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Pág. NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de mayo de 1998 159998 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Deniegan solicitud de instituto para autorización de funcionamiento provi- sional de universidad en el departa- mento de Lima CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 412-98-CONAFU Lima, 5 de mayo de 1998 Visto el proyecto para la Autorización de Fun- cionamiento de la Universidad de Miraflores, pre- sentado por el Instituto Internacional de Adminis- tración Hotelera y Turismo – INAT, promotora de ese proyecto, con sede en al ciudad de Lima, departamen- to de Lima; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Internacional de Administración Hotelera y Turismo – INAT, promotor de la Univer- sidad de Miraflores, solicita autorización de funciona- miento provisional para su universidad, con las ca- rreras profesionales de Ciencias de la Comunicación, Gastronomía y Arte Culinario, Marketing y de Turis- mo y Hotelería, para cuyo efecto, en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, ha pre- sentado la documentación sustentatoria correspon- diente; Que el referido proyecto ha sido revisado y califica- do por la Comisión Evaluadora que se designó con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias, efectuó la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la Universidad para verificar las condiciones materiales con las que conta- rá la universidad y así como contrastar los diferentes elementos registrados en el Proyecto con las condicio- nes reales existentes, evaluar los aspectos técnicos, explorar el grado de recepción, el interés y el apoyo efectivo de las fuerzas vivas relacionadas con las actividades propuestas; Que emitido el Informe correspondiente de la Comi- sión Evaluadora, éste fue transcrito a la entidad promotora, la que ha dado respuesta a las Observa- ciones formuladas; Que el referido proyecto, con el resultado de su evaluación y las respuestas de la Promotora y demás antecendentes, han sido vistos, así mismo, por la Comisión de Análisis y Consolidación siguiendo los criterios de evaluación establecidos en los reglamen- tos, manuales y tablas valorativas previamente apro- badas por el CONAFU; Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de abril de 1998, en conocimiento de la totalidad del proyecto, concluye que el proyecto aún presenta deficiencias muy noto- rias que no permiten su adecuado desarrollo institu- cional, ni los niveles mínimos aceptables de calidad en la formulación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales propuestas; Que el proyecto para la autorización de funciona- miento de la Universidad de Miraflores, presenta la totalidad de sus secciones evaluadas en los niveles decalidad deficientes y muy deficientes, por debajo del nivel de 65% establecido como límite mínimo para la condición de aceptable, lo que indica la falta de forta- lezas y el importante número de debilidades que presenta el proyecto, pese a las modificaciones intro- ducidas como consecuencia de las recomendaciones del CONAFU a la Promotora, en especial los casos de Infraestructura Física que requieren las carreras pro- fesionales propuestas y la Administración Financiera para su implementación, lo que no le permite llegar a la media calificada para iniciar actividades académi- cas y administrativas con eficiencia y alcanzar los niveles de competitividad; Estando a lo acordado y a lo establecido en el Artículo 23º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONA- FU la Ley Nº 26439; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Denegar la solicitud del Institu- to Internacional de Administración Hotelera y Turis- mo – INAT para que se le conceda autorización de funcionamiento provisional a la Universidad de Mira- flores, con sede en la ciudad de Lima, departamento de Lima, por las deficiencias anotadas que no permiten garantizar el adecuado desarrollo del proyecto ni los niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impartir en las diferentes carreras profesionales proyectadas. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLERI Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico-Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE RUIZ DAVILA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 5359 DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban Primer Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República 1996-1998 (N. de E.- Se publica nuevamente la presente resolución a solicitud del Sector mediante Oficio Nº 257-98-DP/GAF) RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 29-98/DP Lima, 12 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, una de las atribuciones esenciales del Om- budsman o Defensor del Pueblo es la de elaborar y