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Pág. 160650 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de junio de 1998 Ratifican monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia efectiva a cada sesión de Concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 013 San Juan de Lurigancho, 31 de marzo de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada el treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho, referente a establecer el monto de las dietas. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 010, del 12 de marzo de 1997 se establece el monto de las dietas a percibir durante dicho año los señores regidores del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho. Que, es necesario fijar el monto de las dietas a percibir los señores regidores para el presente año teniendo en consideración lo establecido en la Constitu- ción Política del Estado Peruano, que las Municipalida- des tienen autonomía política económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia. Que de conformidad a la Ley Nº 26317 modifica el Art. 21º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Munici- palidades, en el extremo en que los alcaldes y regidores son rentados conforme lo permita el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipali- dad. El alcalde recibe una remuneración mensual y los regidores reciben dieta por sesión. Que, es necesario señalar que tan sólo una vez al año se fija el monto de las dietas y que dicho acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, y que las remuneraciones y las dietas son suprimibles por acuer- do unánime del Concejo o por renuncia individual a ellas. Que, con las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y Constitución Polí- tica del Estado Peruano, con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta. SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR, en el equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria el monto que por concepto de dietas percibirán los señores regidores del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, por un máximo de 4 sesiones por mes, para el Ejercicio Presu- puestal del presente año, que regirá a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1998. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Administración y Dirección Municipal, el fiel cumpli- miento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS SUARES CACERES Alcalde 6319 Precisan alcances de responsabilidad de funcionarios respecto a la aproba- ción del cierre de ejercicio presupues- tal del año 1997 ACUERDO DE CONCEJO Nº 014 San Juan de Lurigancho, 8 de abril de 1998EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo, celebra- da el ocho de abril de mil novecientos noventa y ocho; sobre el Cierre Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 1997, con dispensa de lectura y aprobación del acta. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, goza de autonomía económica, política y administrati- va, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado Peruano y en concordancia con la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; Que, es atribución de los señores regidores ejercitar función de fiscalización y vigilancia de los actos de la Administración Municipal, de conformidad a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, habiéndose debatido, en la sesión de la fecha el Cierre Presupuestario del Ejercicio Fiscal 1997; siendo el Pleno del Concejo Municipal el máximo organismo administrativo del Gobierno Local, luego del análisis y debate correspondiente, contando con el voto aprobato- rio del número legal de sus miembros; SE ACUERDA: Artículo Primero.- La Aprobación del Cierre del Ejercicio Presupuestal del año 1997, no exime a los funcionarios, ni al titular del pliego de la responsabili- dad que hubiere en la ejecución presupuestal no autori- zada por el Concejo. Artículo Segundo.- Elevar el presente Acuerdo de Concejo de Aprobación del Cierre del Ejercicio Presu- puestal a la Contraloría General de la República, para su evaluación y determinación de responsabilidades a que hubiere lugar; por cuanto el Jefe del Organo de Control Interno no ha demostrado acciones de control en esta Corporación Municipal. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Dirección Municipal, Dirección de Administración y Secretaría General. Regístrase, comuníquese, cúmplase y archívase. LUIS SUARES CACERES Alcalde 6320 Designan Comisión Investigadora de Regidores de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 015 San Juan de Lurigancho, 8 de abril de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo, celebra- da el ocho de abril de mil novecientos noventa y ocho; sobre denuncia periodística aparecida en el diario El Comercio el día 7 de abril de 1998, sobre incautación de insumos del Programa del Vaso de Leche del distrito de San Juan de Lurigancho. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho goza de autonomía económica, política y administrati-