Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 1998 (19/09/1998)


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3.2 La emision de dichos instrumentos se puede realizar en forma individual o mediante oferta publica o privada, sujetandose en los dos ultimos casos al Articulo 232" de la Ley General, las disposiciones expedidas por esta Superintendencia y aquellas establecidas por la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). 3.3 Los certificados de deposito negociables podran ser representados en anotaciones en cuenta de acuerdo a las disposiciones de la materia. 4. CERTIFICADO DE DEPOSITO NO NJZGOCIABLES 4.1. Los certificados de deposito no negociables son emitidos en forma individual y no pueden ser transferidos por sus titulares bajo ninguna modalidad. 4.2. Los certificados pueden ser afectados como garantia de obligaciones a favor de la empresa emisora u otras empresas del sistema financiero. 10681

l,ima, sabado 19 de setiembre de 1998

Articulo 2".- Solicitar a la Fiscalia de la Nacion, la designacion de un Fiscal, que se avoque a las investigaciones del hecho a que se contrae la presente resolucion. Articulo 3".- Disponer ue la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de 18, entlficaclon y Estado Civil, en coordinacion con la Gerencia de Informatica, a partir de la fecha, registre en el Archivo Nacional de Identificacion, toda Libreta Electoral manual o mecanizada y Documento Nacional de Identidad, detectado como expedido fraudulentamente; anotacion, que debe visualizarse en las paginas Web - Consultas en Linea via Internet, para decomiso por los funcionarios y entidades usuarias, ante quienes se les exhibe para identificarse el falsificador o suplantador; y su ulterior denuncia penal. Articulo 4".- Expresar al Programa periodistico "Enlace Global", que dirige el periodista, Sr. MORDAZA Hildebrandt, el reconocimiento institucional, por coadyuvar al conocimiento de estas practicas delincuenciales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VALDlVL4 Jefe Nacional

Autorizan a Procurador iniciar proce- impugnaciones contra resoluciones so judicial contra presunto responsa- que sancionaron con cese temporal y ble de comision de delito destitucion a servidores y ex servidores del INPE RESOLUCION JEFATURAL
IV 086-98-RENIEC MORDAZA, 18 de setiembre de 1998 Visto el video del Programa "Enlace Global", propalado el dia 17 de setiembre de 1998, difundiendo los resultados de la investigacion periodistica, sobre la ilegal expedicion de una Libreta Electoral manual; CONSIDERANDO: Que, el Programa Enlace Global que dirige el periodista, Sr. MORDAZA Hildebrandt, ha presentado la investigacion periodistica, en la que se ha detectado que una persona que responde al nombre de "Rolando", ofrecio gestionar la expedicion de una Libreta Electoral manual; exhibiendose luego, como producto de esta ilicita gestion, la Libreta Electoral manual N" 10274636 en formato de du p. _' con N" de litado Libro de Mesa 051374 correspondiente a dlstnto de MORDAZA, puestos a manuscrito; Que, de acuerdo a la informacion del Archivo Unico de Identificacion, el titular de la inscripcion a que se refiere la indicada Libreta Electoral, ala fecha, es una ciudadana que domicilia en el distrito de Surco; Que, si bien es MORDAZA tanto la Libreta Electoral manual como la Libreta Electoral mecanizada, ya no las expide el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, por haber caducado su expedicion: sin embargo, este grave hecho, por su naturaleza, constituye un acto delictivo que atenta contra la fe publica; Que, en tal virtud, se hace necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, interponga denuncia penal contra el ciudadano ue responde al nombre de MORDAZA, y que aparece en 4 Imagenes de las as investigaciones efectuadas por el referido medio periodistico; sin perjuicio de adoptar las acciones administrativas que el caso exige; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N" 26497 $g$ica del Registro Nacional de Identificacion y Estado 1 . SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar al Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga la denuncia penal respectiva contra el ciudadano que responde al nombre de MORDAZA y cuya imagen aparece en el video del referido programa periodistico. RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA W 394-98-INPFYCR-P MORDAZA, 14 de setiembre de 1998 Vistos, los Recursos de Reconsideracion interpuestos por las servidoras MORDAZA DE& MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PATINO, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 288-9% INPE/CR.P, de fecha 7 de agosto de 1998 Dictamen N" 1629%INPE-OGAJ, de fecha 10 de setiemi)re de 1998, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 288-98-INPE/CR.P, de fecha 7 de agosto de 1998, se resuelve imponer sancion disciplinaria de Cese Temporal, por espacio de treinta y cinco (35) dias, a las servidoras MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA asistenta social y MORDAZA MORDAZA PATINO, sicolo a, intemantes del Conseio Tecnico Penitenciario de P Estab`i eci&nto Penal de Senienciados de Mujeres de MORDAZA, al no haber opinado el traslado a otro Establecimiento Penal de la interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien aparece como cabecilla el dia del amotinamiento, pese a haber incurrido en reiterados actos de indisciplina y agresion contra las servidoras del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Mujeres de MORDAZA, resquebrajando el MORDAZA de autoridad, incumpliendo las servidoras el numeral 4) del Articulo 110" del Decreto Legislativo N" 654 "Codigo de Ejecucion Penal"; Contra la precitada resolucion las mencionadas servidoras, han interpuesto Recurso Impugnatorio de Reconsideracion, los cuales por identidad de materia, accion y plazo de interposicion es conveniente acumular; QI+~, las impuyantes alegan en el Recurso de Reconsideraclon, que se es Impone sancion disciplinaria, por el hecho de no haber dejado MORDAZA en el Acta del Consejo Tecnico Penitenciario N" 005-97, de fecha 6 de febrero de 1997, sobre el traslado de la interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA a otro Establecimiento Penal, enmarcando la omision como ne ligencia en sus funciones previsto en el inciso d) del Articu f 28" del Decreto Legislativo N" 276, indican o ademas que los hechos no se enmarcan en el dispositivo que se toma en cuenta para sancionarlas disciplinariamente, puesto que sus participaciones en el acto de calificar la falta de la interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue correcta, al imponerse una sancion que puede considerarse excesiva a

REGISTRO NACIONAL 10679 DE IDENTIFICACIEON INPE Y ESTADO CIVIL Declaran infundadas e improcedente

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