Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 1998 (15/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag.

162228

~~~~:lAl~\fl&~

MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 1998

RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los "Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de la Informacion sobre Clientes Libres Reauerida nor la CTE" contenidos en el documento que se adjbnta, ei que consta de dos numerales y dos Anexos. Articulo Segundo.- Los formularios MORDAZA indicados, deberan ser remitidos obligatoriamente por las Empresas Electricas Concesionarias en los plazos y medios que se especifican. Articulo Tercero.- El Anexo A: "Especificacion de la informacion requerida" y el Anexo B: "Formularios", que contiene los formularios CTE-LA, CTE-LB, CTE-LC, CTELD, CTE-LE, CTE-Ll, CTE-L2, CTE-L3, deberan ser recabados por las Em resas Electricas Concesionarias y los interesados en la 8omision de Tarifas Electricas. Articulo Transitorio.- Las empresas generadoras y distribuidoras deberan suministrar la informacion de acuerdo a los requerimientos establecidos en la presente resolucion desde el mes de marzo de 1998 inclusive. Los datos correspondientes a los meses de marzo, MORDAZA, MORDAZA y junio &$..98, deberan ser entregados MORDAZA del 20 de agosto de Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZOLEZZI MORDAZA Presidente FORMULARIOS, PLAZOS Y MEDIOS PARA EL SUMINISTRO DE LA INFORMACION SOBRE CLIENTES LIBRES REQUERIDA POR LA CTE INDICE 1. OBJETIVO 2. ;Fz;RIPCION GENERAL DE LOS FORMULA2.1 INFORMACION GENERAL (Formulario CTE-LA) 2.2 INFORMACION DE LA INSTALACION DEL SUMINISTRO AL CLIENTE (Formulario CTE-LB) 2.3 INFORMACION SOBRE EL CONTRATO DE VENTA (Formulario CTE-LC) 2.4 INFORMACION SOBRE EL MORDAZA DE FACTURACION (Formulario CTE-LD) 2 . 5 CURVADE CARGAMENSUAL(FormularioCTELE) 2.6 VENTA DEL GENERADOR AL DISTRIBUIDOR PARA EL MORDAZA LIBRE (Formulario CTELl) 2.7 COMPRA DEL DISTRIBUIDOR AL GENERADOR PARA EL MORDAZA LIBRE (Formulario CTE-L2) 2.8 FORMULARIO DE VENTA DEL GENERADOR 0 DISTRIBUIDOR AL CLIENTE LIBRE (Formulario CTE-LS) 2.9 $WC)L4 DEL CONTRATO DE VENTA DE ENER-

1) Informacion general (CTE-LA); 2) Informacion de la instalacion de suministro al cliente (CTE-LB); 3) Informacion sobre el contrato de venta de energia (CTE-LC ); 4) Informacion sobre el MORDAZA de facturacion (CTELD); 5) Informacion del diagrama de carga (CTE-LE); 6) Formulario de venta del generador al distribuidor para el MORDAZA libre (CTE-Ll); 7) Formulario de compra del distribuidor al generador para el MORDAZA libre (CTE-L2); 8) Formulario de venta del generador/distribuidor al cliente libre (CTE-L3); 9) MORDAZA del Contrato de Venta de Energia. La presente solicitud de informacion se sustenta en el Articulo 53" de la Ley de Concesiones Electricas y en los Articulos 58" y 129" de su Reglamento. Es proposito del presente documento que toda la informacion solicitada de los clientes no regulados, en los aspectos de aplicacion tarifaria, sea suministrada en terminos de los parametros que corresponderian aplicar si el suministro fuera regulado. Esto quiere decir que si los contratos de suministro no regulado dieran lugar a un sistema de facturacion diferente del que se utiliza para facturar el MORDAZA Regulado (MR), para fines de este requerimiento de informacion, el concesionario debera convertir los parametros y datos de su facturacion en uno equivalente que siguiendo las reglas de facturacion del MR, permita obtener los mismos resultados que la facturacion real hecha siguiendo los terminos del contrato. En todos los casos se debera informar a traves de la correspondiente Ayuda Memoria las asunciones y su siciones efectuadas para convertir la facturacion re MORDAZA la facturacion equivalente de acuerdo a lo que se utiliza para el MR, conforme se exige en los formularios correspondientes. 2. DESCRIPCION GENERAL DE LOS FORMULARIOS Con la finalidad de realizar la comparacion de precios, de acuerdo con lo dispuesto por la ley, es necesario efectuar la expansion de los precios teoricos desde las barras base hasta las barras de suministro al cliente. Para tal fin es necesario contar con informacion de los clientes libres que incluya los detalles de los aspectos contractuales, ubicacion geografica y de las caracteristicas de los componentes incluidos en el circuito de alimentacion. La informacion de detalle requerida se encuentra especificada en los formularios de los Anexos A y B del presente documento. A continuacion se describe el contenido general de los respectivos formularios, asi como los medios y la oportunidad en que deberan ser remitidos a la Comision de Tarifas Electricas. La informacion debera presentarse en forma impresa y en medios magneticos de acuerdo a los formularios, especificaciones y plazos que se indican a continuacion: 2.1 INFORMACION GENERAL (Formulario CTE-LA) Formulario de informacion de datos generales del cliente libre: con el nombre o razon social, direccion, telefono, giro o actividad, codificacion de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme (CIIU), etc. Periodicidad: anual y cuando se modifique la correspondiente informacion. Plazo de presentacion: 20 dias calendario despues del inicio del ano calendario y 20 dias calendario despues de cualquier cambio ocurrido en la informacion del cliente. Medio de presentacion: Impreso y magnetico (*.xls). 2.2 INFORMACION DE LA INSTALACION DEL SUMINISTRO AL CLIENTE (Formulario CTE-LB) Informacion de datos de las instalaciones del concesionario para alimentar al cliente libre, mediante un diagrama unifilar y plano geografico que incluya la siguiente informacion: MORDAZA de Referencia, subestaciones de transformacion involucradas, numero de alimentadores, identificacion de la MORDAZA de venta y otros. Periodicidad: anual, y cada vez que ocurra un cambio en la configuracion del suministro al cliente. Plazo de presentacion: 20 dias calendario despues del inicio del ano calendario y 20 dias calendario despues de cualquier cambio ocurrido en la configuracion del suministro al cliente.

AlVEXO B: FORMULARIOS 1. OBJETIVO La Ley de Concesiones establece que los precios regulados de energia fijados por la Comision de Tarifas Electricas (CTE) no deben diferir en mas del 10% de los precios libres vigentes del MORDAZA no regulado. Con esta finalidad la CTE debe obtener la informacion de los precios establecidos en los contratos de venta de energia entre los concesionarios y los clientes libres. En el presente documento se denomina clientes libres a los usuarios no sujetos a regulacion de precios, que pactan sin restricciones las condiciones de suministro con los Concesionarios. El presente documento establece las normas para el suministro de la informacion que requiere la CTE a fin de realizar la comparacion entre precios libres y precios teoricos establecida en la ley. A fin de recopilar y uniformizar la informacion en forma sistematica se requiere para cada cliente libre:

:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.