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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Lima, domingo 20 de noviembre de 1098 el- Pág. 166693 generado y descartado, teniendo un máximo de 10 t/h de aprovechamiento de pescado residual; Que mediante el escrito del visto CONSERVERA BONANZA S.A. solicita se le otorgue autorización para la instalación de una planta de enlatado de productos hidro- biológicos y una planta de harina de pescado residual con carácter accesorio a su actividad de enlatado, a ubicarse en el lote l-10, Mza. “G”, lotización Primera Etapa, parce- laN”Ol,ZonaIndustrialGranTrapecio,distritodeChim- bote, provincia de Santa, departamento de Ancash. Que la Dirección del Medio Ambiente con Oficio W 782-98-PEDIREMAde 16 deoctubre de 1998! manifiesta que ha recaído calificación favorable al Estudio de Impac- to Ambiental presentado por la recurrente; Estando alo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe W 188-98-PE/DNPP-Dn de 20 de octubre de 1998, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos del Procedimiento W 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo W OOl-98-PE; y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica De conformidad con los Artículos 43”, hteral b), nume- ral 4,44” y 46” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca; los Artículos 55”, 57” y 60” de su reglamento, modificado por Decreto Supremo N” 09-94-PE; las Resolu- ciones Ministeriales NS. 322-95-PE y 039-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N” OlO-97-PE;Otorgan autorización a empresa para instalar plantas de enlatado y congela- do y de harina de pescado residual RESOLUCION DIRECTORAL No 213~SS-PEIDNPP Lima, 26 de noviembre de 1998 Visto el escrito con Registro W CE-03001 de fecha 6 de enero de 1998, presentado por la empresa ITALIA PACI- FICO S.R.Ltda. CONSIDERANDO: SE RESUELVE:Que por Resolución Directoral N” 078-98-PE/DNPPde 6 de mayo de 1998, se aprueba el Cambio de Nombre del Titular de la Licencia de Operación otorgada a ITALIA ABRUZZO S.R.Ltda, mediante Resolución Ministerial N” 123-95PE, a favor de ITALIA PACIFICO S.R.Ltda., para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos, a través de su planta de curado (anchoa- do) con la capacidad instalada de 10 times en su estable- cimiento industrial pesquero, ubicado en la Av. Simón Bolívar N” 128, sector Cruz Verde, distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica; deján- dose sin efecto la titularidad de la licencia de operación otorgada a ITALIA ABRUZZO S.R.Ltda., mediante Reso- lución Ministerial N” 123-95-PE de 20 de marzo de 1995; Artículo l”.- Otorgar a CONSERVERA BONANZA S.A. autorización para la instalación de una planta de enlatado de productos hidrobiológicos para consumo hu- mano directo y una planta de harina residual de carácter accesorio a su planta de enlatado y de uso exclusivo para el procesamiento de residuos de pescado y especies des- echadas provenientes de su actividad principal, a ubicar- se en el lote l-10, Mza. “G”, lotización Primera Etapa, parcela N” 01, Zona Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, con las siguientes capacidades proyectadas:Que el inciso d) del Artículo 59” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, establece que la operación de establecimientos industriales y de las plantas de procesamiento pesquero deberán evitar la contaminación ambiental implemen- tando sistemas de tratamiento de residuos y desechos provenientes de su actividad productiva; Enlatado Harina de pescado residual5.000 cajasitumo 9 Vh de procesamiento de residuos depescadoyespeciesdesechadasQue mediante Resolución Ministerial N” 039-98PE de 29 de enero de 1998, se establece las normas para el funcionamiento de las plantas de harina de pescado resi- dual; las cuales tienen por objeto someter a un proceso gradual de transformación de dicho pescado residual a fin de contribuir con el aprovechamiento integral y racional de los recursos hidrobiológicos destinados alas actividades de enlatado, congelado y curado, complementando la función del sistema de tratamiento de residuos y desechos; Artículo PP’.- CONSERVERA BONANZA S.A., debe- ráinstalar y equipar su establecimiento industrial pesque- ro con sujeción alas normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesque- ra. Asimismo deberá contar con un sistema de control de proceso que garantice la óptima calidad de su producto final, así como deberá cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorable por la Dirección del Medio Ambiente, mediante Oficio N” 782-98-PE/DI- REMA de fecha 16 de octubre de 1998. Artículo 3”.- Otorgar el plazo de un (1) año contado a partir de la fecha de expedida la presente resolución, prorrogable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalación de su establecimiento indus- trial. Previo al inicio de su actividad productiva, solicitará la inspección técnica correspondiente para la determina- ción de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación.Que mediante el escrito del visto la empresa ITALIA PACIFICO S.R.Ltda. solicita se le otorgue autorización para la ampliación de las actividades de procesamiento pesquero en su establecimiento industrial para que insta- le una planta de enlatado, y de congelado de productos hidrobiológicos, así como una planta de harina de pescado residual, para el procesamiento de los residuos de pescado generados por sus actividades principales; Que la Dirección del Medio Ambiente, mediante Oficio N” 746-98-PEDIREMA de 30 de setiembre de 1998, ma- nifiesta que ha recaído calificación favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recu- rrente; Estando a lo informado por la Dirección de Control de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, a tra- vés de su Informe N” 127-98-PEIDNPP-Dc de 9 de octubre de 1998, que sustenta la procedencia técnica de lo solici- tado y que señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos por el Procedimiento 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo N” 001-98- PE; y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Artículo 4”.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2” y 3” serán causales de caducidad del derecho otorgado. Artículo 5”.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección Regional de Pesquería Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese.De conformidad con los Artículos 43” inciso bj numeral 4, 44” y 46” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca; los Artículos 55”, 57” y 60” de su reglamento apro- bado por Decreto Supremo N’ Ol-94-PE, modificados por Decreto Supremo N” 09-94-PE, las Resoluciones Ministe- riales Ns. 322-95-PE y 039.98-PE; y? En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N” OlO-97-PE; SE RESUELVE: LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (el 13901Artículo lo.- Otorgar a la empresa ITALIA PACIFI- CO S.R.Ltda., autorización para la instalación de una planta de enlatado, y de congelado de productos hidro-