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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (06/11/1998)

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Pág. 165474 a’)ktwano ~;1,‘J:~W:M~ Lima, viernes 6 de noviembn: de 1998 y exposiciones para romocionar la venta de las acciones de la Empresa Agroin Crustnal Casa Grande; Que, mediante la Directiva N” Ol-9%DE-COPRI aproba- da por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998, se han aprobado las disposiciones sobre viajes y viáticos de los miembros de los Comités Especiales, Juntas Liquidadoras y Dirección Ejecutiva COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 2.2 de la Directiva N”Ol-98-DE-COPRI referida en el considerando anterior; SE RESUELVE: Artículo lo.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, confor- me al cual se autoriza el viaje de los señores Arturo Wood- man Pollit, Presidente del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada en la Industria Azucarera, y Gabriel Seminario de la Fuente, asesor de dicho Comité Especial, a la ciudad de Miami, Estados Unidos, entre los días 4 y 7 de noviembre de 1998, a fin de efectuar reuniones y exposicio- nes para promocionar la venta de las acciones de la Empre- sa Agroindustrial Casa Grande. Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el viaje de las personas antes mencionadas, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecu- tiva FOPRI-COPRI, del Plie o 012 del Ministerio de Tra- bajo y Promoción Social; fe acuerdo con el siguiente detalle: Arturo Woodman Pollit - Pasajes : US$ 1,178.82 - Viáticos - Tarifa CORPAC: LJgg 1,100.00 : 25.00 Gabriel Seminario de la Fuente - Pasajes : US$ 1,106.84 - Viáticos 880.00 - Tarifa CORPACj ;g$25.00 Artículo 3“.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su denominación o clase. Artículo 4°CLa presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 12835 PRES Aprueban permuta de terrenos pertene tientes al Ministerio de Educación ubicados en el distrito de La Molina, provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL N” 492-9%PRES Lima, 3 de noviembre de 1998 Visto, el Expediente N” 02211-98, mediante el cual el Ministerio de Educación solicita la permuta de dos terrenos de propiedad estatal, de 3 719,81 m2 y de 1 992,84 m2, respectivamente, ubicados en el lote N” 2 de la manzana D- 1 de la urbanización Las Lomas de La Molina Vieja, Segun- da Etapa, y en el sublote 1-B de la manzana J de la urbanización Santa Raquel, zona este - primera etapa, ambos en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, con uno de propiedad privada de 3 620,OO m2, ubicado frente a las calles Las Azaleas, Los Caobos y Los Fresnos, lote N” 22, manzana H de la urbanización Cama- cho - segunda etapa, en el distrito de La Molina, provincia .-y dep@%mento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N” 233-98-OINFE, de fecha 31 de marzo de 1998, ratificado mediante Oficio N” 168-SG-ME- 98, de fecha 14 de abril de 1998, el Ministerio de Educación hace de conocimiento de la Superintendencia de Bienes Nacionales el requerimiento por parte de dicho sector del terreno de 3 620,OO m2, ubicado frente a las calles Las Azaleas, Los Caobos y Los Fresnos, lote N” 22, manzana H de la urbanización Camacho - segunda etapa, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, para destinarlo a la construcción de un centro de educación inicial, proponiendo en tal sentido se apruebe la permuta de dicho terreno con otros de su propiedad ubicados en el mismo distrito; Que, mediante Informe N” 123-98/SBN-DMAR, de fecha 26 de mayo de 1998, la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos del Estado - Ministe- rio de Educación propuestos para la permuta de 3 719,81 m2 y de 1992,84 m2, respectivamente, ubicados en el lote N” 2 de la manzana D-l de la urbanización Las Lomas de La Molina Vieja - segunda etapa y en el sublote 1-B de la manzana J de la urbanización Santa Raquel, zona este - primera etapa, ambos en el distrito de La Molina, provin- cia y departamento de Lima, se encuentran inscritos en la Ficha N” 1170286 y Ficha N” 1722137, respectivamen- te, del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y que asimismo, el inmueble de 3 620,OO m2, ubicado frente a las calles Las Azaleas, Los Caobos y Los Fresnos, lote N 22, manzana H de la urbanización Camacho - segunda etapa, en el distrito de La Molina, provincia y departa- mento de Lima, se encuentra inscrito en la Ficha N 379319 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, figurando todos ellos libres de cargas y gravámenes; Que, mediante Informe N” 087-98-SBN-DE?, de fecha 15 de mayo de 1998, la Dirección de Expropiaciones y Tasaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de la inspección y tasaciones realizadas a los terrenos antes indicados, señalando que el terreno de propiedad privada de 3 620,OO m2, tiene un valor comercial de US$ 1368 360,00, según Tasación N” 0512-98/SBN-DET y los terrenos del Estado de 3 719,81 m2 y de 1992,84 m2, respectivamente, ubicados en la urbanización Las Lomas de La Molina Vieja - segunda etapa y urbanización Santa Rauel, zona este - primera etapa, tienen un valor comercial US3929 952,50 y US$ 438 424,80, respectivamente, exis- tiendo una diferencia de US$ 17,30 a favor, por lo que los contratantes privados deberán amortizar dicha suma en efectivo; Que, según los títulos obrantes en el expediente susten- tatorio en relación al inmueble ubicado en la urbanización Camacho, la titularidad le corresponde a los señores, Sócra- tes Hernán Grillo Bockos y su cónyuge María del Pilar de Lambarri Samanez, Norma Leticia Chichizola Rocca de Escudero, Juan Víctor Escudero Chichizola y Guido Gio- vanni Chichizola Luna, habiéndose otorgado Poder Espe- cial suficiente a don Sócrates Hernán Grillo Bockos para que los represente en el presente trámite hasta que opere la transferencia de propiedad; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 1” del Decreto de Urgencia N” 025-96, de fecha 22 de abril de 1996, se faculta al Ministerio de Educación para que cuando los terrenos que constituyen aportes reglamentarios para dicho sector, no cumplan con los requisitos establecidos para ser destinados a centros educativos, deberá proceder a su venta o permuta con sujeción a las disposiciones legales vigentes; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 25556, modificado por Decreto Ley N” 25738, Decreto Su- premo N” 025-78-VC, Decreto Supremo No 041-85-VC y Decreto Supremo N” 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar la permuta de dos terrenos de propiedad estatal, de 3 719,81 m2 y de 1 992,84 m2, respectivamente,, ubicados en el lote N” 2 de la manzana D-l de la urbamzación Las Lomas de La Molina Vieja - segunda etapa, y en el sublote 1-B de la manzana J de la urbanización Santa Raquel, zona este - primera etapa, ambos en el distrito de La Molina, provincia y departa- mento de Lima, que constituyen aportes reglamentarios para el Sector Educación, con el terreno de propiedad privada de 3 620.00 m2, ubicado frente a las calles Las Azaleas, Los Caobos y Los Fresnos, lot,e N” 22, manzana