Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1998 (23/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ANO XVI - Nº 6602

MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 1998

Pag. 162485

PODER EJECUTIVO
Autorizan credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico destinado a financiar la ejecucion del Programa "Desarrollo Vial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua"
DECRETO DE URGENCIA Nº 035-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 175-97-EF, aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo suscrito entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau (KFW) hasta por la suma de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 MORDAZA ALEMANES (DM 14 300 000,00) y un Aporte Financiero no Reembolsable hasta por SETECIENTOS MIL Y 00/100 MORDAZA ALEMANES (DM 700 000,00), destinados a financiar la ejecucion del Programa "Desarrollo Vial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua"; Que, para cumplir con el cronograma de ejecucion del Programa de Desarrollo Vial MORDAZA - San MORDAZA - Bagua, es necesario incorporar en el Presupuesto del presente Ano Fiscal del Pliego Instituto Nacional de Desarrollo, la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 350 000,00) con cargo a los recursos provenientes de la Operacion de Endeudamiento Externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 175-97-EF; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, modificada por el Articulo 1º de la Ley Nº 26884; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 1998, hasta por la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 350 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:

Funcion Programa Subprograma Proyecto Categoria de Gasto Grupo Generico de Gasto

: 16 : 052 : 0145 : 00292 : :

Transporte Transporte Terrestre Caminos Rurales Infraestructura Vial

6 Gastos de Capital 5 Inversiones 3 350 000,00 ----------------3 350 000,00 ==========

TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente credito suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas partidas de ingresos, Componentes, Finalidad de meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- El presente Decreto de Urgencia, sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8237

INGRESOS

(En nuevos soles)

Fuente de Financiamiento 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo 4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.009 FINANCIAMIENTO Operaciones Oficiales de Credito Operaciones Oficiales de Credito Externo Operaciones Oficiales de Credito Externo - KFW 3 350 000,00 -----------------TOTAL INGRESOS EGRESOS Seccion MORDAZA : Pliego : Unidad Ejecutora : Instancias Descentralizadas 313 Instituto Nacional de Desarrollo 016 MORDAZA - San MORDAZA - Bagua 3 350 000,00 ==========

Aprueban normas para facilitar el MORDAZA de reactivacion de las empresas agrarias azucareras
DECRETO DE URGENCIA Nº 036-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, dentro del proposito de reactivacion y saneamiento de la industria azucarera senalado en el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 802, se han venido dando diversas normas que permitan la participacion de los agentes de inversion del sector privado en el accionariado de las Empresas Agrarias Azucareras acogidas al tratamiento del regimen del inciso b) del Articulo 5º de la referida MORDAZA legal; Que, es conveniente perfeccionar las normas extraordinarias que en materia economica ha venido dictando el Supremo Gobierno para facilitar el MORDAZA de reactivacion empresarial iniciado con el Decreto Legislativo Nº 802;

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