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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 1998 (30/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 160251 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de mayo de 1998 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 5836 Constituyen Comisión Especial para Promoción y Desarrollo del Ecoturis- mo y Recreación en los Bosques del departamento de Madre de Dios RESOLUCION SUPREMA Nº 031-98-AG Lima, 29 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que es de interés nacional la promoción del turismo en el territorio nacional como fuente de divisas y manera de explotar racionalmente los recursos naturales, arqueoló- gicos e históricos del país; Que el ecoturismo constituye la mejor alternativa para el aprovechamiento sostenible de los recursos natu- rales del territorio nacional, en atención a su riqueza paisajística y diversidad de atractivos; Que las áreas boscosas del departamento de Madre de Dios constituyen zonas de especial conformación para el desarrollo del ecoturismo, para efectos de lo cual resulta conveniente conformar una Comisión Especial encargada de determinar las zonas aptas para ser entregadas en concesión a particulares para tal actividad, así como definir los términos de referencia para dichos otorga- mientos; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyese una Comisión Especial para la Promoción y Desarrollo del Ecoturismo y Recrea- ción en los Bosques del departamento de Madre de Dios, la misma que estará conformada en la forma siguiente: - El Viceministro de Agricultura, quien la presidirá. - El Secretario General del Ministerio de Agricultura, quien actuará como Secretario Técnico. - Un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. - El Director General Forestal del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. - El Director de la Dirección Subregional Agraria de Madre de Dios. Artículo 2º.- La Comisión Especial a que se refiere el artículo precedente, queda encargada de la determina- ción de las áreas aptas para su otorgamiento en concesión para el desarrollo del ecoturismo en los bosques del departamento de Madre de Dios, así como la elaboración de los términos de referencia que deberán contener los eventuales contratos, en un plazo no mayor a sesenta días de publicado el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y por el Minis- tro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 5843Adjudican terrenos eriazos ubicados en el distrito de Pachacútec, provincia de Ica, a favor de persona natural RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0248-98-AG Lima, 22 de mayo de 1998 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicación de terrenos eriazos habilitados para la actividad agraria, ubicados en el distrito de Pachacútec, provincia y depar- tamento de Ica. CONSIDERANDO: Que mediante escrito de 29 de diciembre de 1997, don Fernando Bustamante Belaunde, al amparo del Artículo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, solicita se regularice su situación jurídica sobre 110 ha. de terrenos eriazos ubica- dos en el distrito de Pachacútec, provincia y departamen- to de Ica, las mismas que, afirma, ha incorporado a la actividad agraria con anterioridad al 18 de julio de 1995; Que aparece del Informe Técnico Nº 195-98-RLW- DSRA-I.PETT.CR/ICA, de 28 de abril de 1998, de fojas 35, emitido por el Coordinador del Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Subregio- nal Agraria Ica, que el solicitante ha incorporado a la agricultura una extensión de 80 ha. 1,000 m2, íntegra- mente cubierta con sembríos de tuna de la variedad blanca y amarilla, aproximadamente 400,000 plantones, mediante el desarrollo de infraestructura de riego que traslada el recurso hídrico desde un pozo ubicado a 3 km. de distancia del predio a través de tubería subterránea, distribuyéndose por mangas plásticas de sistema aquacel; Que asimismo, el Informe Legal Nº 090-98-RLW-DSRA- I-PETT-CR/ICA, de 4 de mayo de 1998, de fojas 43, expedido por el Asesor Legal de la citada Coordinación, concluye en que el predio se encuentra dentro de los alcances del Artículo 17º del Reglamento de la Ley Nº 26505 por cuanto la habilitación agrícola de los terrenos eriazos se produjo con anterioridad a la vigencia de la citada Ley; Que en consecuencia, resulta procedente adjudicar en venta, a precio de arancel de terrenos eriazos, las 80 ha. 1,000 m2 incorporadas a la agricultura por don Fernando Bustamante Belaunde con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 26505; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Minis- terio de Agricultura, aprobada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adjudicar en venta, a precio de arancel de terrenos eriazos, la superficie de 80 ha. 1,000 m2 ubicadas en el distrito de Pachacútec, provincia y depar- tamento de Ica, a favor de don Fernando Bustamante Belaunde de acuerdo con el plano catastral y memoria descriptiva que obra en el expediente, disponiendo que la Dirección Subregional Agraria Ica otorgue el respectivo contrato de compraventa y gestione su inscripción en los Registros Públicos correspondientes. Artículo 2º.- Devolver el expediente a la citada Direc- ción Subregional Agraria para los fines indicados en el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 5755 Declaran infundada impugnación inter- puesta contra acto administrativo refe- rente a cese de ex servidor del SENASA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0253-98-AG Lima, 27 de mayo de 1998