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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 1998 (30/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 160254 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de mayo de 1998 M T C Facultan a la FAP a realizar servicio de transporte aéreo exclusivo de carga a través de empresa DECRETO SUPREMO Nº 010-98-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en aplicación del Artículo 60º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26917 en su Quinta Disposi- ción Complementaria, Transitoria y Final estableció que, por excepción, el Estado en cumplimiento de su rol subsi- diario, a través de la empresa Transportes Aéreos Nacio- nal de Selva (TANS), preste servicios de transporte aéreo comercial de carga a nivel nacional e internacional, suje- tándose a las condiciones que indica dicha norma; Que, a efectos de fomentar y facilitar el desarrollo económico en la región oriental, resulta pertinente auto- rizar con carácter excepcional y temporal a la empresa Transportes Aéreos Nacional de Selva (TANS), para que preste el servicio aéreo de carga que refiere el consideran- do precedente, en razón de que la citada empresa se encuentra en proceso de recertificación; Que, en consecuencia resulta necesario dictar la nor- ma pertinente; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Facúltase por un período de noventa (90) días, a la Fuerza Aérea del Perú, a través de la empresa Transportes Aéreos Nacional de Selva (TANS), a realizar el servicio de transporte aéreo exclusivo de carga, nacio- nal e internacional. El servicio nacional exclusivo de carga se prestará en el ámbito de la región oriental, teniendo como base de operaciones el Aeropuerto de Iquitos. Artículo 2º.- Por Resolución Ministerial del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, se podrá hacer extensivo el servicio de trans- porte aéreo exclusivo de carga nacional e internacional a otras regiones del país, autorizado a TANS, asimismo, se podrá dictar las medidas pertinentes para la mejor aplica- ción del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5837 Nombran Director Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción del CTAR de la Di- rección Regional de Ayacucho RESOLUCION SUPREMA Nº 084-98-MTC Lima, 29 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, es necesario nombrar un profesional, para des- empeñar el cargo de Director Regional de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción del CTAR de la Dirección Regional de Ayacucho, debiendo emitirse el acto administrativo del caso; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515; y Ley Nº 26992; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- NOMBRAR a partir de la fecha al Ing. GLICERIO MALDONADO MARTINEZ, como Di- rector Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción del CTAR de la Dirección Regional de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5844 Nombran funcionario de la Dirección Re- gional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ayacucho RESOLUCION SUPREMA Nº 085-98-MTC Lima, 29 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Presidencial Regional Nº 127-98- CTA"LW"/PE se encargó al ingeniero Máximo Yauri As- carza el cargo de Director de Circulación Terrestre de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción de Ayacucho; Que, en mérito a lo establecido se hace necesario dar por concluido el mencionado encargo y nombrar al funcio- nario que ocupe el cargo de Director de Circulación Terrestre de la Dirección Regional de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515; y Ley Nº 26992; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido a partir de la fecha el encargo al ingeniero Máximo Yauri Ascarza como Director de Circulación Terrestre de la Dirección Regio- nal de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción de Ayacucho. Artículo Segundo.- NOMBRAR, a partir de la fecha al señor JUAN JOSE URIBE URIBE, como Director de Circu- lación Terrestre de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5845 Autorizan a procurador iniciar accio- nes para la recuperación de terreno del Núcleo de Producción del Vivero de San Juan de Miraflores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 245-98-MTC/15.04 Lima, 25 de mayo de 1998