Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1998 (20/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES
Desde el mes de setiembre le han prometido la instalacion de los muebles y, ahora le han pedido una prorroga hasta el 8/11/97. Informacion correcta.

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MORDAZA, MORDAZA

Trabajo concluira el 31/10/97

MORDAZA, MORDAZA La demora fue por escasez de formica de color granito, se termino en MORDAZA de 1997 MORDAZA, MORDAZA ONAGA, MORDAZA Trabajo concluido en plazo solicitado Trabajo concluido pero demora por modificaciones a solicitud del cliente.

Informacion correcta. Trabajo concluido pero no hizo modificaciones. Falta casi el 90% de la obra. Falta concluir. Falta el cambio de un tablero. Aun no comienzan el trabajo. Aun no se ha iniciado. Aun no se ha iniciado. Informacion correcta.

mayor, el hecho de un tercero o el descuido o negligencia del propio consumidor, circunstancias en las cuales obviamente no podra hacerse responsable al denunciado de lo ocurrido... De las dos partes, es el proveedor el que se encuentra en mejor posicion para poder determinar que la MORDAZA no puede serle atribuida... Dentro de estos alcances la carga de la prueba sobre la idoneidad del producto debe ser asumida por aquel que es responsable de tal idoneidad y se encuentra en mejor posicion para producir prueba sobre la misma. Esta carga de la prueba no implica, necesariamente, llegar a demostrar que fue lo que realmente ocasiono el defecto (lo que de lograrse lo exoneraria de responsabilidad) sino que el defecto no le es atribuible al proveedor, asi no se llegue a probar con toda precision cual fue la causa real." En la actualidad, la competitividad de las empresas desempena un rol fundamental en la economia de libre MORDAZA, en tal sentido, su experiencia en el MORDAZA, en muchas oportunidades, sera el factor determinante que un consumidor tomara en cuenta para contratar sus servicios, asi como el precio de los bienes o servicios que oferta ya que estos reflejan la calidad del bien, la confianza en cuanto al cumplimiento de los plazos senalados, la experiencia de sus trabajadores, etc. En consecuencia, un consumidor que contrata a una empresa con una experiencia determinada en el MORDAZA, tiene la expectativa que esta fabricara un bien que se adecue a las caracteristicas contratadas, con la conviccion de que va a poder disfrutar del bien o servicio adquirido, en el plazo convenido, que el aceptara en tanto resulte optimo para satisfacer sus intereses. Por lo MORDAZA expuesto, un bien o servicio devendra en inidoneo si excede el plazo fijado para su entrega, siempre y cuando de las condiciones y terminos expresados por la empresa denunciada no se desprenda algo distinto, entendiendose que la existencia de cualquier limitacion respecto a la fecha de entrega deberia ser informada previamente al consumidor. En consecuencia, correspondia a la empresa denunciada probar que los retrasos en la entrega de los muebles cuya fabricacion se contrato, no le eran imputables, ya sea a traves de la MORDAZA de los planos modificados con el consentimiento del cliente o de la MORDAZA de algun documento que acredite el conocimiento del cliente de la posibilidad de un retraso en el cumplimiento o una modificacion del plazo de entrega, lo cual no ha hecho; motivo por el cual se ha verificado la existencia de infraccion al Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 716 por parte de la empresa GASAYO S.A., por cuanto al incurrir en incumplimientos del plazo convenido para la fabricacion de los muebles, en un alto porcentaje de casos, no ha cumplido con brindar un servicio idoneo a sus clientes. APLICACION DE LA SANCION De acuerdo al Articulo 42º del Decreto Legislativo Nº 716, la aplicacion y graduacion de la sancion debe ser establecida teniendo en cuenta la intencionalidad del sujeto activo de la infraccion, el dano resultante de la infraccion, los beneficios obtenidos por el proveedor por razon del hecho infractor y la reincidencia o reiterancia del proveedor. La intencionalidad -elemento que solo sirve para aplicar y graduar la sancion y no para determinar si existe o no infraccion a las normas del Decreto Legislativo Nº 716- supone una voluntad del sujeto infractor de cometer los hechos que configuran la infraccion esto es, que aquellos no MORDAZA accidentales- y no una voluntad de causar un dano. Aunque existen diversas formas de acreditar la existencia de una intencionalidad en el sujeto infractor, MORDAZA ciertamente puede inferirse cuando este, no obstante haber estado en

MORDAZA, MORDAZA Trabajo concluido MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, ZORINA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MA. DEL MORDAZA RIVADENEYRA, MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA Trabajo concluido Se termino en el plazo solicitado Se ha avanzado mas del 50% Trabajo concluido en MORDAZA porque cliente solicito postergacion Trabajo concluido Trabajo concluido.

A mayor abundamiento, funcionarios de la Unidad de Fiscalizacion de INDECOPI, constataron, tal como se desprende de las actas de inspeccion adjuntas al Informe Nº 055-97-ZRY/UFI, el mismo que obra a fojas 471 del expediente, que las afirmaciones vertidas por la empresa denunciada, en los casos correspondientes a las visitas efectuadas, no corresponden exactamente a la realidad. Analisis del Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 716 El Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 716, establece la responsabilidad de los proveedores respecto de la idoneidad y calidad de los productos y servicios que ponen a disposicion de los consumidores en el MORDAZA, debiendo estos responder a la finalidad para la cual el bien ha sido fabricado o el servicio ideado. Por ello, la Comision considera que un bien es idoneo no solo cuando cumple con las especificaciones acordadas por las partes -clase, acabados, etc.- sino que, adicionalmente, cuando cumple con otros requisitos que van a determinar su eleccion, como el plazo de entrega fijado por estas. Por lo tanto, aquel solo sera idoneo cuando cumpla con todas aquellas condiciones que rodearon su adquisicion y que se configuraron como elementos determinantes de la eleccion realizada. Segun lo dispuesto por la Sala de Defensa de la Competencia, en la Resolucion Nº 085-96-TDC de fecha 13 de noviembre de 1996, esta MORDAZA contiene el MORDAZA de garantia implicita, esto es, la obligacion del proveedor de responder cuando el bien o servicio no es idoneo para los fines y usos previsibles para los que normalmente se adquieren o contratan estos en el MORDAZA, debiendo considerarse para ello las condiciones en las cuales los productos fueron adquiridos o los servicios contratados, salvo que de los terminos acordados o senalados expresamente por el proveedor se desprenda algo distinto. "El hecho de que exista una garantia implicita no implica que el proveedor sea siempre responsable. Podria ser que el deterioro MORDAZA sido causado por un factor diferente como puede ser el caso fortuito o fuerza

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