Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 1998 (23/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 162492

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 1998

cual se concedio a la Compania AERO TRANSPORTE S.A. "ATSA", la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros y Carga, segun los siguientes terminos: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo No Regular de Pasajeros y Carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Una (1) aeronave MORDAZA MORDAZA III PA-42, matricula OB-1234 - Una (1) aeronave MORDAZA MORDAZA III PA-42, matricula OB-1629 - Una (1) aeronave MORDAZA MORDAZA III PA-42, matricula OB-1630 - Una (1) aeronave MORDAZA MORDAZA III PA-42, matricula OB-1633 - Una (1) aeronave Beechcraft 1900C, matricula OB1667 - Una (1) aeronave MORDAZA MORDAZA III PA-42, matricula OB-1687 - Una (1) aeronave Beechcraft - 1900C, matricula OB1694 ZONAS DE OPERACION: REGION, DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS: - Region San Martin: San MORDAZA - Bellavista/Huallaga, Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA (Privado), Picota, Pucacaca, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA (Militar), Saposoa, Tarapoto, Tocache, Uchiza. - Region La Libertad: La MORDAZA - MORDAZA, Pacasmayo, Urpay, Chagual (Privado). - Region MORDAZA MORDAZA Caceres: MORDAZA, MORDAZA y Pasco - MORDAZA Constitucion, Cutivereni, MORDAZA MORDAZA, Iscozasin, Jauja, Mazamari/Manuel MORDAZA, Oxapampa, Puerto Ocopa, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Satipo, Tingo MORDAZA, Vicco. - Region Loreto: MORDAZA - Andoas (privado), Corrientes (privado), Caballococha, Contamana, Intuto, Iquitos, Yurimaguas, MORDAZA, MORDAZA Hermosa. - Region Inca: MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA - Andahuaylas, Camisea, MORDAZA, Iberia, Inapari, Mazuko, Patria, Puerto MORDAZA, Quincemil, Teresita/San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA (privado) y Zorrillos (privado) - Region Grau: Tumbes y MORDAZA - Tumbes, MORDAZA, Talara, Colan (privado). -Region Ucayali: Ucayali - Atalaya, Pucallpa MORDAZA, Puerto MORDAZA, Sepahua. - Region Chavin: MORDAZA - Chimbote, Huascaran/Anta. - Region Los Libertadores Wari: Ica, MORDAZA y Huancavelica - MORDAZA, Nasca, Palmapampa, MORDAZA, Las Dunas (privado), San MORDAZA de Marcona (privado). - Region Nor Oriental del Maranon: MORDAZA, Amazonas y MORDAZA -Cajamarca, Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, Chiclayo/ Capitan FAP MORDAZA MORDAZA Quinones, Galilea, Jaen/Shumba, MORDAZA El Valor, MORDAZA de Mendoza. Region MORDAZA, Tacna, Puno: MORDAZA, Tacna y MORDAZA - Ilo, MORDAZA, Tacna, Juliaca, San MORDAZA (privado). - Region Arequipa: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Camana, Caraveli, Chala, Chivay, Huambo, Mollendo, Orcopampa/Minas MORDAZA, Yauca. BASE DE OPERACIONES - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez.

Articulo 3º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. "ATSA" podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente resolucion previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 4º.- El presente permiso de operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, la Ley Nº 26917 y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de Servicios Aereos y Especificaciones Tecnicas de operacion. Articulo 5º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. "ATSA" debera cumplir con el MORDAZA de Cerficacion o Recertificacion, en los terminos y condiciones establecidas por la Direccion General de Transportes Aereo, caso contrario el presente permiso de operacion sera revocado en forma automatica. Articulo 6º.- Si la administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 7º.- La vigencia del presente permiso de operacion queda condicionada a la obligacion de la Compania AERO TRANSPORTE S.A. "ATSA" de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la ley MORDAZA citada; en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente permiso de operacion. Articulo 8º.- El permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, lo pertinente de la Ley Nº 26917, las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 9º.- Los demas articulos de la Resolucion Ministerial Nº 073-98-MTC/15.16 del 13.2.98 se mantienen vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MELENEZ Director General Direccion General de Transporte Aereo 8160

Otorgan concesion a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 919-98-MTC/15.18 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01792010 de fecha 2 de junio de 1998, organizado por la Empresa de Transportes "TURISMO ARMONIA" S.A., sobre Nueva Concesion de ruta: MORDAZA - Llata y viceversa e Informe Nº 594-98-MTC/15.18.04.atr, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes indicada en vistos, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.