Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 1998 (11/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de junio de 1998

Ratifican monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a cada sesion de Concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013 San MORDAZA de Lurigancho, 31 de marzo de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada el treinta y uno de marzo de mil novecientos noventa y ocho, referente a establecer el monto de las dietas. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 010, del 12 de marzo de 1997 se establece el monto de las dietas a percibir durante dicho ano los senores regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Que, es necesario fijar el monto de las dietas a percibir los senores regidores para el presente ano teniendo en consideracion lo establecido en la Constitucion Politica del Estado Peruano, que las Municipalidades tienen autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que de conformidad a la Ley Nº 26317 modifica el Art. 21º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, en el extremo en que los alcaldes y regidores son rentados conforme lo permita el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad. El MORDAZA recibe una remuneracion mensual y los regidores reciben dieta por sesion. Que, es necesario senalar que tan solo una vez al ano se fija el monto de las dietas y que dicho acuerdo debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, y que las remuneraciones y las dietas son suprimibles por acuerdo unanime del Concejo o por renuncia individual a ellas. Que, con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y Constitucion Politica del Estado Peruano, con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta. SE ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR, en el equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria el monto que por concepto de dietas percibiran los senores regidores del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, por un MORDAZA de 4 sesiones por mes, para el Ejercicio Presupuestal del presente ano, que regira a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1998. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion y Direccion Municipal, el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6319

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo, celebrada el ocho de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho; sobre el Cierre Presupuestal del Ejercicio Fiscal de 1997, con dispensa de lectura y aprobacion del acta. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, goza de autonomia economica, politica y administrativa, conforme a lo dispuesto en la Constitucion Politica del Estado Peruano y en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, es atribucion de los senores regidores ejercitar funcion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de la Administracion Municipal, de conformidad a la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, habiendose debatido, en la sesion de la fecha el Cierre Presupuestario del Ejercicio Fiscal 1997; siendo el Pleno del Concejo Municipal el MORDAZA organismo administrativo del Gobierno Local, luego del analisis y debate correspondiente, contando con el MORDAZA aprobatorio del numero legal de sus miembros; SE ACUERDA: Articulo Primero.- La Aprobacion del Cierre del Ejercicio Presupuestal del ano 1997, no exime a los funcionarios, ni al titular del pliego de la responsabilidad que hubiere en la ejecucion presupuestal no autorizada por el Concejo. Articulo Segundo.- Elevar el presente Acuerdo de Concejo de Aprobacion del Cierre del Ejercicio Presupuestal a la Contraloria General de la Republica, para su evaluacion y determinacion de responsabilidades a que hubiere lugar; por cuanto el Jefe del Organo de Control Interno no ha demostrado acciones de control en esta Corporacion Municipal. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion y Secretaria General. Registrase, comuniquese, cumplase y archivase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6320

Designan Comision Investigadora de Regidores de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015 San MORDAZA de Lurigancho, 8 de MORDAZA de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo, celebrada el ocho de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho; sobre denuncia periodistica aparecida en el diario El Comercio el dia 7 de MORDAZA de 1998, sobre incautacion de insumos del Programa del Vaso de Leche del distrito de San MORDAZA de Lurigancho. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho goza de autonomia economica, politica y administrati-

Precisan alcances de responsabilidad de funcionarios respecto a la aprobacion del cierre de ejercicio presupuestal del ano 1997
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014 San MORDAZA de Lurigancho, 8 de MORDAZA de 1998

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