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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 1998 (24/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 162526 t( w ~:h’J:~ I,ima, viernes 24 de julio de 19% Designan Defensor de Oficio RESOLUCIONSUPREMA I’P 254-98-JUS Lima, 23 de julio de 1998 Visto el Oficio N” 2587-98JUSDNJ de fecha 17 de julio de 1998 de la Dirección Nacional de Justicia, por el que propone la designación del doctor MANUEL FRANCISCO RIOS LAZO, como Defensor de Oficio; CONSIDERANDO: Que por Decreto de Urgencia N” 082-97 fueron trans- feridas las Partidas Presupuestales de los Defensores de Oficio del Pliego: 004 Poder Judicial al Pliego 006: Ministe- rio de Justicia; Que por Resolución Ministerial N” OlS-98-JUS, se aprobó el nuevo Cuadro para Asignación de Personal en el que se encuen- tran comprendidas las plazas de Defensor de Oficio; Que se encuentravacante una plaza de Defensor de Oficio; Que es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público considerado de confianza a fin de garantizar lacontinuidad del servicio; DeconformidadconlodispuestoenelDe~etoLe~slativoN” 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N” 25993, Ley Orgá- nica del Sector Justicia y Decreto Ley N” 25515; y, Estando alo acordado; SE RESUELVE: ArtícuIo l”.-Designar, a partir de la fecha, al doctor MANUEL FRANCISCO RIOS LAZO, como Defensor de Oficio. Artículo 2”.- El Director Nacional de Justicia determinará la Sala Penal donde prestará sus servicios. Articulo 3”.- La presente Resolución Suprema, será refren- dada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 8300 Aceptan renuncia y nombran Subpre- fecto de la provincia de Cajatambo, departamento de Lima RESOLUCION SUF’RRMA w0361-9&IN/1501 Lima, 17 de julio de 1998 Vista, la renuncia que alcargode Subprefecto de la provincia de Cajatambo del departamento de Lima, formula el señor Abilio SUYO QUIROZ; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N” 0648-90-IN/GI, se nom- bró al señor Abilio SUYO QUIROZ, como Subprefecto de la provincia de Cajatambo del departamento de Lima, desde el ll de octubre de 1990; De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25” del Decreto Legislativo N” 370, el inciso b) del Artículo 2”del Decreto SupremoN”83-JUSde122 dejuliode 1983,elArtículo l”de1 Decreto Ley N” 25515 y el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a 10 acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aceptar la renuncia que al cargo de Subprefec- to de la provincia de Cajatambo del departamento de Lima, formula el señor Abilio SUYO QUIROZ, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2”.- Nombrar Subprefecto de la provincia de Caja- tambo del departamento de Lima, a don Percy Noel CBAVEZ. ARENAS.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori F. Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 8301 Nombran Subprefecto de la provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIONSUPREMA N” 0362-98-IN/1501 Lima, 17 de julio de 1998 De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25” del DecretoLegislativoN”370,el inciso b)delArtículo2”del Decreto SupremoN”036-83-JUSde122 dejuliode 1983,elArtículo l”de1 Decreto Ley N” 2557 5 y el Decreto Legislativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: NOMBRAR Subprefecto de la provincia de Satipo del depar- tamento de Junín, a doña Rosa Mercedes CARDENAS MO- RAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori F. Presidente Constitucional de la República JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior EDUCACION Aprueban inafectación de Derechos Arancelarios y del IGV a importación realizada por universidad nacional RESOLUCION SUF’REMA No 086.98-ED Lima, 23 de julio de 1998 Visto el Expediente N” 00707-98 presentado por la Univer- sidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco sobre inafecta- ción de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General alas Ventas a la importación del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo N” 046-97-EF, modificado por el Decre- to Supremo N” 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22” y 23” del Decreto Legislativo N 882 “Ley de Promoción de la Inversión en la Educación”, establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las Instituciones Edu- cativas Públicas y Particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Dere- chos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N” 046-97-EF modifi- cado por el Decreto Supremo N” 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto Genera1 a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplica- bles a las Instituciones Educativas Particulares o Públicas, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplica- ción del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con 10 dispuesto por el Decreto Legislativo N” 882 y el Decreto Supremo N” 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N” 003-98EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General alas Ventas, ala importa-