facilitar el control y regularización de la s operaciones temporales solutadas al amparo del Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa: Que, en tal sentido, se cree convrmentr actualizar t-l formato del documento Declaración Jurada de Equipajes, a fm de simpli- ficar su utilización y adecuarlo a las necesidades de control exigidas por la legislación vigente: De conformidad co” lo dispuesto en e l Decreto Ley N° 26020. Ley Orgánica de la Superintendencia Nacional de Aduanas y en su Estatuto, aprobado por Resolución de Suprrmterrdencla de Aduanas N” 00021 de 10.4.97, modificada co” Resuluclón de Superintendencia N” 001591 de 20.6.97, y estando a la delegación de funciones conferidas mediante Resolucione* de S:lpennten- dencia de Aduanas ITs. 001029 del 1X.3.97 y 000977 .in 18.6.98: SE RFSUFLVF3 2 3 Artículo l”.- APROBAR, el nuevo Formato del documento aduanero “DECLARACION JORADA DE EQUIPAJES”, que en Anexo Adjunto forma parte integrante de 121 presente resolución.Artículo 2”.- La DECLARACION JURADA DE EQUIPA- JES se utilizará cn el despacho de Importación dc Equipaje Acompañado siendo sus características fisicas las siguientes: - ‘I’amiiño: 21 cm. x 14.5 cm., planos. - Folios desglosables. - Color: En ~1 anverso, la impresión en color negro, co” fondo celeste, exceptuando los recuadros “SI”, “NO” y los correspon- dientes a los Rubros 1 “Identificación” y 3 sobre Detalle del Equipaje Afecto, que tendrán fondo blanco; en e l reverso, la impresión será en color negro, con fondo blanco. Artículo 3°.- Autorícese la impresión de la “DECLARACION JURADA DE EQUIPAJES” a ADUANAS, la misma que será entrerada R los declarantes wlc soliciten el despacho de las mercancías a que se refiere el Art. 2” de la prese& resolución. Artícul o 4°.- Déjese sin efecto la Resoluci»n de Supe- rintendencia N” 000556 de 15.5 95. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a los veinte (20) días contados desde la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publiqucsr. MIGUE L ARRIOLA LCYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera BIENVENIDOS AL PERU SUPERINTENDENCI A NACIONAL DE ADUANAS DECLARACION JURADA DE EQUIPAJES j ; />. DESCRIPCION DE LOS ARTICULOS ¿PORTA PRODUCTOS AGRICOLAS? SI NO ¿PORTA PRODUCTOS SILVESTRES? ¿TIENE UD. POR REGULARIZAR ALGUNA OPERACION SE SALIDA TEMPORAL DE EQUIPAJEu NO 3. SI USTED DESEA INGRESAR AL PER” EQUIPAJE AFECTO AL PAGO DE DERECHOS, SIRVASE DETALLARLO A CONTINUACION ARTICULO MARCA MODELO SERIE VALOR I I I I ADVERTENCIA TODO VIAJERO SE ENCUENTRA SUJETO A CONTROL ADUANERO. EL MISMO QUE INCLUYE TANTO SU PERSONA COMO SUS PERTENENCIAS (DECRETO SUPREMO N° 059-95-EF) DE COMPROBARSE QUE LO DECLARADO NO GUARDA RELACION CON LOS ARTICU- LOS QUE PORTA, SE SANCIONARA AL VIAJERO CON EL COMISO DE LOS ARTICULOSNO DECLARAWS SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES PENALES A QUE HUBIERE LUGAR PRODUCTOS AGRICOLAS. SILVESTRE- OBJETOS QUE PERTENEN AL PATRIMONIO NI0 HISTORICO CULTURAL DEL PERU PARA IMPEDIR EL INGRESO DE PLAGAS PELIGROSAS PARA LA AGRICULTURA Y SALUD DE LA POBLACION, ASI COMO PAR A EVITAR LA DEPREDACION DE NUESTRO PATRIMONIO ECOLOGICO Y CULTURAL ES REQUISITO PARA LA AUTORIZACION DE SU INGRESO 0 SALIDA DEL PAIS. LA PRESENTAClON DE CERT’FICADOS Y/O AUTORIZACIONES EXPEDIDOS POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANiDAD AGRARIA SENASA (PARA PRODUCTOS AGRICOLAS), INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES INRENA-CITES (PARA PRODUCTOS SILVESTRES) E INSTITUTO NACIO-