Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 1998 (30/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 160267

Articulo 1º.- Acumular los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Cazorla, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 639-97-INPE-CR-P, de fecha 26 de diciembre de 1997. Articulo 2º.- Declarar infundados los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Cazorla, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 639-97-INPECR-P, de fecha 26 de diciembre de 1997, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 5741

Aceptan donacion destinada a la interconexion informatica entre diversas instituciones relacionadas al ambito judicial y penitenciario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 110-98-JUS MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1998 Vista la Carta Nº 092-98-CE de fecha 18 de MORDAZA de 1998, suscrita por el Codirector europeo y el Codirector Nacional del Proyecto "Apoyo a la Mejora del Ambito Judicial-Penitenciario en Peru", sobre pedido de aceptacion de donacion; CONSIDERANDO: Que la Union Europea, en virtud del Convenio de Financiacion entre la Comision de las Comunidades Europeas y la Republica del Peru, ha efectuado la donacion de materiales de comunicacion a favor del Ministerio de Justicia, a traves del Proyecto "Apoyo a la Mejora del Ambito Judicial-Penitenciario en Peru (DEM/PER/96/ 53)", destinados a la interconexion informatica entre el Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios - CENECP, Instituto Nacional Penitenciario INPE, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y la Fiscalia Suprema de Control Interno del Ministerio Publico; Que segun Guia Aerea 529 00211153 de fecha 11 de MORDAZA de 1998 extendida por la Compania VIC TRADING & FREIGHT FORWARDER, INC., se consigna que la mercancia ha sido enviada en 1 bulto con destino al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Lima-Callao; Que por Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, asi como las donaciones por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional, gozaran de tratamiento preferencial en el despacho por las Aduanas de la Republica por el solo merito de la Resolucion Ministerial, expedida por el titular del sector correspondiente; Estando a lo opinado en el Informe Nº 001-98-JUS/ ODCT de la Oficina de Desarrollo y Cooperacion Tecnica y con las visaciones de las Oficinas Generales de Economia y Desarrollo y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nº 560 y Nº 719 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Decretos Leyes Nº 25993 y Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM y Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion efectuada por la Union Europea, en el MORDAZA del Convenio de Financiamiento entre la Comision de las Comunidades Europeas y la Republica del Peru, a traves del Proyecto "Apoyo a la Mejora del Ambito Judicial-Penitenciario en Peru (DEM/ PER/96/53)", consistente en materiales de comunicacion, segun factura comercial Nº 98043, con un valor de doce mil treinta y cuatro y 20/100 dolares americanos (US$ 12,034.20), con un peso de 76 k., llegada a la Aduana del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Lima-Callao, destinada a la interconexion informatica entre el Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios CENECP, Instituto Nacional Penitenciario - INPE, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y la Fiscalia Suprema de Control Interno del Ministerio Publico, de acuerdo al siguiente detalle: CANTIDAD DESCRIPCION 01 01 03 03 02 02 WIRELESS ACCESS ROUTER CENTRAL STATION ANTENNA OMNIDIRECTIONAL 6-8DB FOR 2.4 GHZ FUENTE DE ALIMENTACION CABLE SIAMES ALIMENTACION/UTP WIRELESS ACCESS ROUTER REMOTE STATION ANTENA PARABOLICA DE 24DB PARA 2.4 GHZ TOTAL US$ MONTO (US$) 3,766.30 1,077.10 178.20 1,114.20 5,601.20 297.20 12,034.20

Autorizan a la Camara de Comercio de MORDAZA para que funcione como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-98-JUS MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1998 Vista la solicitud de fecha 13 de MORDAZA de 1998, de la Camara de Comercio de Lima; CONSIDERANDO: Que la Camara de Comercio de MORDAZA es una institucion que tiene entre sus objetivos la capacitacion y entrenamiento academico a nivel superior de conciliadores; Que la mencionada institucion, ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, para ser autorizada como institucion para capacitar conciliadores; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 001-98-JUS/ DNJ-DC, Oficio Nº 1614-98-JUS/DNJ-DC e Informe Nº 088-98-JUS/AT, es pertinente atender la peticion de la Camara de Comercio de Lima; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Camara de Comercio de MORDAZA a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores de la Camara de Comercio de MORDAZA, para la realizacion de los respectivos Cursos de Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Articulo 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 5739

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