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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (06/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

Lima, viernes 6 de noviembre de 19% cl- Pág. 165477 por Resolución Directoral N” 068-93-TCCY15.15 de fecha 7 Resolución Directoral N” 267-97-MTCX5.18 de fecha 5 de de ma o de 1993; la ampliación de ruta solicitada hasta la ciudadde CXW$ en consecuencia, se modifica el Artículosetiembre de 1997 por la ruta: Lima-Tarapoto y viceversa, en consecuencia, se modifica el Artículo Primero de dicha Primero a la referida resolución, la que quedará redactada en los términos siguientes:resolución, en la parte correspondiente a la ruta menciona- da, la que quedará redactada en el siguiente sentido: RUTA : LIMA - CARAZ y viceversa ORIGEN :LIMA DPTO. : LIMA DESTINO : CARAZ DPTO. : ANCASH ITINERARIO :CHANCAY-HUACHO-SUPE-CHAS- QUITAMEO-RECUAY-HUARAZ-CARHUAZ. MANCOS-YUNGAY FRECUENCIAS : Tres (3) diarias FLOTA VEHICULAR : Cinco (5) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Cuatro (4) ómnibus: w-7457 (1992), UQ-7371 (19921,uo- (1995) y uo- (1995) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus: Ul-5534 (1981)RUTA ORIGEN: LIMA-TARAPOTO y viceversa : LIMA DESTINO : TARAPOTO ITINERARIO : CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO - OL- MOS - BAGUA GRANDE - NUEVA CAJA- MARCA - RIOJA - MOYOBAMBA ESCALA COMERCIAL : CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO - OL- MOS - BAGUA GRANDE . NUEVA CAJA- MARCA - RIOJA. MOYOBAMBA FRECUENCIAS : Dos (2) semanales FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ÓmibiJS FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus: UO- (1992) yUO- (1995) HORARIOS : Salida de Lima: 09.00, 21 .OO y 22.00 horas Salida de Caraz 09.00, 21 .CO y 22.00 horasFLOTA DE RESERVA : Un (1) ómmbus: UO- (1989) Los ómnibus señalados anteriormente, sólo podrán ser utilizados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular respectiva.HORARIOS : Salida de Lima: 10.00 horas (lunes y jueves) Salida de Tarapoto: 10.00 horas (martes y viernes) Queda vigente lo demás que contiene, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Tercero.- La presente resolución se publicará conforme a ley en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuníquese.Los ómnibus indicados anteriormente sólo podrán ser utilizados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular y ésta será expedida en relación al año de fabri- cación de los vehículos ofertados. Queda vigente lo demás que contiene, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CARLOS k IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación TerrestreTercero.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. 12699 CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Autorizan modificación de ruta a em- presa de transporte RESOLUCION DIREXTORAL W 1322-98-MTCY15.18 Lima, 23 de octubre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N” 02197010, orga- nizado por la Em resa de Transportes ESTEBAN MOS- QUITO SALCEDX E.I.R.L. , sobre modificación de ruta: Lima-Piura eor Lima-Tarapoto y viceversa e Informe N” 1059-98-MT /15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los reuisitos establecidos en el Reglamento del Servicio Púb ico de Transporte Terrestre Interpro- 4, vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 0595MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N” 019.97-MTC, para la modificación de ruta: Lima-Piura por Lima-Tarapoto, autorizado por Resolución Directoral N” 267-97.MTC15.18 de fecha 5 de setiembre de 1997; Estando a las opiniones de las Direcciones de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en MemorándumN”3182-98-MTCX5.18.04ydeAsesoríaLegal en Informe N” 1227.98.MTC15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo No 05 95-MTC, Ley N” 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro- bado por Decreto Supremo N” 02.94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Su- premo W 019-97-MTC y Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la Empresa de Transportes ES- TEBAN MOSQUITO SALCEDO E.I.R.L., la modificación de la ruta: Lima-Piura y viceversa, otorgada medianteDirección General de Circulación Terrestre 12750 Disponen que la Oficina Central de CO- FOPRI asuma competencia exclusiva sobre predio ubicado en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL W 084-98-COFOPRUGG Lima, 5 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N” 803 se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, en virtud del inciso r) del Artículo 8” del Estatuto de la Comisión de Formalización de la Propiedad Infor- mal, arobado mediante Decreto Supremo N” 014-98- MTC,,e PPresidente de la COFOPRI suscribió un convenio especial de formalización de propiedad entre la Southern Perú Limited, Sucursal Pertí y la Comisión de Formaliza- ción de la Propiedad Informal COFOPRI, con el objeto de formalizar la propiedad de las viviendas del cam amento minero denominado Pueblo Nuevo, ubicado en eP.distrito de Pacocha, provincia de 110, departamento de Moque- gua; Que, en atención a la celebración del convenio precitado y a la renuncia por parte de la Southern Perú Limited, Sucursal Perú de los terrenos sobre los cuales recaía la concesión minera y sobre los que se han edificado viviendas