Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 1998 (24/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

Lima, viernes 24 de julio de 1998 momento de la solicitud, conforme a lo establecido por la Reso- lución Ministerial N° 176-96-EF/1 5 y demás normas comple- mentarias. Una vez que el deudor haya cumplido con lo señalado en el párrafo anterior, el representante de la AFP y el deudor suscribirán un documento en el que constará, por lo menos, losiguiente: 1) Datos de identificación del deudor solicitante. 2) Datos de identificación del representante de la AFP. 3) Datos de identificación de las cuotas de fraccionamiento pagadas a que se refiere el Artículo 1”. 4) Monto de la deuda insoluta al momento de la solicitud. 5) Garantía constituida. Modalidad. 6) Declaración del deudora fin de dejar sin efecto la condición de excluido del RFE luego de haber cumplido con lo establecido en el presente artículo. 7) Fecha. Articulo 3°.- Cobertura.- Como consecuencia del aplaza- miento y la reincorporación al RFE a que se refieren los artículos anteriores, las AFP y las empresas de seguros con las que han suscrito contrato de administración de riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, adecuarán el otorgamiento de los referidos beneficios, siendo de aplicación para dicho efecto, lo establecido Eorla Segunda Disposición Final de la Resolución N 429-96-EF/ AFP. Artículo 4°.- Facultad de la Superintendencia.- Los aspectos operativos relativos a la implementación del presenterégimen, serán establecidos por la Superintendencia mediante Oficio Circular. Asimismo, las AFP deberán verificar , bajo responsabilidad, el estricto cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 073-98-EF y lo dispuesto en la presente resolución. Articulo 5°.- Vigencia.-La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El-Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ Superintendente de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 8252 ONPE FE DE ERRATAS RESOLUCIONJEFATUBAL N° 074-SB-J/ONPE Por Oficio N” 924-98-J/ONPE la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu-ción Jefatura1 N” 074-98 J/ONPE publicada en nuestra edición del día miércoles 15 de julio de 1998, página N” 162227. En el Segundo Considerando: DICE: . . . Resolución N” 109-97-JNE expedida por el Jurado Nacional deElecciones.... DEBE DECIR: . . . Resolución N” 109-97-J/ONPE expedida por la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales . . . 8236 UNIVERSIDAD NACIQNAL HERMILIoi VALDIZiN-RUANUCO Instauran proceso administrativo dis- ciplinario a docente de !a universidad RESOLUCION N” 188-PCR-UNHEVAL-98 Huánuco, 18 de junio de 1998Visto el Oficio N” 007-98-CPEPAD, de fecha 8. JUN.98, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos para docen- tes, sobre proceso administrativo disciplinario al Lic. Adm. Roger Wilfredo CESPEDES REVELO; CONSIDERANDO: Que el Lic. Adm. R oer Wilfredo CESPEDES REVELO, obtuvo licencia sin goce fe remuneraciones mediante Resolu- ción N” 062-PCR-UNHEVAL-98, de fecha 24.FEB.98; con soli- citud de fecha ll.MAY.98, solicita prórroga de licencia por nueve meses por motivos de capacitación no oficializada; y confecha 19.MAY.98 el Gerente General de la Entidad Prestadora de Servicios “Selva Central” con sede en La Merced, provincia de Chanchamayo, informa mediante Oficio N”0209-98-GG-EPSS- CA de fecha 19.MAY.98 que el Lic. Roger Wilfredo CESPEDESREVELO trabaja en la EPS Selva Central desde el l.JUN.97 como Asesor del Area de Planeamiento y sus honorarios son pagados por el Programa Nacional de Agua Potable y Alcanta- rillado (PRONAPI; Que de conformidad al Manual Normativo de Personal N 003-93-INAP”LicenciasyPermisos”numeral1.1.1O señalaque los servidores y funcionarios que haciendo uso de licencias cono sin goce de remuneraciones a cuenta del período vacacional, reciben remuneración en otras entidades públicas serán objetode las sanciones tipificadas en 1osArts. 26”~ 28”del D.L. N”276; Que en consecuencia, está acreditado que el Lic. Roger Wilfredo CESPEDES REVELO ha cometido falta de carácter disciplinario que, a tenor de lo dispuesto en el Art. 28” del D.L. N” 276 da lugar al proceso respectivo y así lo confirma, en el oficio de la referencia, la opinión de la Comisión Permanente encarga- da de calificar las faltas de este tipo, conforme a ley; Que la Universidad Nacional “Hermilio Valdizán” de Huá- nuco se halla en proceso de reorganización por mandato de lasLeyes Ns. 26493,26638y 26816, en los términos y condiciones señalados por la Ley N” 26457 y sus ampliatorias, a cargo de la Comisión Reorganizadora nombrada por Resolución Suprema N” 194-96-PCM; Estando a lo dispuesto por el Art. 2” de la Resolución N” 178.PCR.UNHEVAL.98 Y en uso de las atribuciones conferidas por los dispositivos legales indicados; SE RESUELVE: lo.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario al Lic. Adm. Roger Wilfredo CESPEDES REVELO, Profesor Aso- ciado a Dedicación Exclusiva de la Facultad de Gestión Empre- sarial de la UNHEVAL. por los fundamentos expuestos en la ’ - parte considerativa. 2”.- REMITIR el expediente del caso con diecinueve (19) folios numerados ala Co-misión Permanente de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios para Docentes, para el trámite que señala la ley. El indicado docente sometido a proceso deberá ser notificado en forma personal en el término de 72 horas, a partir de la expedición de la presente y tendrá derecho a efectuar sudescargo y ofrecer las pruebas que crea conveniente para sudefensa, previo conocimiento de los antecedentes que motiva elproceso disciplinario. Dicho descargo deberá formularse porescrito dentro de los términos estipulados en el Art. 169” delReglamento de la Ley de Carrera Administrativa. Regístrese, comuníquese y archívese.MAURO CONCHA PEREZPresidente Comisión Reorganizadora MUNICIPALIDAD DE BARIXANCO Fijan monto de multa por omisión al pago de tasa de estacionamiento vehicular DECRETO DE ALCALDIA N” 015-98-MDB Barranco, 20 de julio de 1998EL ALCALDE DISTRITAL DE LAMUNICIPALIDAD DE BARRANCO VISTO: el informe presentado por la Oficina de Rentas, sobre la omisión al pago de la Tasa de EstacionamientoVehicu- lar de parte de los obligados tributarios; y,