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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (13/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

i’&. 165732 cl- c’[M;lkWW:lI~ Lima, viernes 1.3 de noviembn: de 1998 1. Actualización del nadrón de usuarios de la EPS. de acuerdo a la tabla de clasificación de usuarios aprobada’por la SUNASS. 2. Aplicación de la tabla de clasificación de usuarios del servicio, para efectos de la facturación. 1.02 La eliminación de las subcategorías y nrveles de clasificación de usuarios referidos al diámetro de la conexion u otras consideraciones. Dicha eliminación se efectuara en dos etapas: 1. Disminución del número de niveles de clabuicación basados en el diámetro de la conexión u otras conslderaclo- nes; Y, 2. Eliminación de las subcategorías y niveles de clasifka- ción por diámetros u otras consideraciones, quedando vigen- te ~610 la clasificación por categorías establectda en la tabla de clasificación de usuarios del servicio. 1.03 La eliminación del sistema de “Consumos Mínimos” y/o “Asignaciones Mínimas”, que se aplica a rìquellos usua- rios que tienen medidor operativo. Dxcha eliminación ;ìe realizará en dos etapas: l.Disminución de los consumos mínimos y/o asignaciones mínimas en por lo menos 20%. 2. Eliminación definitiva del sistema de consumos mmi- mos ylo asignaciones mínimas; para facturar por ei sistema de diferencia de lecturas, con la aplicación da+ una pension básica. 1.04 El establecimiento de una nueva estructura tarlfa- ria, en la que sólo exista la diferenciación de tarlfas por categoría de usuario, como punto de inicio del proceso de convergencia tarifaria hacia la unificación de preces. El establecimiento de esta nueva estructura se desarro- llará hasta en tres etapas: 1. Conversión de las actuales tarifas por consumo mínimo y por exceso de cada subcategoría, en tarifas por rangos de consumo; 2. Simplificación de la estructura tarifaria. miento de sólo cinco categorías de usuarios.conreconocl- 3. Unificación de los precios a nivel de cada categoría de usuario, con excepción de la categoría doméstica que podrá tener hasta cuatro rangos de consumo, con igual número de precios. 2. El Programa de Reordenamiento Tarifano podrá ser aplicado por las EPS hasta en tres etapas. DISPOSICIONES ESPECIFICAS l.- PRIMERA ETAPA DEL PROGRAMA DE REOR- DENAMIENTO TARIFARJO 1.01 En la Primera Etapa del Programa de Reordena- miento Tarifario, se aplicarán las siguientes disposiciones: A. DISMINUCION DE LOS NIVELES DE CLASIFI- CACION DE USUARIOS BASADOS EN EL DIAME- TRO DE LA CONEXION U OTRAS CONSIDERACIO- NES 1.02 S610 se mantendrá para cada localidad, un máximo de dos niveles de clasificación dentro de cada subcategoría de usuario. 1.03 En aplicación de lo anterior, todos los usuarios pertenecientes a los diferentes niveles de clasificación por diámetros u otras consideraciones, dentro de una misma subcategoría de usuarios, deberán ser reclasificados por la EPS dentro de los dos niveles de claslficaaón de menor consumo imputado. Al efectuar dicha reclasificación, los usuarIos pertene- cientes al primer nivel de clasificación, se mantandran en ese nivel, mientras que todos los restantes se reagrupar an en el segundo nivel, tal como se muestra a continuación Situación Actual: + DomBstico7l Comercial, 0 Com (2530, otros) IL + Industtial, + EstatalSituación luego del cambio: 1 Categorías Subcategorías Nivel + Social, * Social (10, 15, otros) e A, B (B = B, C, D, E ,F, G) + Doméstico l Dom. (20,30, otros) + A, B (B = 8, C, D, E ,F, G) l Comercial, 0 Com. ( 25, 30, otros) + A, B (B = B, C, D, E ,F, G) + Industrial, l Ind. (50, 1 OO, otros) c+ A, B (B = B, C, D, E ,F, G) + Estatal l Estatal (30,50, otros) <- A, B (B = B, C, D, E ,F, G) Donde las letras, representan diámetros de conexión u otras consideraciones 1.04 La nueva clasificación se aplicará a las asignaciones de consumo, consumos mínimos y niveles tarifarios existen- tes. B. DISMINUCION DE LOS CONSUMOS MINIMOS Y/O ASIGNACIONES MINIMAS 1.05 Se reducirán en por lo menos 20% los Consumos Mínimos ylo Asignaciones Mínimas que se han venido apli- cando a sus usuarios. 1.06 La reducción dispuesta se aplicará a los volúmenes asignados a aquellos usuarios que cuentan con medidor operativo, cualesquiera sea la denominación que hubiera adoptado la EPS (Consumo Mínimo, Asignación Mínima u otra). 1.07 Una vez efectuada la reducción de los volúmenes asignados, éstos adoptarán como única denominación, la de %onsumos mínimosn. C. ADECUACION DE LA ESTRUCTUBJ~ TARIFA- RIA 1.08 La actual diferenciacion de tarifas por Consumo Mínimo y por Exceso, en cada nivel de clasificación, queda sin efecto. En su reemplazo se establecerán tarifas por rangos de consumo, correspondiendo al primer rango de consumo la anterior tarifa por consumo mínimo, y al segundo rango de consumo, la anterior tarifa por exceso. El primer rango de consumo, quedará definido entre cero y el volumen hasta el cual se aplicaba la tarifa por consumo mínimo que estaba vigente al momento de publicarse la presente directiva; mientras que el segundo rango de consu- mo quedará definido a partir de los volúmenes a los cuales se aplicaba las tarifas por exceso. 1.09 La estructura tarifaria que aplicarán las EPS consi- derará la clasificación de usuarios señalada en el punto 1.03 de las Disposiciones Específicas de la presente directiva, que muestra la situación luego del cambio. D. APLICACION DE ASIGNACIONES DE CONSU- MO 1.10 En el caso de aquellos usuarios cuyas conexiones no cuenten con medidor, se les aplicará las asignaciones de consumo que permanecían vigentes antes de emitirse la presente directiva, en los niveles de clasificación de usuarios por diámetro de conexión que continúan vigen- tes. E. ACTUALIZACION DEL PADRON DE USUARIOS PARA LAAPLICACION DE UNA NUEVA CLASIFICA- CION DE USUARIOS 1. ll Las EPS realizarán en esta etapa una actualización de su padrón de usuarios, a efectos de clasificarlos de acuerdo a lo que establezca la SUNASS. 2.- SEGUNDA ETAPA DEL PROGRAMA DE REOR- DENAMIENTO TARIFAR10 2.01 En la Segunda Etapa del Programa de Reordena- miento tarifarin, se aplicarán las siguientes disposiciones: A. APLICACION DE LA TABLA DE CLASIFICA- CION DE USUARIOS 2.02 Sobre la base de la actualización del padrón de usuarios, desarrollado en la primera etapa del Programa de Reordenamiento Tarifario, las EPS aplicarán, a partir del inicio de la segunda etapa, la Tabla de Clasificación de ‘Lisuarios del Servicio de Agua Potable y Akantarillado que establezca la SUNASS.