Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 1998 (29/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre dc 1998

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MUNICLPALIDAD DE MORDAZA ROSJi
Otorgan beneficio de regularizacion para el pago de diversos tributos en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA N" OB-BS-MDSR MORDAZA MORDAZA, 26 de noviembre de 1998 LAALCALDESADELAMLJNICIPALIDADDISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA, de conformidad con el inciso 2) del Art. 47" de la Ley Organica de Municipalidades N"
23853.

Articulo Tercero.- Suspender los procedimientos de cobranza coactiva a las personas que se acogerian al Programa de Beneficio de Regularizacion. Articulo Cuarto.- El plazo de este beneficio no excedera el 29 de diciembre del presente ano. Articulo Quinto.- Encargara la Oficina de Direccion Municipal, Rentas y Secretaria General, el cumplimiento de la presente ordenanza en cuanto les corresponde. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Alcaldesa

POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA Rosa; en Sesion Ordinaria de fecha 25 de noviembre de 1998 mediante Acuerdo de Concejo N" 25-9%MDSR, aprobo por mayoria el Informe No 173-98-MDSR-AR-F de fecha 18 de noviembre de 1998; presentado por el area de rentas sobre aprobacion del Programa del Beneficio de Regularizacion Tributaria en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA para el pago de diversos tributos, multas, en cumplimiento del Acuerdo del Concejo. Que habiendose dado las Ordenanzas N"s. 001-98MDSR, 003-98,005-98 se concedio el Beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes, se ha determinado que han sido insuficientes para satisfacer el requerimiento de la mayoria de esta comuna. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitucion Politica del Per& se le reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Art. 41" del Codigo Tributario - D. Ley N" 816 establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada con otra MORDAZA expresa con rango de ley, excepcionalmente las Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran. Que conforme a la opinion tecnica del area de rentas y el informe senalado satisface el requerimiento de ungran sector mayoritario de usuarios de este distrito, y siendo politica de la presente administracion municipal brindar facilidades a sus contribuyentes a efectos de cumplir con sus obligaciones. Estando a lo expuesto con la opinion de la Oficina de Asesoria Legal mediante Informe N" 63-98-MDSR-AL, Informe N" 173-98-MDSR-AR, Area de Rentas y Fiscalizacion de conformidad con el Art. 47" inciso 2,3,109 y 110 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, D. Ley N" 816 - Codigo Tributario y D. Ley PI'" 776 - Ley de Tributacion Municipal. SE RESU EL VE: Articulo Primero.- Otorgar el Beneficio de Regularizacion (Amnistia) en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios, Limpieza Publica, Parques y Jardines, Tasas de Licencia de Funcionamiento, Multas Tributarias y Multas Administrativas, correspondientes a los Ejercicios 1992, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 (primer, MORDAZA y tercer trimestre). El contribuyente que se acoja al presente beneficio no estara exento de cumplir con la obligacion formal de la MORDAZA de las declaraciones juradas respectivas. Articulo Segundo.- El presente beneficio de regularizacion condona asi mismo el 70% de las multas tributarias por la no MORDAZA de la declaracion jurada y/o por subvaluaciones que el contribuyente en forma voluntaria rectifique ante la Oficina de Rentas.
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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
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Establecen monto de multa por incumplimiento de retiro de propaganda electoral
ORDENANZA MUNICIPAL w 015.BS-MVEX MORDAZA El MORDAZA, 9 de noviembre de 1998 POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA, en sesion de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Administracion Tributaria ha presentado el Informe N" 076-98-MVES-OAT de fecha 611-98, relacionado ala Ley Organica de Elecciones Municipales N" 26864, en cuyo Art. 193", senala que "Concluidos los Comicios Electorales, todos los Partidos Politicos, Listas Independientes y Alianzas en un lapso de sesenta dias, procederan a retirar o borrar su propaganda electoral, En caso contrario se hacen acreedores ala multa que establezcan las autoridades correspondientes"; Que, la imposicion, aplicacion o ejecucion de las multas y sanciones por infracciones de las normas tributarias, es competencia de la Municipalidad en lo que le concierne, estando facultada para establecer las regulaciones que precisen los procedimientos y categorias que facilitan su administracion; Que, estando a lo acordado y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47" -inciso 21, de Ia Ley Organica de Municipalidades W 23853 y con el MORDAZA legal de los senores Regidores, la sesion de Concejo, expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijar en 1 UIT cS/. 2,600 Nuevos Soles) la multa para aquellos que al vencimiento de los 60 (sesenta) dias del plazo; segiin la Ley Organica de Elecciones Municipales N" 26859, Art. 193", no han procedido a retirar o borra su propaganda electoral. Articulo Segundo.- Las Direcciones de Servicios Publicos y Administracion Tributaria, quedan encargadas del cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA AZCUETA GOROSTIZA MORDAZA 13896

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