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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (11/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 160640 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de junio de 1998 inicio de acciones legales, resultando necesario autori- zar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las accio- nes judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Le- gislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los ex funcionarios y funciona- rios encargados del IPD, David Wong Conca, ex Direc- tor General de Administración; Jaime Osorio Sama- mé, ex Director de Cooperación Técnica Internacio- nal; Juan Carlos Zevallos Pérez, ex Inspector Gene- ral; Javier Espino Reluce, Jefe de la Oficina de Infra- estructura; Javier León Farfán, ex Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación; Pedro Pino Guzmán, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad; Walter Céspe- des Samamé, ex Jefe de la Unidad de Tesorería; Antonio Gonzales Rey, ex Jefe de la Unidad de Abaste- cimiento y Servicios Auxiliares; Isabel Ñañez Antia- lón, ex Jefa de la Unidad de Personal; Carlos Reátegui Lozano, Administrador del Estadio Nacional; Rober- to Calonge León, Jefe de la Unidad de Presupuesto, Gladys Calixto V.; Eduardo Reátegui Cavero, Direc- tor Departamental del IPD - Madre de Dios y contra aquellos que resulten responsables, debiendo proce- derse a la declaración judicial de nulidad de las Resoluciones Presidenciales Nºs. 371, 393, 394 y 434- P/CND-IPD-93, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolu- ción, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 6376 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra ex servidor del INA- BIF y contratista por presunta respon- sabilidad civil y penal RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-98-PROMUDEH Lima, 10 de junio de 1998 Visto el Oficio Nº 579-98/INABIF-P, de fecha 22 de abril de 1998, del Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Público Des- centralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendacio- nes contenidas en el Informe Nº 013-98/INABIF-OAI, "Examen Especial a Presunto Pago Indebido efectuadoal Contratista de la Obra Casas Hogar Mazamari - INABIF", del Organo de Auditoría Interna del INABIF, se ha determinado presunta responsabilidad civil por parte del responsable del Area de Infraestructura y Equipamiento del INABIF, a la fecha de los hechos, en que se suscribió el contrato de obras para la "Construc- ción Casas Hogar C.C. VIPAZ MAZAMARI", entre el Instituto Nacional de Bienestar Familiar y el Contratis- ta Nilger Jairo Cerrón Baldeón; Que de acuerdo a los hechos descritos se evidencian indicios razonables de la comisión de ilícitos penales y responsabilidad civil por parte del ex servidor responsa- ble del Area de Infraestructura y Equipamiento del INABIF ingeniero Carlos Esteban Vertiz Urbina, por haber autorizado trabajos adicionales no contemplados en las especificaciones del expediente técnico de la obra "Casas Hogar Mazamari - INABIF", por la suma de S/. 26,635.13 nuevos soles, pago indebido efectuado a favor del Contratista ingeniero Nilger Jairo Cerrón Baldeón quien informó que el trabajo de la obra en mención estaba concluido, constatándose posteriormente que este trabajo no se realizó, pagándosele indebidamente la suma de S/. 45,985.40 nuevos soles, causando con ello perjuicio económico a la Institución; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autori- zar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las accio- nes judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legis- lativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra el ex servidor del INABIF, ingeniero Carlos Esteban Vertiz Urbina y contra el Contratista ingeniero Nilger Jairo Cerrón Baldeón, y contra aquellos que resulten respon- sables, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 6374 Declaran infundada impugnación con- tra resolución mediante la cual se de- claró no apta en proceso de evalua- ción a servidora del INABIF RESOLUCION MINISTERIAL Nº 131-98-PROMUDEH Lima, 10 de junio de 1998