Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 1998 (25/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 25 de setiemhrc de 1998

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CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley N" 26093, dispone que los titulares de los Ministerios y de las Instituciones Publicas Descentralizadas deberan cumplir con efectuar semestralmente un programa de evaluacion de personal de acuerdo alas normas que para tal efecto se establezcan y MORDAZA al personal que no califique por causal de excedencia; Que, el Articulo 2" de la Ley N" 26814, faculta a la Comision Reorganizadora del Instituto Nacional Penitenciario a evaluar al Personal del Sistema Penitenciario a nivel nacional;, Que, en merito a lo dispuesto en las normas MORDAZA senaladas, es necesario conformar la Comision Especial de Evaluacion de Personal y aprobar la Directiva que establece las Normas y Procedimientos para la Ejecucion del Programa de Evaluacion de Personal del INPE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo N" 00590-PCM, Decreto Legislativo N" 826 y su ampliatoria Ley N" 26814; yen uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 235~JUS; SE RESUELVE: Articulo l".- Conformar la Comision Especial de Evaluacion de Personal (CEEP) del Instituto Nacional Penitenciario - INPE, la misma que estara integrada por: . Cmdte. PNP(r) MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gerente Tecnico Operativo Laboral Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General Lic. Adm. MESCUA MORDAZA, MORDAZA Director de la Oficina de Recursos Humanos Eco. BLEST VALENCIA. MORDAZA Directora de la Oficina General de Desarrollo Dra. UGAZ MORDAZA, Deisi Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Director de la Oficina Organizac¡& y Metodos Presidente Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro

Que, la conducta observada por los miembros del Directorio de Complejo Agroindustrial Cartavio S.A.A., asi como de su Gerente General, al haber atentado contra la transparencia e integridad del MORDAZA, debera ser objeto de pronunciamiento de CONASEV, previo el ejercicio del derecho de defensa de las personas aludidas, segun prece tua la Constitucion Politica del Peru; Que,me Crrante carta de fecha 21 de setiembre de 1998, suscrita por el Gerente General de Complejo Agroindustrial Cartavio S.A.A., se ha informado a esta Comision Nacional la relacion detallada de las acciones liberadas resultantes de la capitalizacion por reexpresion de los estados financieros de los ejercicios 1996~ 1997, parte de las cuales se han entregado indebidamente; Que, en tal sentido, al haberse distinguido las acciones liberadas resultantes de la capitalizacion por reexpresion de los estados financieros 1996 y 1997, es necesario mantener la suspension de la negociaci6n en MORDAZA de bolsa de dichas acciones, en tanto la emisora no solucione el problema originado por la conducta de los miembros del Directorio y Gerente General de la empresa en cuestion, excluyendose de la aplicacion de dicha medida a las acciones no comprendidas en la situacion descrita; Que, estando prohibida la negociacion extrabursatil de las acciones de las empresas agrarias azucareras, es necesario cautelar el derecho de los accionistas cuyos titulos no estan comprendidos en la problematica descrita, disponiendose el levantamiento de la suspension de negociacion de las acciones circulantes MORDAZA de la entrega de las acciones liberadas; y, Estando a lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 2" del Texto Unico concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobada mediante Decreto Ley N" 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV en su sesion de fecha 23 de setiembre de 1998; SE RESUELVE: Articulo lo.- Levantar la suspension de la negociacion en MORDAZA de Bolsa de las acciones de Complejo Agroindustrial Cartavio S.A.A., excepto para aquellas acciones resultantes de la capitalizacion por reexpresion de los estados financieros de los ejercicios 1996 y 1997, identificadas con los numeros del 17269172 al 19055611, cuya negociacion continuara suspendida. Articulo 2".- Las sociedades agentes de bolsa, deberan verificar bajo responsabilidad, MORDAZA de proceder ala venta de acciones de Complejo Agroindustrial Cartavio S.A.A., que las mismas no se encuentren comprendidas dentro de la excepcion indicada en el Articulo 1" de la presente resolucion. Articulo 3".-La presente resolucion entrara en vigencia a partir de su notificacion a la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 4".- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa devalores de MORDAZA, CAVALI ICLV S.A. y Complejo Agroindustrial Cartavio S.A.A. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 19933

Articulo 2".- Aprobar la Directiva N" Oll-98-INPECENECP-DG, que establece las "Normas y Procedimientos para la ejecucion del Programa de Evaluacion de Personal del INPE". Articulo 3".- Las Oficinas de Logistica y Financiera de la Sede Central y las Oficinas de Administracion de las Direcciones Regionales sertin las responsables de otorgar los recursos necesarios para el mejor cumplimiento de la presente resolucion. Articulo 4".- La Comision Especial de Evaluacion queda facultada a nombrar Subcomisiones a nivel nacional para el mejor cumplimiento del referido Programa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora DIRECTIVA N"Oll-98-INPE-CENECP-DG. PROGRAMA DE EVALUACION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO MORDAZA, 8 de setiembre de 1998 I.OBJETIVO.Establecer las normas y procedimientos para la ejecucion del Programa de Evaluacion del Personal del INPE. II. BASE LEGAL.a) Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. b) Decreto Supremo W 00590-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa.

fNPE
Aprueban Directiva que establece Normas y Procedimientos ra la ejecuvaluacion de cion del Pro MORDAZA de F Personal del iii+4PE
RR!3OLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISIONREORGAN%4DORA N-369-93-INPE/cIuP MORDAZA, 8 de setiembre de 1998

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