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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (19/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

Pág.164140 efvbm,QJ Lima, sábado 19 dc setiembre de 1998 doctora Rosario López Wong, en circunstancias que recep- cionó del denunciante la suma de ochocientos nuevos soles, luego de hacer entrega de la copia fotostática del dictamen fiscal favorable al cliente del abogado Hugo Huasupoma; f;r;k$dose las actas correspondlentes, que obran a foJas Que consta en autos la transcripción de la cinta magne- tofónica proporcionada por el denunciante que se&n refie- re corres onde al diálogo sostenido entre él y el fiscal investiga åo, cmta magnetofónica que se remitió al labora- torio de la Policía Nacional del Perú para el peritaje respec- tivo, obteniéndose el dictamen pericial de Ingeniería Foren- se N” 352/98, obrante a fojas 162 y 163 donde se concluye que la voz grabada en la cinta que se atribuye al doctor Bonifacio Rojas es semejante a la que se grabó posterior- mente del fiscal investigado. Que el doctor Julio César Quintana Balladares en su declaración de fojas 09 a ll, niega haber solicitado dinero al denunciante o a su patrocinado, refiriendo haber recibido la orden del fiscal investigado de encontrarse con el denun- ciante, entregándole para ello una dirección y dos números telefónicos, con la finalidad de entregar la copia fotostática del dictamen fiscal dejándole entrever que lo recibir un encargo, desconociendo que se tratara %%k:; asimismo en su ampliación de declaración ampliatoria, de fojas 148 a 150, refiere que el fiscal investigado efectuaba llamadas telefónicas al abogado denunciante. Que el agraviado Armando Fuentes Rivera y el doctor Hugo Huasu orna Fuentes Rivera smdican al Fiscal inves- tigado como a persona que solicitó y acordó la entrega deP dinero. se&m aparece en sus declaraciones respectivas de fojas 12 a‘í7. _ Que en su declaración inda atoria, de fojas 64 a 68, el Tl fiscal investigado niega los hec os denunciados refiriendo desconocer lá entrevista que se realizó entre el secretario Quintana Balladares y el denunciante y que en ningún momento lo envió a recoger encargo alguno del doctor Huasupoma, ni le entrego la dirección ni teléfonos del mencionado abogado y que la voz contenida en la grabación entregada a la Fiscalía Suprema de Control Interno, no es la suya. Qur los argumentos vertidos por el fiscal cuestionado en su informe de descargo, así como en la ampliación de su declaración indagatoria no enrrvan las acusaciones formu- ladas en su contra encontrándose fundados indicios de la comisión del delito de Corrupción de Funcionarios, previsto en el Artículo 395” del Código Penal que deben ser investi- gados en el órgano jurisdiccional competente. Que respecto a la actuacion del abogado Quintana Balladares se elaboró el Atestado N” 27-IC-GS-DIVISE cuya copia obra a fojas 24 a 32, motivando la formulación de denuncia por parte de la Novena Fiscalía Provincial Penal de Lima, habiéndose remitido copia del mismo or parte de este despacho a la Presidencia de la ComisiOn Jermanente de Procesos Administrativos del Ministerio Público; y, De acuerdo con el Informe N” 07-98-MP-F SUPR.CI emitido por la Fiscalía Suprema de Control Interno, v la establecido en el Artículo 159‘ de la ConstitucJón Poiíti- ca del Perú, Decreto Legislativo N” 52 Ley Orgánica del Ministerio Ptiblico, el inciso F I de la Tercera Disposición Transitoria, Com lementaria y Final de la Ley N” 26623. lo establecido en a Resolución de la Comisión EjecutivaP del Ministerio Público N” 337.98-MP-CEMP; la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público, estando al Acuer- do N” 4646, adoptado por unammidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que la señorita doctora Blanca Nélida Colár: Maguifio, Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y el doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisiw nal y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministeric Público, se encuentran en comision de servicios; y, er uso de las atribuciones que ie confieren las Ley& N 26623, N” 26695 y N” 26738. RESUELVF,: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la denun. cia contra el doctor Ricardo Aurelio Bonifacio Rojas Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincia. Mixta de Oyón, por delito de Corrupción de Funciona rios; decidiéndose el ejercicio de la acción penal en st contra. Remítase los actuados al Fiscal Superior encar. gado de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisiór Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicia de Huaura, para la formalización de la denuncia penal Con conocimiento de los señores Presidentes de la Cortt Suprema de Justicia de la República, de la Comisiór Ejecutiva del Poder Judicial, y del Consejo Nacional dc la Magistratura, respectivamente, ya la Oíicinu de Regis.;ro de Fiscales de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público. Artículo Segundo.- Remítase copia certificada de lo xtuado a la Fiscalía Suprema de Control Interno para que woceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 10636 Encargan Despacho de la Fiscalía Su- prema de Control Interno a magistrado adjunto RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 616-SS-MP-CEMP Lima, 18 de setiembre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N” 797-98-MP-FN-FSCI cursado por el doctor Romeo Ed nal de la +ardo Vargas Romero, Fiscal Supremo Provisio- Iscalía Suprema de Control Interno, solicitando se le conceda vacaciones del 21 al 30 de setiembre de 1998, y estando al Acuerdo NO4563 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión ordinaria de fecha ll de setiembre de 1998; en uso de las ;$ihciones conferidas por las Leyes N”s. 26623,26695 y SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conceder vacaciones al doctor Romeo Edgardo Vargas Romero, Fiscal Supremo Provisio- nal de la Fiscalía Suprema de Control Interno, del 21 al 30 de setiembre de 1998. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fisca- lía Suprema de Control Interno al doctor Pedro Abraham Chávez Riva Castañeda, Fiscal Adjunto Supremo de la referida Fiscalía or el término que dure las vacaciones del Fiscal Supremo Provisional. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario E‘ecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva de31Mmlsteno Público 16637 l1 /Designan Fiscal Superior encar ado de la gestión de gobierno delega 8a en el Distrito Judicial de Ica RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO W 617~SS-MP-CEMP Lima, 18 de setiembre de 1998