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Pág. 160713 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de junio de 1998 JUSTICIA Designan representante del Ministerio ante el Consejo Consultivo del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-98-JUS Lima, 12 de junio de 1998 Visto el Oficio Nº 637-98-P-CNM de fecha 10 de junio de 1998, del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura; CONSIDERANDO: Que el Artículo 10º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura, en base a una terna propuesta por el Comité Consultivo del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que el Consejo Consultivo del Registro Nacional de Identi- ficación y Estado Civil está compuesto por tres miembros, entre ellos, uno designado por el Ministerio de Justicia; Que es necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante el citado Consejo Consultivo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la doctora Ana Reátegui Napu- rí como representante del Ministerio de Justicia ante el Consejo Consultivo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución al Consejo Nacional de la Magistratura y al Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 6480 SUNASS Reglamento de Prestación de Servi- cios de Agua Potable y Alcantarillado de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento "Sierra Central S.A." ANEXO - RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 014-98-SUNASS-INF (La Resolución en referencia fue publicada en nuestra edición del día 8 de abril de 1998, página 158844) TITULO I Objetivo TITULO II Finalidad TITULO III Disposición General TITULO IV Base Legal TITULO V Alcances TITULO VI Responsabilidades TITULO VII De las Obligaciones y Derechos de la EPS Sierra Central S.A. TITULO VIII De las Obligaciones y Derechos de los Usuarios TITULO IX Conexiones Domiciliarias, Aspectos Generales. TITULO X Conexiones Domiciliarias de Agua Potable TITULO XI Conexiones Domiciliarias de Alcantarillado TITULO XII Servicios Prestados en Condiciones Especiales TITULO XIII Comercialización Capítulo I :Tarifas Capítulo II :Facturación y cobranza Capítulo III :Ampliación de Redes de Agua Potable y Alcantarillado. Capítulo IV :Pago de Conexiones Domiciliarias. Capítulo V :MedidoresTITULO XIV Otros Usos de los Servicios de Saneamiento Capítulo I :Hidrantes Públicos o Grifos contra Incendio Capítulo II :Fuentes Ornamentales Capítulo III :Riego de Parques y Jardines Capítulo IV :Surtidores TITULO XV Infracciones, Sanciones y Reclamos Capítulo I :Infracciones Capítulo II :Sanciones Capítulo III :Reclamos TITULO XVI Glosario de Términos TITULO XVII Disposiciones Complementarias REGLAMENTO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - SIERRA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA EPS SIERRA CENTRAL S.A. TITULO I OBJETIVO Artículo 1º.- El objetivo del presente Reglamento es esta- blecer las relaciones que deben regir entre los usuarios de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado y la Entidad Presta- dora de Servicios de Saneamiento - EPS Sierra Central S.A. TITULO II FINALIDAD Artículo 2º.- Garantizar una armoniosa relación entre la EPS Sierra Central S.A. y los usuarios, orientada a la prestación de un servicio de calidad, acorde con el derecho a la vida, la salud y el bienestar de la persona humana, al fomento del uso racional del agua, así como a la justa retribución del servicio. TITULO III DISPOSICION GENERAL Artículo 3º.- Cuando en el texto del presente Reglamento se emplee el término EPS Sierra Central S.A., entiéndase que se refiere a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Sierra Central Sociedad Anónima. TITULO IV BASE LEGAL Artículo 4º.- Este Reglamento se basa en los siguientes dispositivos legales: Ley Nº 26338 Ley General de Servicios de Sa- neamiento. D.S. Nº 09-95-PRES Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento. Ley Nº 26284 Ley General de la Superintenden- cia Nacional de Servicios de Sa- neamiento. D.S. Nº 24-94-PRES Reglamento de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. D. Leg. Nº 716 Ley de Protección al Consumidor. Resolución de Superintendencia Nº 040-94-PRES-VMI-SSS. Directiva Para la Atención y Solución de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento. Resolución de Superintendencia Nº 019-96-PRES-VMI- SUNASS. Directiva para la Formulación del Reglamento de Presta- ción de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de las Enti- dades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Código Civil. Código Penal.