NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (19/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 26
P&. 164144 ~(pQtrt(lllo~IW:lI~ Lima, sábado 1 Y de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, la tacha presentada contra el candidato Guillermo Jacinto Chumpitaz Quispe se funda en la existencia de proceso penal abierto en su contra por delito de abuso de autoridad en agravio de la Municipalidad Provincial de Satipo, el que se viene tramitando por ante el Juzgado Mixto de Satipo; Que, en la apelada se invoca el impedimento contenido en el numeral 4) del Artículo 9” de la Ley de Elecciones Municipales, concordado con el Artículo 23” numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, el mismo que señala que no res los Jueden desem eñar los cargos de alcaldes y regido- eudores p 5 or o hgaciones provenientes de contratos o concesiones y os que tengan proceso judicial pendiente con las respectivas municipalidades, así como los que hu- bieran otorgado fianza u otra garantía para asegurar el cumplimiento de alguna obligación en favor de aquellas; debiendo entenderse el contenido de dicha disposición como referida a las obligaciones y acciones procesales de carácter civil, donde se contraponen intereses susceptibles de una valoración patrimonial; y, no así referida a la acción penal cuyo carácter es público y se halla a cargo del Estado; Que, siendo el fundamento de la presente tacha, un proceso penal actualmente en giro, es necesario tener en cuenta el principio de la presunción de inocencia, consagra- do en el inciso e) del numeral 24) del Artículo 2” de la Constitución Política del Estado, la que constituye una de las garantías fundamentales de la persona, válida hasta que no se haya declarado judicialmente su responsabilidad, El Jurado Nacional de Elecciones, administrando justi- cia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Primero.- Revocar la Resolución N” 02 de fecha 8 de setiembre de 1998 del Jurado Electoral Especial de Satipo, que declaró fundada la tacha interpuesta por las ciudadanas Miriam Lucila Villalobos Valencia y Sonia Aguilar Arroyo contra el candidato al cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Satipo diente “Movimiento Indepen ior la Agrupación Indepen- lente Vamos Vecino”, don Guillermo Jacinto Chumpitaz Quispe. Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUNOZ ARCE: HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 16666 Dejan sin efecto nombramiento y de signan miembro del Jurado Electoral Especial de la provincia de Contralmi- rante Villar RESOLUCION W 669-9%JNE Lima, 18 de setiembre de 1998 Vistos el Informe N” 001.9%JEE-CV, la comunicación de fecha 12 de setiembre del presente año y el Oficio N 028-98-JEECV-Z, documentos recibidos respectivamente los días 8, 15 y 17 de setiembre del año en curso, del Presidente del Jurado Electoral Especial de la provincia de Contralmirante Villar, del departamento de Tumbes, ha- ciendo saber que no ha sido posible la ubicación de doña Marlene Tenazoa Panduro, Miembro Titular del referido Jurado ni de doña Melchorita Infante Hidalgo, Primer Miembro Suplente; CONSIDERANDO: Que, en sesión pública de fecha 22 de julio del presente año, el Jurado Nacional de Elecciones realizó el sorteo de miembros titulares y suplentes para conformar el Jurado Electoral Especial de la provincia de Contralmirante Villar para las Elecciones Municipales del 11 de octubre próximo, quedando integrado por doña Diana Pilar Marchan Olaya y doña Marlene Tenazoa Panduro, como Primer y Se Miembros Titulares, respectivamente, y doña Melcru?doonta Infante Hidalgo y Fausto Valladares Olaya, como Primer y Segundo Miembros Suplentes, respectivamente;Que, el Presidente del Jurado Electoral Especial de Contralmirante Villar, ha remitido a este Organo Electoral dos Certificados Policiales de fechas 2 y 17 de setiembre último, en los que se deja constancia de la no ubicación de doña Marlene Tenazoa Panduro ni de doña Melchorita Infante Hidal o; Pdocumentos expedidos por el Mayor PNP Comisario de a Comisaría de la Policía Nacional del Perú en Zorritos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 46” de la Ley Or Hánica de Elecciones N” 26859 se llamará al miembro sup ente, en caso de impedimento del titular; Que, en consecuencia, de acuerdo con el sorteo referido en el primer considerando, ante la no ubicación del Segundo Miembro Titular y del Primer Miembro Suplente, corres- ponde asumir el cargo de Miembro Titular a don Fausto Valladares Olaya; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de doña Marlene Tenazoa Panduro, como Miembro Titular del Jurado Electoral Especial de la provincia de Contralmiran- te Villar, por las razones expuestas en la presente resolu- ción. Artículo Segundo.- Designar a don Fausto Valladares Olaya, para que integre el Jurado Electoral Especial de la provincia de Contralmirante Villar, como Miembro Titular, para el Proceso Electoral Municipal 1998. Registrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 10687 Declaran que Regidor del Concejo Dis- trital de Surquillo debe continuar en el ejercicio del cargo RESOLUCION W 691-98.JNE Lima, 18 de setiembre de 1998 VISTOS: La comunicación recibida el 13 de agosto del año en curso, remitida por don Percy Jhon Gonzales Sánchez, Regidor del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima, solicitando la revisión del Acuerdo de Concejo N” 109-98-SEGE-MDS emitido por el citado municipio, que declara procedente su pedido de vacancia del cargo de Regidor que ostenta don Carlos Iparraguirre Gallo Por causal de cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de a municipalidad, la misma que no contó con la aprobación de la mayoría legal de miembros del Concejo; alega que don Carlos Iparraguirre Gallo tiene domicilio real en la circuns- cripción del distrito de Santiago de Surco, como a arece de la copia de su Libreta Electoral y la escritura púb ica de la7. constitución de la empresa Doctor Bug E.I.R.L.; además, solicita que en audiencia se le conceda el uso de la palabra al abogado que designa; El Oficio N” 213-9%A-MDS, recibido el 25 de agosto del presente año, de don Edwin Laguerre Gallardo, Alcalde del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima, remitiendo la solicitud de revisión de Acuerdo de Concejo N” 109-98-SEGE-MDS presentada por don Percy Jhon Gonzales y adjuntando documentación; Las comunicaciones recibidas el 27 de agosto y 4 de setiembre del año en curso, remitidas por don Carlos Felipe Iparraguirre Gallo, Regidor del Concejo Distrital de Surqui- 110, provincia y departamento de Lima, alegando que no es cierto que haya variado de domicilio fuera de la circunscrip- ción de la Municipalidad de Surquillo; que desde 1994 tiene domicilio comercial en dicho distrito, donde funciona la empresa Doctor Bug; que también es gerente general y socio de la empresa Macarena S.A. ubicada en el referido distrito; además adjunta certificados de domicilio otorgados por la Comisaría de Surquillo; además, solicita se le conceda el uso de la palabra al abogado que designa; Oídos los informes orales que se solicitaron;