Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 1998 (11/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 11 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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anchoveta y sardina como recursos hidrobiologicos plenamente explotados, en razon de las evidencias disponibles que determinaron que el nivel de explotacion de dichos recursos no deja excedentes productivos, por lo que el Ministerio de Pesqueria solo aprobara las solicitudes de incremento de flota para la extraccion de los recursos plenamente explotados anchoveta y sardina mediante la sustitucion de capacidad de bodega, en el caso de que se utilicen las embarcaciones pesqueras consignadas en el anexo que forma parte integrante de la citada resolucion y las que se incorporen posteriormente conforme al ordenamiento legal pesquero; Que a traves de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 482-94-PE y 488-94-PE de fechas 20 y 27 de diciembre de 1994 respectivamente, se suspendio la recepcion de solicitudes para el otorgamiento de autorizacion de incremento de flota para la extraccion de las especies jurel y caballa con destino al consumo humano directo efectuada por embarcaciones de cerco; Que mediante los escritos del visto la senora NERY MORDAZA DE MORDAZA solicita autorizacion de incremento de flota con una embarcacion pesquera a denominarse "MI MORDAZA 4" para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa destinados al consumo humano directo e indirecto, para lo cual presenta para sustituir la embarcacion pesquera siniestrada " MORDAZA 3" la misma que no forma parte de la flota pesquera existente, conforme lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 156-98PE, por lo que no puede ser materia de sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24ª de la Ley General de Pesca y el Articulo 19ª de su Reglamento, asimismo se encuentra suspendida la recepcion de solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota para la extraccion de los recursos jurel y caballa a realizarse con redes de cerco; Que, asimismo de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente, se ha determinado que ha incumplido con los Requisitos Nºs. 4, 5, 8 y 9 del Procedimiento Nº 10 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98PE al haberse consignado erroneamente el nombre de la embarcacion en los tres primeros requisitos MORDAZA senalados y al no encontrarse incluida la embarcacion siniestrada "ANITA 3" en los listados de embarcaciones pesqueras que pueden ser materia de sustitucion por siniestro, por lo que deviene en improcedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, y, En uso de las facultades conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por la senora NERY MORDAZA DE MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de inclusion de la embarcacion pesquera siniestrada "ANITA 3" en el listado de embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesqueria, para la sustitucion de capacidad de bodega, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 6325

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 637-CME-PJ MORDAZA, 3 de junio de 1998 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTO: El Oficio Nº 1262-98-P-PCSJHP del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Pasco, mediante el cual hace llegar la documentacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bullon, solicitando renuncia irrevocable al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprension de ese Distrito Judicial; y, CONSIDERANDO: Que mediante solicitud de fecha 29 de MORDAZA de 1998, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bullon, ha formulado renuncia irrevocable al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprension del Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco; Que el precitado magistrado ha sido nombrado por Resolucion Suprema Nº 422-83-JUS, de fecha 22 de noviembre de 1983; Estando al merito de la Certificacion de firma Notarialmente, de fecha 23 de MORDAZA de 1998; y, en uso de las facultades conferidas por las 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesion de la fecha; RESUELVE: Aceptar a partir del 29 de MORDAZA de 1998, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bullon, al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprension del Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 6303

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Autorizan participacion de magistrados en el Curso denominado "Interpretacion Constitucional", a llevarse a cabo en MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 407-98-MP-CEMP MORDAZA, 10 de junio de 1998

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