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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (06/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 2

b) Coordinar la formulación y realizar el seguimiento a los Planes Nacionales Intersectoriales en temas de su competencia; cI Dirigir, controlar, supervisar y evaluar la ejecución de la política sectorial; d) Ejercer las funciones de Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente; ej Proponer los proyectos de Leyes, Decretos y Resolu- ciones Supremas en el ámbito de su competencia; f> Velar por el cumplimiento de los Tratados y l‘latafor- mas de Acción suscritos por el Perú relativos a la Promoción de la Mujer y el Desarrollo Humano, así como proponer la suscripción de nuevos convenios. TITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES CAPXTíJLO 1 DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 7”.- Estructura Orgámca del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano: a. ALTA DIRECCION l Despacho Ministerial l Despacho Viceministenal l Despacho de Gerencia de Gestion L\dministrativa b. ORGANO DE CONTROL l Oficina General de Auditoría c. ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL l Procuraduría Pública d. PROGRAMAS NACIONALES l Programa Nacional de Alfabetización l Programa Nacional Wawa Wasi e. ORGANOS DE ASESORAMIENTO Y APOYO Gerencia de Gestión Administrativa Unidad de Trámite Documentario Unidad de Informatica y Sistemas ORGANOS DE ASESORAMIENTO Oficina General de Asesoría Jurídica ORGANOS DE APOYO Oficina General de Comunicaciones Oficina General de Administración de Recurso:< Ofkina de Cooperación Internacional f. ORGANOS DE LINEA l Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia l Gerencia de Promoción de la Mujer l Gerencia de Desarrollo Humano g. ORGANO DE COORDINACION l Secretaría Técnica de Asuntos Indígenas h. ORGANOS DESCONCENTRADOS i. ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZA- DOS l Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF l Instituto Peruano del Deporte - IPD . Programa Nacional de Asistencia Alimentarla PRONAA l Oficina Nacional de Cooperacion Popular - Ci)OPOP l Programa de Apoyo al Repoblamien to y Desarrollo de Zonas de Emergencia PARCAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION CONFORMACION DE LA ALTA DIRECCION Artículo 8”.- La Alta Dirección es el máximo nivel de decisión del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, está constituido por el Despacho Mi- nisterial, el Despacho Viceministerial ,y el Gerente de Ges- tión Administrativa. DEL MINISTRO Artículo 9”.- El Ministro de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano es la más alta autoridad política y administrativa del Sector. Establece los objetivos institu- cionales. Formula, dirige, supervisa y evalúa la ejecución de la política sectorial; orienta, aprueba y supervisa las activi- dades de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector. Es el Titular del Pliego Presupuestal, pudiendo delegar las atribuciones que no sean privativas a su función como Ministro de Estado. Las funciones del Ministro de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano son: a) Formular, dirigir, supervisar y evaluar los objetivos y metas institucionales, en armonía con la política general del Gobierno; b> Establecer los objetivos y lineamientos sectoriales para cada ejercicio presupuestarlo; distribuyendo In asig- nación presupuestaria aprobada para el pliego; c) Aprobar los documentos de gestión institucional, planes y programas que así lo requieran, supervisando su cumplimiento; d I Aprohar la política de desarrollo del potencial huma- no del Ministerio; e) Proponer los cargos de confianza y con poder de decisión del Ministerio y de los Organismos Públicos Des- centralizados; 0 Proponer los integrantes de los Consejos Directivos o Directorios de los Organismos Públicos Descentralizados; g) Aprobar y suscribir convenios nacionales e interna- cionales en el ámbito de su competencia; h) Resolver en la instancia administrativa que corres- ponda los procedimientos administrativos; il Aprobar o aceptar, de acuerdo a ley, las donaciones que se efectúen en favor del Ministerio; j J Aprobar mediante Resolución Ministerial la. confor- mación y funcionamiento de los Organos Desconcentrados, así como su ámbito de competencia; k, Refrendar o emitir los dispositivos legales que la legislación establezca; 1) Ejercer las demás atribuciones y facultades inheren- tes a su cargo de Ministro de Estado. DEL MCEMINISTRO Artículo lo”.- El Viceministro es la autoridad inmedia- ta al Ministro. Las funciones del Viceministro son: a) Coordinar y evaluar el cumplimiento de las políticas sectoriales impartidas por el Ministro; bl Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los planes, programas, proyectos y actividades de los Organos del Ministerio; CI Dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Cooperación Internacional; di Expedir resoluciones Viceministeriales en asuntos administrativos y técnico-normativos; e) Conducir y supervisar el Sistema Nacional de Aten- ción Integral al Niño y el Adolescente de acuerdo a las funciones establecidas en el CGdigo de los Nirios y Adoles- centes y leyes conexas que le atribuye al Ente Rector del Sistema: fl Representar al Ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados; 61 Proponer las instancias de desconcentración territo- rial del Ministerio y su ámbito de competencia: h) Propiciar y coordinar las acciones relacionadas con los Sistemas de Defensa Nacional y Defensa Civil; i) Cumplir otras funciones que le asigne el Despacho Ministerial. DE LA GERENCIA DE GESTION ADMINISTRA- TIVA Artículo ll”.- La Gerencia de Gestión Administrativa es el órgano encargado de asesorar y apoyar al Despacho