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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (19/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 164158 típti!ttána &lA’A:#hfl:~~~ Lima, sábado 19 de setiembre de 1998 el aparato telefónico a la Oficina de Administración del Penal, para un mayor control de las llamadas, aprovechan- do que la empresa Telefónica del Perú, cortó el servicio por falta de pago en el mes de diciembre de 1996; situación que demuestra que la servidora CLARA VEGA RUIZ, ejerció control sobre la línea telefónica del Penal de SULLANA, informando a los funcionarios de mayor jerarqwa lo que acontecía toda vez que en su condición de administradora, no podía sobrepasar las funciones propias del Director del Penal, el cual estaba bajo cargo de un oficial de la Policía Nacional del Perú; Que, el Artículo 98” del “Texto linico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos”, aprobado mediante Decreto Supremo N” 02-94-JVS, modi- ficado por la Ley N” 26810, establece que el Recurso de Reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó la primera resolución impugnada, debiendo necesa- riamente sustentarse en nueva prueba instrumental, re- quisito que sí cumple el Recurso Impugnativo, presentado por la servidora CLARA VEGA RUIZ; Estando al Dictamen N” 157.9%INPE-OGAJ, de fecha 7 de setiembre de 1998 y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Art. 98” del Decreto Supremo N” 02-94-JIJS “Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos”; Decreto Legislativo X” 276, Decreto Supremo N 00%90-PCM y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N” 077.93..JUS y su modificatoria Resolución Ministerial N” 006.9%JUS, Reglamento de Or- ganización y Funciones del Instituto Nacional Penitencia- rio, Resolución Ministerial N” 235-96.JCS y Ley N” 26814; SE RESUELVE: Artículo l”.- Declarar FUNDADO el Recurso de Recon- sideración Interpuesto por la servidora CLARA VEGA RUIZ contra la Resolución de la Presidencia de la Comisión Reorganizadora N”263-9%INPEiCR-P, de fecha 30 de junio de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Notifíquese la presente resoluclón a tra- vés del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Artículo 3”.- Remitir copia de la presente resolución a las instancias pertinentes para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comisión Reorganizadora 10557 BANCO CENTRAL DE RESERVA Dictan disposiciones referidas a re- portes de tesorería, posición de liqui- dez y tasas de interés CIRCULAR N” 021-9%EF/90 Lima, 17 de setiembre de 1998 Ref.: Reportes de tesorería, posición de liquidez y tasas de interés. A efectos de contar oportunamente con información necesaria para el desarrollo de sus funciones, el Banco Central de Reserva del Perú ha dispuesto que las entidades sujetas a encaje remitan a este Instituto Emisor el Reporte de Tesorería y Posición Diaria de Liquidez (Anexo N” 15-A) y la Posición Mensual de Liquidez (Anexo N” 15-B) estable- cidos por la Superintendencia de Banca y Seguros mediante Resolución SBS N” 622-98. Los mencionados reportes serán entregados a través de medios impresos al Departamento de Encaje de este Banco Central, dentro del plazo establecido en la referida resolu- ción, pudiéndose dirigir la Información al Facsímil N” 427. 3680.La información diaria sobre tasas de interés activas y pasivas en moneda nacional y extranjera (Reporte N” 6), Jue es remitida a este Banco Central en cumplimiento de la zircular N” B-1985-96? F-328-96, CM-168-96, ECC-009-96 ie la Superintendencia de Banca y Seguros, continuará siendo entregada directamente o dirigida al facsímil antes mencionado. Queda sin efecto la Carta Circular N” 022-92-EF/90, siendo sustituida por la presente norma, que rige a partir iel 1 de octubre de 1998. JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 10657 MUNICIPALIDAD DE CHQRRILLOS Conceden amnistía tributaria y benefi- cio de exoneración parcial de multas administrativas ORDENANZA N” 25-9%MDCH Chorrillos, 18 de setiembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: En la sesión ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 191” de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades como órganos de Gobier- no Local gozan de autonomía política, económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Art. 41” del Código Tributario, aproba- do por Decreto Legislativo N” 816, los Municipios excepcio- nalmente pueden condonar con carácter general el interés moratoria y sanciones respecto de los tributos que adminis- tran; Que, es política de la actual gestión municipal conceder beneficios y facilidades a los contribuyentes que se han retrasado en el pago u omitido el cumplimiento de sus obligaciones tribütkas; En &rric?o de las facultades conferidas al Concejo por laLey -~_~~~~¿?&&ica de Municinalidades N” 23853. con el voto unánime de los señores miembros del Concejo ‘Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha expedido la siguiente ORDENANZA: Artículo lo.- CONCEDASE AMNISTIA TRIBUTARIA en la jurisdicción del distrito de Chorrillos hasta el 30 de setiembre de 1998, afinque los contribuyentes de cualquier tributo municipal puedan regularizar sus obligaciones for- males o sustanciales vencidas hasta el 31 de agosto de 1998, sin intereses moratorios ni sanciones, con la sola excepción del factor reajuste. Artículo 2”.- Concédase el beneficio de exoneración del 50% en el monto de las multas administrativas giradas y/o incurridas a la fecha. Artículo 3°CEncárguese a las Oficinas de Rentas, de Administración y Unidad de Relaciones Públicas y Comuni- cación Social efectuar.las acciones necesarias para dar fiel cumplimiento a la presente ordenanza. Artículo 4”.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano el contenido del presente dispositivo para conocimiento general y cumplimiento de los contribuyentes que se en- cuentran en calidad de omisos y/o morosos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla PABLO GUTIERREZ WESELBY Alcalde 10693