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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág.166700 t1-D Lima, domingo 29 de noviembre dc 1998 Autorizan viaje de funcionario de PE- En la página 166047, ítem 606, requisitos, TROPERU S.A. a Argentina para partici- DICE: par en evento sobre confiabilidad de refinerías y plantas petroquímicas- Solicitud. - Contrato y documentación sustentatoria, cuando corresponda. RESOLUCION SUPREMA W 123-9%EM Lima, 28 de noviembre de 1998 Visto el Olicio N” RHU-CA-103-98, de fecha 20 de noviembre de 1998, del Presidente del Directorio de la empresa Petróleos del Pel-ú - PETROPERU S.A., solici- tando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 1998, se llevará a cabo en la ciudad de La Plata, Argentina el Simposio Internacional sobre Confiabilidad de Refinedas y Plantas Petroquímicas, organizado por la Compañía YPF S.A.; Que, PETROPERU S.A., mediante Acuerdo de Direc- torio W D/O98-98 aprobado en su Sesión de Directorio N 21-1998, de fecha 18 de noviembre de 1998, acordó auto- rizar el viaje del señor Alan Flores Cisneros, Jefe del Departamento Mantenimiento de la Gerencia Operacio- nes Talara, a la ciudad de La Plata, Argentina, del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 1998, para que participe en el simposio precitado; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por la Directiva N 009-96-OIOE, aprobada por Resolución Ministerial N” 165-96-EF/15 prorrogada por el Artículo 3” de la Resolu- ción Ministerial W 065-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del señor Alan Flores Cisneros, Jefe del Departamento Mantenimiento de la Gerencia Operaciones Talara de PETROPERU S.A., a la ciudad de La Plata, Argentina, del 29 de noviembre al 5 de diciembre de 1998, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a US$ 1,637.OO (Mil Seiscientos Treintisiete y OO/100 Dólares America- nos) serán cubiertos por PETROPERU S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 412.00 Viáticos (US$200.00 x 6 días) Tarifa CORPACUS$ 1,200.OO US$ 25.00 ______-----_ TOTAL us$ 1,637.OO Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 13998 FE DE ERRATAS RESOLUCION MIMSTERIAL IV 570-9%EIWSG Por Oficio N” 331-98-EM-SG/ORP, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N” 570-9%EMSG, publicada en nuestra edición del día 22 de noviembre de 1998, en la página 166044.- Para el literal B, además, deberá presentarse la inscripción del contrato en el R.P.H., adicionalmente deberá acreditarse el estricto cumplimiento del Artículo 56” del reglamento aprobado por el D.S. N” 046-93-EM. - Comprobante de Pago. DEBE DECIR: - Solicitud. - Contrato y documentación sustentatoria, cuando corresponda. - Para el literal B, ademas, deberá presentarse la inscripción del contrato en el R.P.H., y la respectiva acta de terminación. Adicionalmente deberá acreditarse el estricto cumplimiento del Art. 56” del Reglamento apro- bado por D.S. N” 046-93-EM. - Comprobante de Pago. 13885 COMISIUN EJECUTIV.i$ DEL MINISTERK3 PUEcLICX3 Autorizan a fiscal para formular de nuncia penal contra magistrado de sala penal corporativa para procesos ordi- narios con reos en cárcel RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 763-9%MP-CEMP Lima, 28 de noviembre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N” 1027-9%MP-F.SUPR.C.1. de fecha 28 de noviembre de 1998 cursado por el doctor Romeo Edgardo Vargas Romero, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, remitiendo el Informe N” 024-98-CC-MP-F.SUPR.C.1. de fecha 27 de noviembre de 1998 emitido por el doctor Pedro Miguel Angula Arana, Fiscal Superior Titular, Presidente de la Comisión Opera- tiva Móvil “C” de la Fiscalía Suprema de Control Interno, el mismo que hace suyo conforme a lo previsto en el numeral 49 inciso 5) de la Resolución W 337-98-MP- CEMP,modificadoporlaResoluciónN“726-98-MP-CEMP, en todos sus términos y que se encuentra relacionado con el Operativo efectuado coordinadamente por su Despa- cho con la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra el doctor Pablo Abraham Rojas Zuloeta, Vocal Superior de la Segunda Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, solicitando que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso E) de la Tercera Disposición, Transitoria, Complementaria y Fi- nal de la Ley W 26623 se declare fundada la investigación seguida contra el doctor Pablo Abraham Rojas Zuloeta, por el delito de Tráfico de Influencias, tipificado en el Artículo 400” del Código Penal y se decida el ejercicio de la acción penal en su contra. Del Informe W 024-98-CC-MP-F.SUPR.C.1. de fecha 27 de noviembre de 1998, de la Fiscalía Suprema de Control Interno se desprende que el 27 de noviembre de 1998, se realizó un operativo conjunto entre la Fiscalía Suprema de Control Interno y la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial con la finalidad de detec- tar in situ la presunta comisión del delito de Tráfico de Influencias por parte del doctor Pablo Abraham Rojas