Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 1998 (29/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre de 1998

MUNICZPALIDAD DE

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en Sesion Extraordinaria del 2 de MORDAZA de 1998; CONSIDERANDO: Que, es uno de los objetivos prioritarios de la actual gestion municipal, la conservacion de nuestras avenidas principales siendo necesario establecer normas que permitan un eficiente ordenamiento de rutas dispuestas para el servicio de transporte pesado dentro de nuestra jurisdiccion, con el objeto de regular el curso y control de los servicios de las vias que lo conforman; Que, la Oficina de Asesoria del Plan Regulador de Rutas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se encuentra abocado al estudio de la capacidad de las vias comprendidas enlas rutas autorizadas para la prestacion del servicio de transporte MORDAZA y pesado ylo alto tonelaje, asi como a la actualizacion y formulacion de los parametros tecnicos de dichas rutas y mediante Informe N" 71697-MML:DGTE-APR del 15-12-97, recomienda la necesidad de una nueva distribucion de rutas en los distritos del Area Central del Plan Regulador, hacia otros casos 0 areas geograficas existentes; Que, es funcion de las municipalidades de acuerdo con su propia Ley Organica, el de regular y mantener los sistemas de senales y semaforos asi como regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, siendo el MORDAZA pesado y/o de alto tonelaje una de las causas principales del deterioro de nuestras pistas y principalmente la de la Av. MORDAZA MORDAZA, ademas de ocasionar MORDAZA congestionamientos de MORDAZA vehicular, imposibilitando la fluidez de vehiculos menores, que es una de las causas de continuos accidentes de MORDAZA que han ocasionado muertes principalmente de nuestros ninos, ha visto por conveniente esta Comuna dictar normas que prohrban esta circulacion de MORDAZA pesado por dicha arteria; Por tanto, estando alo expuesto y en concordancia con lo dispuesto por el Articulo 69" de la Ley W 23853 Organica de Municipalidades, votacion unanime, el Concejo aprueba la presente ordenanza, denominada: PROHIBICION DE CIR.4WLACION DE TRANSIM PESADO Y/O DE ALTO TONELAJE DE LAS PRINCIPALES AVENIDAS DEL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo lo.- Prohibir la circulacion de vehiculos de alto tonelaje por la Av. MORDAZA MORDAZA, jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, en toda su extension, asi como de vehiculos de transporte publico que no se halle debidamente autorizado por la autoridad correspondiente. Articulo 2".- Ordenar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta municipalidad proceda a la colocacion de los avisos respectivos, y la senalizacion debida, debiendo ubicarlas en las entradas principales de dicha Av. MORDAZA MORDAZA (entrada 1" cuadra, salida cuadra 18). Articulo 3".- Pongase de conocimiento con la presente ordenanza a la Delegacion de la Policia Nacional del Peru de nuestra jurisdiccion, a efecto del apoyo que permita el cumplimiento de la presente disposicion. Articulo 4".- Transcribir el contenido de la presente ordenanza ala Secretaria Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para los fines consiguientes. Articulo 5".- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Mando se registre, publique y cumpla MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 13900

BRENA
Autorizan a comerciantes la ampliacion temporal de giros de venta por campanas navidena y de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA W OlO-9%MDB Brena, 12 de noviembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, ante el advenimiento de las celebraciones de las MORDAZA Navidenas, asi como tambien el inicio de la MORDAZA de MORDAZA, razon por la cual los comerciantes amplian temporalmente sus giros a la comercializacion de articulos conforme a la temporada; Que, atendiendo a esta realidad socioeconomica se hace necesario dictar la MORDAZA que regule la autorizacion temporal; Estando al merito de lo expuesto, con la visacion de la Direccion Municipal, Oficina de Asuntos Juridicos y Oficina de Rentas; y, De conformidad con las facultades que comiere al MORDAZA el Art. 47" Inc. 6), de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR que por MORDAZA de MORDAZA Navidenas los comerciantes formalmente establecidos podran ampliar temporalmente su giro ala venta de articulos navidenos, tales como: regalos, juguetes, champagne, panetones, etc. y por MORDAZA de MORDAZA podran ampliar temporalmente su giro a la venta de helados, tremoladas, raspadillas, etc. Articulo Segundo.- DISPONER que el pago por cada Autorizacion Temporal es conforme al TUPA-98: S/. 30.00 S/. 15.00 Derecho Administrativo. Credencial y!o Autorizacion,

Articulo Tercero.- PRECISAR que la MORDAZA de MORDAZA Navidenas esta comprendida desde el 15 de noviembre de 1998 hasta el 15 de enero de 1999 y la MORDAZA de MORDAZA del 15 de enero de 1999 al 15 de marzo de 1999. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y Direccion de Seguridad Ciudadana el fiel cumplimiento del presente decreto y, a la Unidad de imagen Institucional su difusion y/o publicacion, Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase, MORDAZA MORDAZA BWCAS MORDAZA 13893

MUMICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Prohiben circulacion de vehiculos de alto tonelaje por avenida principal del distrito
ORDENANZA N" 02%A-9%SEGE-07-MDEA El MORDAZA, 3 de MORDAZA de 1998

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