Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 1998 (13/11/1998)


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B. ELIMINACION DEI SUB-CATEGORIAS BASADAS EN EL DL4METRO DE LA CONEXION 2.03 Se eliminaran toda,3 las subcategorias de clasificacion de usuarios y solo se consideraran las clases y categorias que se muestran a continuacion: womedio de cada grupo de usuarios, en cada una de las ocalidades atendidas. Para la MORDAZA de los informes, la SUNASS propor,ionara los formatos respectivos y MORDAZA instrucciones del caso. La SUNASS podra solicitar informacion adicional que le termita ampliar el analisis de dichos informes. 02. La SUNASS aprobara la nueva estructura tarifaria y wocedera a emitir y publicar la correspondiente resolucion. La publicacion sera en el Diario Oficial el Peruano y en ,l diario de mayor circulacion en el ambito de la EPS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 01. La EPS SEDAPAL, aplicara la Tabla de Clasificacion le Usuarios del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado a nas tardar a partir de su facturacion del mes de MORDAZA de 1999. 02. En los casos en que lo dispuesto en la presente lirectiva no estuviera ajustado a la situacion especifica de ma EPS, la SUNASS podra definir para esta un tratamiento le excepcion, a fin de que por esa via se alcancen los objetivos le1 MORDAZA de Reordenamiento Tarifario. 03. Las EPS que hayan eliminado por completo el sistema le Consumos Minimos podran aplicar el cobro de una pension basica, cuya determinacion y aplicacion debera efec.uarse siguiendo los procedimientos que establezca la WNASS. 04. La SUNASS fiscalizara la correcta aplicacion de la ,,resente directiva, y de encontrar situaciones que lo amerite, dictara las medidas correctivas a que hubiere lugar. 05. En el caso que la aplicacion de la presente directiva Implique la necesidad de un ajuste compensatorio en las Larifas, la EPS podra solicitar a la SUNASS la autorizacion para efectuar dicho ajuste en el MORDAZA de sus propuestas anuales de reajuste tarifario, para lo cual presentaran , lo siguiente:

0 No Residencial -.-

+ Domestico

C. ELIMINACION DE LOS CONSUMOS MINLMOS Y/O ASIGNACIONES MINIMAS 2.04 La facturacion a los usuarios cuya conexion wenta con medidor operativo se (efectuara sobre la base de los consumos registrados por dicho instrumento, quedando en consecuencia sin efecto el sistema de consumos minimos. D. MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA TARIFARLA 2.05 La estructura tarifaria de las EPS solo considerara dos rangos de consumo por cada categoria de usuario y un precio por cada rango, a excepcion del sector domestico que podra tener hasta cuatro rangos de consumo, con un precio para cada rango. 2.06 La estructura tarifaria que aplicaran las EPb considerara la clasificacion de usuarios senalada en el punto 2.03 de las disposiciones especificas de la presente directiva. E. ASIGNACION DE CONSUMOS 2.07 A los usuarios de la clase residencial, cuyas conexiones no cuenten con medidor, se continuara aplicando las asignaciones de consumo, definidas en la primera etapa. En el caso de usuarios no-residenciales que igualmente no tienen medidor, solo se podra imputar a estos asignaciones de consumo cuyo volumen nN exceda los consumos asignados a la categoria domestica. 3.- TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE REORDENAMIENTO TARIFAR10 3.01 En la Tercera Etapa del Programa de Reordenamiento tarifario se aplicaran las siguientes disposiciones: A. NUEVA ESTRUCTURA TARIFARIA 3.02 La nueva estructura tarifaria de las EPS considerara la eliminacion de los rangos de consumo y solo tendra un precio por cada categoria de usuario. Se exceptua el sector domestic?, que podra tener hasta cuatro rangos de consumo y un preso para cada rango. B. ASIGNACION DE CONSUMOS 3.03 Las EPS aphcaran en esta etapa, en el caso de aquellos usuarios cuya conexion no cuenta con medidor, un sistema de Asignaciones de Consumo basado en las Ijirectivas que emitira la SUNASS. PROCEDIMIENTOS PARA LA APROBACION DE LAs ESTRUCTURAS TARIF^RIAS DENTRO DEL !WARWARO~Iu"o" PROGRAMA Dh REORDENAMIENTO 01. Para la aplicacion de las disposiciones contemdas en la presente Directiva, y dentro de los plazos senalados en el AnexoN"Ol,lasEPSpresentarana laSUNAS. su propuesta de estructura tarifaria de cada una de las etapas del Programa de Reordenamiento Tarifario, acompanada de un Informe sobre los efectos de la aplicacion de dicha estructura en los volumenes e ingresos facturados. Los informes tendran el caracter de Declaracion Jurada, se basaran en simulaciones con la Base de Datos que la EPS utiliza en su MORDAZA de facturacion, y contendran la siguiente informacion: a) Detalle de la facturacion de la EPS en cada localidad, bajo el sistema vigente; b) Detalle de la facturacion, a nivel de cada locahdad, si se aplicara lo senalado en la presente directiva; c) Analisis de los efecto!; de la aplicacion de la Directiva en los ingresos facturados de la empresa, y en el pago
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a) Propuesta de los ajustes de tarifas que se requeririan realizar en cada localidad para evitar la disminucion de los mgresos de la EPS. b) Analisis del efecto combinado de la aplicacion de la Directiva y de los correspondientes reajustes de tarifas, en el pago de los usuarios del servicio, agrupados segun MORDAZA de usuario y magnitud del impacto. Para la MORDAZA de las propuestas, la SUNASS proporcionara los formatos respectivos y MORDAZA las instrucciones del caso.
ANEXO Np 01 PLAZOS MAXIMOS PARA LA IMPLEMENTACION DEL REORDENAMIENTO TARIFAR10 DE LAS EPS - PERIODO 1999 - 2001 yLyfzg7 Presentaaon Informe de R.T. 29/1/1999 `Aplicacion en Facturacion Me@1999 Enero/2000 EnerokOOl 13148

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIOM Y ESTADO CIVIL
Disponen remitir a fiscal ad hoc documento presentado en programa televisivo sobre presuntas libretas electorales manuales fraudulentas
RESOLUCION JEFATURAL N" 124-98vJEF/RENIEC MORDAZA, 10 de noviembre de 1998

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