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Pág. 162497 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de julio de 1998 que para la instalación y operación de plantas de proce- samiento de productos pesqueros, se requiere de autori- zación y licencia, los que constituyen derechos que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado a nivel nacional; Que el Artículo 60º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, esta- blece que los solicitantes de autorizaciones y de licencias deben cumplir las pertinentes disposiciones previstas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que mediante los escritos del visto ENVASADORA AGROINDUSTRIAL SAN ANTONIO DE VILA VILA S.A., solicita se le otorgue autorización de instalación en vía de regularización y licencia de operación para desarrollar la actividad de enlatado de recursos hidrobiológicos, en su establecimiento industrial ubicado en el distrito, provincia y departamento de Tacna; Que de la evaluación efectuada al expediente se ha determinado que ENVASADORA AGROINDUSTRIAL SAN ANTONIO DE VILA VILA S.A., no ha cumplido con sujetar- se a las normas legales y reglamentarias, habiendo sido notificada para que cumpla con realizar determinados trá- mites, mediante los Oficios Nºs. 075-98-PE/DNPP-Dc y 339- 98-PE/DNPP-Dc de 22 de enero y 12 de marzo de 1998, respectivamente, sin que hasta la fecha, a pesar del tiempo transcurrido haya cumplido con presentar los requisitos exigidos en los Procedimientos Nºs. 16 y 19 correspondien- tes a la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 01- 98-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Control de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 084-98-PE/DNPP-Dc de 15 de junio de 1998, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 43º incisos b) numeral 4 y d) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; y, En uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud presentada por ENVASADORA AGROINDUSTRIAL SAN ANTONIO DE VILA VILA S.A., para el otorgamiento de autorización de instalación vía regularización y licencia de operación de su planta de enlatado de recursos hidrobioló- gicos ubicada en el Parque Industrial Mz. "1", lote 13 del distrito, provincia y departamento de Tacna, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 8148 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Dan por concluida designación de Vocales especializados en lo Conten- cioso Administrativo RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 02-98-SC y S-CSJ SALA CONSTITUCIONAL Y SOCIAL Lima, 22 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 399-CME- PJ, del 23 de junio de 1997, se facultó a la Sala Constitucio- nal y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República para dictar los lineamientos generales relacionados con el funcionamiento de los Organos Jurisdiccionales competen- tes para conocer la tramitación de los procesos señalados en la Vigésima Séptima Disposición Final y Transitoria de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como crear, ampliar odar por finalizadas las funciones de dichos órganos jurisdic- cionales y de los magistrados y personal auxiliar respectivo, que sean estrictamente necesarios; Que, según la información estadística recibida ha que- dado establecido que en la Sala Especializada en lo Conten- cioso Administrativo, se ha cumplido en parte con la descar- ga procesal encomendada, por lo que la actual carga proce- sal puede ser atendida por un colegiado convencional; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 001-97- SC y CSJ de fecha 25 de junio de 1997, se designó al señor Vocal Provisional doctor Jacobo Romero Quispe, como inte- grante de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 179-97- SC y CSJ de fecha 12 de agosto de 1997, se designó al señor Vocal doctor Juan Belfor Zárate del Pino, como integrante de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo; Que, por convenir al servicio, es pertinente dar por concluida la designación de los señores magistrados referi- dos en los considerandos anteriores; En uso de la facultad conferida por la Resolución Admi- nistrativa Nº 399-CME-PJ y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Dar por concluida a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución, la designación de los doctores, Jacobo Romero Quispe y Juan Belfor Zárate del Pino, como Vocales de la Sala Corporativa Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo, a que se refieren el Artículo Cuarto de la Resolución Administrativa Nº 001-97-SC y S-CSJ y el Artículo Segundo de la Resolu- ción Administrativa Nº 179-97-SC y CSJ. Segundo.- Los mencionados magistrados, harán entrega bajo inventario al señor Presidente de la Sala, de los expedientes y acervo documentario relativo a los procesos que tuvieren en su poder, debiendo éste distribuir equitativamente los referidos expedientes entre los señores Vocales de la Sala, a fin de evitar que se paralice la atención de estos procesos; Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, a la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, a la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Fiscalía de la Nación, a la Corte Superior de Justicia del Cono Norte, a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Oficina de Control de la Magistratura. Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opon- gan a esta Resolución Administrativa. Quinto.- La presente resolución entrará en vigencia en el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUENDIA GUTIERREZ FELICIANO ALMEIDA PEÑA ORESTES ZEGARRA ZEVALLOS ADALBERTO SEMINARIO VALLE JAIME BELTRAN QUIROGA 8230 J N E Declaran que Alcalde y Regidores de diversos concejos distritales y provin- cial del país, continúan en el ejercicio de sus funciones RESOLUCION Nº 436-98-JNE Lima, 16 de julio de 1998 VISTOS: Los Oficios Nºs. 133 y 135-98-A/MDSAC, recibido el 22 y 26 de junio del año en curso, remitidos por don Lucio Vilcapoma Solís, Regidor del Concejo Distrital de San Agus- tín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, comunicando que en sesión ordinaria de Concejo de fecha 15 de mayo de 1998 se acordó declarar la vacancia del cargo de Alcalde que ostenta don Jeremías Capcha Galindo,