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Pág. 160645 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de junio de 1998 anchoveta y sardina como recursos hidrobiológicos plenamente explotados, en razón de las evidencias disponibles que determinaron que el nivel de explota- ción de dichos recursos no deja excedentes producti- vos, por lo que el Ministerio de Pesquería sólo aprobará las solicitudes de incremento de flota para la extrac- ción de los recursos plenamente explotados anchoveta y sardina mediante la sustitución de capacidad de bodega, en el caso de que se utilicen las embarcaciones pesqueras consignadas en el anexo que forma parte integrante de la citada resolución y las que se incorpo- ren posteriormente conforme al ordenamiento legal pesquero; Que a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 482-94-PE y 488-94-PE de fechas 20 y 27 de diciembre de 1994 respectivamente, se suspendió la recepción de solicitudes para el otorgamiento de autorización de incremento de flota para la extracción de las especies jurel y caballa con destino al consumo humano directo efectuada por embarcaciones de cerco; Que mediante los escritos del visto la señora NERY EFFIO DE CUSTODIO solicita autorización de incre- mento de flota con una embarcación pesquera a deno- minarse "MI ANITA 4" para la extracción de recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa destinados al consumo humano directo e indirecto, para lo cual presenta para sustituir la embarcación pesquera siniestrada " ANITA 3" la misma que no forma parte de la flota pesquera existente, conforme lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 156-98- PE, por lo que no puede ser materia de sustitución de capacidad de bodega a que se refiere el Artículo 24ª de la Ley General de Pesca y el Artículo 19ª de su Regla- mento, asimismo se encuentra suspendida la recep- ción de solicitudes para el otorgamiento de autoriza- ciones de incremento de flota para la extracción de los recursos jurel y caballa a realizarse con redes de cerco; Que, asimismo de la evaluación efectuada a los documentos presentados por la recurrente, se ha de- terminado que ha incumplido con los Requisitos Nºs. 4, 5, 8 y 9 del Procedimiento Nº 10 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- PE al haberse consignado erróneamente el nombre de la embarcación en los tres primeros requisitos antes señalados y al no encontrarse incluida la embarcación siniestrada "ANITA 3" en los listados de embarcacio- nes pesqueras que pueden ser materia de sustitución por siniestro, por lo que deviene en improcedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, En uso de las facultades conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Improcedente la solicitud de autorización de incremento de flota presentada por la señora NERY EFFIO DE CUSTODIO, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente reso- lución. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de inclusión de la embarcación pesquera siniestrada "ANI- TA 3" en el listado de embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesquería, para la sustitución de capa- cidad de bodega, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 6325COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 637-CME-PJ Lima, 3 de junio de 1998 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTO: El Oficio Nº 1262-98-P-PCSJHP del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco y Pasco, median- te el cual hace llegar la documentación del doctor Víctor Donato Torres Bullón, solicitando renuncia irrevocable al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprensión de ese Distrito Judi- cial; y, CONSIDERANDO: Que mediante solicitud de fecha 29 de abril de 1998, el doctor Víctor Donato Torres Bullón, ha formulado renuncia irrevocable al cargo de Juez de Primera Ins- tancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprensión del Distrito Judicial de Huánuco y Pasco; Que el precitado magistrado ha sido nombrado por Resolución Suprema Nº 422-83-JUS, de fecha 22 de noviembre de 1983; Estando al mérito de la Certificación de firma Nota- rialmente, de fecha 23 de abril de 1998; y, en uso de las facultades conferidas por las 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judi- cial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Aceptar a partir del 29 de abril de 1998, la renuncia formulada por el doctor Víctor Donato Torres Bullón, al cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de la provincia de Pasco, comprensión del Distrito Judicial de Huánuco y Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS SERPA SEGURA DAVID PEZUA VIVANCO 6303 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Autorizan participación de magistra- dos en el Curso denominado "Interpre- tación Constitucional", a llevarse a cabo en Arequipa RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 407-98-MP-CEMP Lima, 10 de junio de 1998