Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 1998 (30/05/1998)


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NORMAS LEGALES
DICE:

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5841

Otorgamiento de la autorizacion para la extraccion de Fauna MORDAZA para Zoocriaderos y Zoologicos. DEBE DECIR: Otorgamiento de autorizacion para la extraccion de fauna MORDAZA vedada para zoocriaderos y zoologicos. 5854

Autorizan viaje de funcionario del OSIPTEL para participar en reunion sobre AGRICULTURA industria de telecomunicaciones a Modifican el Reglamento del D.L. Nº realizarse en Singapur 26154, mediante el cual se creo el FonRESOLUCION SUPREMA do Nacional para Areas Naturales Nº 287-98-PCM Protegidas por el Estado MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1998
Vista la Carta C.191-SG/98 del Secretario General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, la Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA - APEC ha cursado invitacion al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para que participe en la Tercera Reunion Ministerial sobre la "Industria de Telecomunicaciones y de la Informacion (TELMIN3)", a realizarse en Singapur, del 1 al 5 de junio de 1998; Que, es pertinente designar a un representante del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para que participe en la mencionada Reunion; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135-90-CM, Resolucion Ministerial Nº 165-96-EF/ 15 y Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Cannock Torero, Gerente General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a Singapur, del 29 de MORDAZA al 7 de junio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran asumidos por el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : - Viaticos : - Tarifa Corpac : US$ US$ US$ 2,346.00 2,340.00 25.00 DECRETO SUPREMO Nº 007-98-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26154 se creo el Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidas por el Estado -FONANPE- como fondo fiduciario intangible destinado a la conservacion, proteccion y manejo de las areas naturales protegidas por el Estado, administrado por el PROFONANPE, institucion de derecho privado sin fines de lucro que goza de existencia legal y personeria juridica propia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-93-AG, se reglamento el referido Decreto Ley, estableciendose en su Articulo 6º la composicion del Consejo Directivo del PROFONANPE, el mismo que fuera modificado parcialmente mediante Decreto Supremo Nº 043-94-AG; Que, es necesario precisar los mecanismos de designacion de los representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; Que, de conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el inciso a) del Articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-93AG modificado por Decreto Supremo Nº 043-94-AG, en los terminos siguientes: "a) Tres representantes del Ministerio de Agricultura, conforme se detalla a continuacion: - Un representante de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura, quien lo presidira; - Un representante designado por el Ministro de Agricultura, a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante designado por el Ministro de Agricultura, a propuesta del Ministerio de Economia y Finanzas". Articulo 2º.- Modificase el Articulo 7º del Reglamento del Decreto Supremo Nº 024-93-AG, en los siguientes terminos: "Articulo 7º.- Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo del PROFONANPE: FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 020-98-PCM Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 020-98-PCM, publicada en nuestra edicion del dia 18 de MORDAZA de 1998, pagina 159929 PROCEDIMIENTO: Nº DE ORDEN 24 Denominacion del Procedimiento a) Aprobar la modificacion del Estatuto" Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho.

Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5842

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