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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (25/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

Lima, viernes 25 dc selicmhre de 1998 e[ mm0 Pág. 164377 GRUPOAUXlLIAR: V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS- A) FORMACION EDUCATIVA 1 REQUISITOS: PUWIXJE a) Estudios Técnicos Profes. 10 b) Estudios Téc. Prof. No Concluidos. c) Secundaria completa Ei d) Secundaria incompleta 07 d) Primaria completa 06 B) CAPACITACION:5.1. La Oficina de Recursos Humanos apoyará y faci- itará las acciones que requiera la CEEP-INPE. 5.2. Las Direcciones Generales y Direcciones Regiona- es del INPE remitirán a la CEEP a más tardar el 7 de octubre de 1998, las evaluaciones del desempeño laboral Anexo 051, efectuado por los Jefes Inmediatos de los servidores. Con documentos que acrediten estar aprobados. En este factor el puntaje máximo será de ocho puntos.(Anexo 03). C) TIEMPO DE SERVICIOS:5.3. El servidor cuya calificación final sea menor a 55 mntos, así como aquél que no se presente, podrá ser tesado por causal de excedencia de conformidad con lo ìispuesto por el Decreto Ley N” 26093. 5.4. Los servidores destacados a otras reparticiones serán evaluados en cuanto al factor Desempeño Labo- ral, en las dependencias donde vienen prestando servi- :ios con una antigüedad no menor de tres (3) MESES. En “elación al factor Prueba de Conocimiento y Psico- técnico, deberán presentarse en el local que designe la Vomisión Especial.i 1 / 1 Se considerará máximo SEIS (6) puntos (Anexo 03). D) MERITOS: Se considerará máximo SEIS (6) puntos (Anexo 03).5.5. Excepcionalmente la Comisión Especial de Eva- luación determinará modificaciones a la fecha de Evalua- :ión de acuerdo a las condiciones geográficas y climatoló- $cas en que se encuentra el Establecimiento Penitencia- [10. 4.6.2. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS Y PSICO- TECNICO: / 1 / ’ Esta evaluación tiende a medir el grado de seguri- dad en las respuestas, la agilidad mental e inteligencia requerida para el desempeño laboral, así como el cono- cimiento de aspectos genéricos como la Constitución, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neraciones del Sector Público; Simplificación Adminis- trativa; Decreto Legislativo N” 654 Código de Ejecu- ción Penal, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Según temario (Anexo 04).5.6. Los Jefes de Recursos Humanos de las Direcciones Regionales, Establecimientos Penitenciarios u Oficinas Administrativas del INPE, serán los responsables de comunicar por escrito al personal que se encuentre ha- ciendo uso de vacaciones, de las fechas de evaluación, bajo Responsabilidad Administrativa y Funcional. 5.7. Queda suspendida a partir de la vigencia de la presente directiva las vacaciones y licencias sin goce de haber hasta la culminación del Programa de Evaluación a excepción de las ya otorgadas. 5.8. Los reclamos que pudieran presentarse sobre el resultado final, se regirán por lo establecido en el Decreto supremo N” 02-94-JUS que aprueba el Texto Unico Orde- lado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos \dministrativos. Esta prueba será escrita y su confección estará a cargo de la Comisión Especial de Evaluación. La calificación del examen tendrá un puntaje máximo de 50 puntos.Lima, setiembre de 1998. 10956 La prueba Psicotécnica para los grupos ocupacionales tendrá una valoración de 25 puntos y estará comprendida por los siguientes test: a) Razonamiento Matemático b) Razonamiento Verbal c) Razonamiento Lógico d) Razonamiento AbstractoInstauran proceso administrativo dis- ciplinario a ex funcionaria del INPE RESOLUCION DE LA PRESIDENCLA DE LA COMISION REORGANIZADORA W 406-98-INPE-CR-P La prueba constará de 50 preguntas, cada una tendrá un valor de 0.5 y una duración de 60 minutos. La prueba de conocimientos será aplicada en función al grupo ocupacional al cual pertenece el trabajador. Tendrá una valoración de 25 puntos y constará de 50 preguntas de medio (0.5) punto cada una, con una dura- ción de 60 minutos.Lima, 17 de setiembre de 1998 VISTO: El Informe N” 043-9%INPEXEPAD, de fecha 19.AG0.98, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. 4.6.3. DESEMPEÑO LABORAL Este factor evaluará el nivel de productividad, respon- sabilidad y actitudes del servidor en el puesto dr trabajo de acuerdo a los factores y puntuaciones establecidos para cada grupo ocupacional./ CONSIDERANDO: La puntuación máxima de este factor ser& de 20 puntos. 4.7 La evaluación de los criterios que anteceden tendrá el peso porcentual siguiente:Que, mediante Hoja Informativa N” 033-98-INPE/AG de fecha 4.JUN.98. En torno a las “Graves Irregularida- des Cometidas por la ex funcionaria MARIA ISABEL CARRANZA GIRALDO - ex Directora de la Dirección Regional Oriente - Pucallpa”, la Auditoría General del INPE, comunica las graves irregularidades en que habría incurrido dicha ex funcionaria; - Legajo Personal - Prueba de Conocimientos y Psicotécnico - Desempeño Laboral30%1 509k 20% 4.8. La Comisión Especial de Evaluación del INPE (CEEP-INPE) concluido el proceso evaluativo, presenta- rá ala Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario el Informe Final, incluyendo los cuadros que contienen los puntajes parciales y finales de cada uno de los evaluados.Que, del análisis de los actuados se tiene que la ex funcionaria MARIA ISABEL CARRANZA GIRALDO, durante la inspección realizada en el mes de noviembre de 1997 que duró tres días coaccionó al Sr. Antonio Ormeño Bendezú, ex Administrador del E.P. de Iquitos para que le hiciera entrega del 10% del total que recibía por concepto de gastos de alimentación y combustible, bajo amenaza de designar a otro administrador y de tomar acciones por el exceso de llamadas telefónicas detectadas en dicho E.P., además que le debía tres meses,, pues ejercía el cargo desde el mes de agosto; posteriormente y vía telefónica la procesada le indica