Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 1998 (11/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 11 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Santander Peru en via de regularizacion, el traslado de su agencia ubicada en el Centro de Operaciones Bancarias Especiales de la empresa Prosegur, sito en la Av. Morro Solar Nº 1086, urbanizacion MORDAZA MORDAZA, Las Gardenias, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, hacia la Av. Morro Solar Nº 1030 del mismo distrito; se deja sin efecto la Resolucion SBS Nº 390-96 de fecha 96.6.21. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 6312

pondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seclen y MORDAZA MORDAZA Sivincha, por presunta comision del delito contra la funcion jurisdiccional y fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 6358

CONASUCO

DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Declaran infundada impugnacion contra resolucion mediante la cual se reREGISTRO NACIONAL solvio contrato para la supervision de carretera
RESOLUCION Nº 009-98/CONASUCO MORDAZA, 4 de junio de 1998 Visto el recurso de revision interpuesto ante el Consejo Nacional Superior de Consultoria por el Ing. MORDAZA Saloma MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 093-97-R.MTP/PECT-DE expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Carretera Transoceanica del Proyecto Especial Carretera Transoceanica - Region MORDAZA, Tacna, Puno. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 093-97R.MTP/PECT-DE de fecha 12 de diciembre de 1997, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Carretera Transoceanica de la Region MORDAZA, Tacna, MORDAZA resolvio administrativamente el contrato para la supervision de la Carretera Puno-Moquegua, tramo Loripongo-Huacochullo suscrito con el Ing. MORDAZA Saloma MORDAZA, con fecha 4 de junio de 1997, por incumplimiento injustificado en las estipulaciones contractuales. Que, la Resolucion Nº 093-97-R.MTP/PECT-DE fue impugnada por la parte recurrente, ante el propio Proyecto Especial, mediante un recurso de reconsideracion y posteriormente en apelacion ante el Consejo Transitorio de Administracion Regional de la Region MORDAZA, Tacna, MORDAZA, siendo declaradas infundadas, en MORDAZA instancias. Que, el recurso de revision presentado al CONASUCO con fecha 4 de marzo de 1998, se sustenta en el Art. 144º del REGAC, cumpliendose con el plazo y las formalidades previstas para su admision. Que, el recurso presentado por el recurrente no desvirtua los sustentos que motivaron la resolucion administrativa de su contrato, conforme lo establece en el Informe Tecnico-Legal Nº 010-98/CONASUCO. Que, en ese sentido, en el desarrollo de las actividades de supervision se advirtio serias omisiones en cuanto a la oportuna absolucion de consultas sobre tramos criticos, que debia absolver el consultor, contraviniendo lo dispuesto por el RULCOP en su Articulo 5.4.2 lo cual devino en las ampliaciones de plazo debido a la demora en la formulacion y aprobacion del Presupuesto Adicional Nº 3, en perjuicio de la entidad consultante. Que, asimismo, el consultor supervisor incumplio con las bases del concurso en cuanto a la dotacion de personal calificado, provision del equipo de laboratorio de suelos y asignacion del numero de vehiculos operativos ofertado y propuesto, por cuanto existen vacios y

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de delitos contra la funcion jurisdiccional y fe publica en agravio del Estado
RESOLUCION JEFATURAL Nº 049-98-IDENTIDAD MORDAZA, 9 de junio de 1998 Visto el Memorandum Nº 333-98-GAJ/IDENTIDAD, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 5 de junio de 1998. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del memorandum del visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Seclen y MORDAZA MORDAZA Sivincha han incurrido en comportamiento de hacer uso de un documento presuntamente falsificado como si fuese legitimo, induciendo a error a servidor publico para acceder a su inscripcion electoral y la consecuente obtencion de Documento de Identidad; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra funcion jurisdiccional y contra la fe publica previstos y sancionados en los Articulos 416º, 427º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en contra de quien resulte responsable, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que corres-

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