Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1998 (23/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 1998

establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por las mencionadas normas administrativas; Que, la Comision Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesion Nº 049-98, celebrada el 5 de marzo de 1998, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 335º y 336º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Bazo con el Nº N-3321 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 8182

Registrese y comuniquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 8221

Prorrogan plazo para que empresa bancaria proceda a la enajenacion de bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 673-98 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion adjudicados en pago de deudas, presentada por el Banco Internacional del Peru, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco Internacional del Peru debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D" mediante Informe Nº ASIF "D"-138-OT/98 y a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Internacional del Peru, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros
ANEXO
BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros)
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION Y/O UBICACION FECHA DE VALOR EN LIBROS ADJUDICACION (En Nuevos Soles) PRORROGA DE TENENCIA

Aprueban modificacion de estatuto social de empresa
RESOLUCION SBS Nº 669-98 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa MORDAZA Leasing S.A. para que se le autorice la modificacion de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Junta General de Accionistas de MORDAZA Leasing S.A. celebrada el dia 5 de febrero de 1998, se acordo la modificacion del Estatuto Social de la referida empresa, adecuandose a la Ley Nº 26887 Ley General de Sociedades; Que, mediante Junta General de Accionistas celebrada el 19 de marzo de 1998, se acordo modificar algunos articulos del estatuto aprobado por la Junta General de Accionistas, celebrada el 5 de febrero de 1998, de acuerdo a las modificaciones que reformulara esta Superintendencia, asi como delegar al Directorio las facultades de cualesquiera otra modificacion complementaria al Estatuto; Que, por acuerdo de Directorio del 17 de MORDAZA de 1998, se acordo reformular el texto del Estatuto, en base a las observaciones que esta Superintendencia estableciera; Que el proyecto de minuta de modificacion estatutaria ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 605-98-AJ y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702-; y, En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar, en los terminos propuestos, la modificacion del Estatuto Social de la empresa MORDAZA Leasing S.A. cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo y devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente resolucion, para su inscripcion en el Registro Publico.

Edificio Edificio

Edificio Joyas

Av. MORDAZA MORDAZA Cdra. 5, Chosica del Norte, Chiclayo, MORDAZA Av. Mexico Nºs. 2735-2739, urbanizacion San MORDAZA, distrito L. MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA MORDAZA Espinar Nº 575, Sullana, MORDAZA Metales Preciosos

97.7.31 97.7.31

42 063,37 68 374,68

99.1.30 99.1.30

97.7.31 97.7.30

59 675,44 7 856,29

99.1.30 99.1.29

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