Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 1998 (11/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 11 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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Titulacion del Predio denominado "MARACANA" y del "ESTADIO MUNICIPAL y OFICINAS ADMINISTRATIVAS"; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado reconoce a los Organos de Gobierno Local, autonomia economica y administrativa en los asuntos que le competen; Que, mediante Acta de Compromiso de fecha 15 de diciembre de 1973, MORDAZA Peschiera Bohl Representante de MORDAZA San MORDAZA S.A.; transfiere al Concejo Distrital de Chanchamayo, los Lotes Nºs. 21, 22, 28 y 29 del Grupo Nº 6, y el Lote Nº 12 del Grupo "5" de la lotizacion "San Carlos" (antiguo) que suman un area de 2,365 m2, ubicados con frente al aporte de areas verdes denominado "MARACANA", inmueble que comprende el predio Maracana, encontrandose en posesion el Gobierno Local Provincial; Que, la lotizacion "San Carlos" (antiguo) ha sido aprobado por Resolucion Ministerial Nº 986-70-VI-DE del 3-9-70; Que, el Ministerio de Agricultura, mediante Resolucion Directoral Nº 2947-74-DGRA-AR, de fecha 30 de diciembre de 1974 y Contrato de Transferencia Nº 001774 transfiere a favor del Concejo Distrital de Chanchamayo una superficie de cinco hectareas nueve mil ciento ochenta metros cuadrados (5 ha. 9180 m2) para la construccion de un complejo deportivo, inmueble que actualmente comprende el ESTADIO MUNICIPAL y OFICINAS ADMINISTRATIVAS; Que, la Superintendencia Nacional de Margesi de Bienes es la encargada de cautelar el Patrimonio Mobiliario e Inmobiliario del Estado, del Registro y Control y Administracion de la Propiedad Fiscal llevando el Margesi de Bienes Inmuebles; Que, de conformidad al Art. 1º inciso b) del Decreto Supremo Nº 018-90-VC, es de aplicacion en via de Remision, que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, gestione la primera inscripcion de dominio de los bienes que le pertenece sin contar con Titulos comprobatorios de dominio, expidiendose la Resolucion Municipal pertinente; Estando a lo dispuesto por los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado y a los Arts. 2º, 10º y 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con las facultades y atribuciones de que esta investido el Concejo Municipal; SE ACORDO: Articulo 1º.- Declarar de NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA Y DE PREFERENTE INTERES SOCIAL EL SANEAMIENTO FISICO LEGAL de los predios que comprenden "MARACANA" y del "ESTADIO MUNICIPAL y OFICINAS ADMINISTRATIVAS" que forman el Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, ubicados en la MORDAZA de La MORDAZA, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin. Articulo 2º.- Presentado la solicitud de inscripcion respectiva, sobre los inmuebles a que se refiere el Art. anterior, la Oficina de Registros Publicos de la MORDAZA Central, procedera a extender la anotacion preventiva en la partida que corresponda; la cual quedara inscrita en forma definitiva en un plazo no mayor de treinta dias (30) habiles, de no mediar oposicion judicial de terceros. Articulo 3º.- Para el cumplimiento del presente acuerdo de Concejo, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo debera cumplir con presentar necesariamente la documentacion siguiente: 1.- Memoria descriptiva de los inmuebles. 2.- Plano perimetrico y de ubicacion. 3.- Declaracion Jurada del MORDAZA, mediante el cual el titular del Organo de Gobierno Local, bajo responsabilidad declare que los inmuebles que se pretende inscribir, no se encuentran sujetos a gravamen, embargo, medida cautelar o MORDAZA judicial alguno.

Dado en el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, a los veintinueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventisiete. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6379

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Constituyen Comision Investigadora de Regidores de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012 San MORDAZA de Lurigancho, 30 de marzo de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha celebrada el veintinueve de marzo de mil novecientos noventa y ocho, a solicitud de los senores regidores de conformar una Comision investigadora. CONSIDERANDO: Que, es atribucion de los senores regidores ejercitar funcion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de la Administracion Municipal de conformidad a la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, habiendose efectuado en la sesion de fecha, denunciadas sobre presuntos actos irregulares cometidos en la Direccion de Rentas, Funcionarios y personal de esta Corporacion Municipal, lo que amerita conformar una comision investigadora, para los fines de Ley; Que, el Pleno del Concejo Municipal, como MORDAZA organismo administrativo del gobierno local en el ejercicio libre de sus atribuciones, luego de las deliberaciones respectivas, y contando con el MORDAZA favorable del numero legal mayoritario del Pleno del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo Primero.- CONSTITUIR, la Comision Investigadora de Regidores de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, conformado por los siguientes senores: SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SR. ROMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- Encargar a los senores funcionarios, personal de MORDAZA y contratado facilite las labores de la Comision Investigadora, entregando la documentacion requerida conforme a Ley, dentro de las 24 horas de efectuado dicho requerimiento bajo responsabilidad funcional administrativa. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6318

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