Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (01/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 171582 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 203 de la Municipalidad Metro- politana de Lima de fecha 21.DICIEMBRE.98 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28.ENERO.99, se aprueba el Reglamento para la Ejecución de Obras en las áreas de Dominio Público, cuyo Art. 2º determina su cumplimiento obligatorio por todas las municipalidades distritales que integran la Municipali- dad Metropolitana de Lima; Que, es necesario ratificar a nivel distrital los alcances del mencionado dispositivo como muestra de uniformidad de criterio municipal que sólo tiende a garantizar la buena ejecución de obras en áreas de dominio público bajo administración municipal, con las peculiaridades que correspondan a nuestro distrito; De conformidad con el Art. 36º, Inc. 3) de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; y con el voto unánime de los señores Regidores; se aprueba la siguiente: ORDENANZA NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA EJECUCION DE OBRAS EN AREAS DE DOMINIO PUBLICO EN VILLA MARIA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- RATIFIQUESE a nivel distrital la Or- denanza Nº 203 de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 21.DICIEMBRE.98, publicada en el Diario Oficial El Pe- ruano con fecha 28.ENERO.99, denominada "Reglamento para la Ejecución de Obras en las áreas de Dominio Público". Artículo Segundo.- PRECISAR, de acuerdo al Art. 45º del mencionado reglamento, que se encuentra prohibida la instala- ción del tendido de redes de cableado aéreo, en todos los parques, áreas y/o zonas deportivas, recreacionales y/o de esparcimiento públicos, ubicados en la jurisdicción distrital. Artículo Tercero.- Encargar a las Direcciones de Desarrollo Urbano, Saneamiento Ambiental y Comercialización, así como Rentas, el estricto cumplimiento de esta ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 4267 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Establecen monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia efectiva a las sesiones de Concejo y fijan remu- neración de alcaldesa ACUERDO DE CONCEJO Nº 33-99 San Martín de Porres, 31 de marzo de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTIN DE PORRES Visto, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 1999, el Dictamen Nº 33-99-DPPR, de la Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 451- 99-OAJ/MDSMP de la Dirección de Asesoría Jurídica, sobre el monto por dieta que percibirán los señores Regidores, por su asistencia efectiva a las sesiones de concejo y el monto de remune- ración mensual de la señora Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 modificado por el Artículo Primero de la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de la Municipalidad, previo Acuerdo de Concejo Municipal; los Alcaldes reciben una remuneración mensual y los Regidores reciben dietas por sesión; Que, el Artículo 132º de la norma acotada, modificada por el Artículo Segundo de la Ley Nº 26317, precisa que la percep- ción de la dieta está condicionada a la asistencia efectiva del Regidor a la correspondiente sesión, así mismo, el primer párrafo del Artículo 39º de la precitada norma, concordante con la Ley Nº 26317 establece que el Concejo debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) días, cumpliéndose adicionalmente labores permanentes en el re- cinto municipal;Que, el Artículo 3º del mismo cuerpo legal, establece que el acuerdo para fijar el monto de la dieta, se adopta una vez al año hasta el 31 de marzo de cada Ejercicio Presupuestal; Que, de conformidad al informe de la Dirección de Planifica- ción, Presupuesto y Racionalización, para el presente ejercicio se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional de la Munici- palidad de San Martín de Porres, el pago de dietas a los señores Regidores; como el sueldo de la Sra. Alcaldesa; Que, los señores Regidores presiden e integran Comisiones Permanentes de Trabajo, de lo que se desprende en el trabajo efectivo que realizan, requiriendo la asistencia al recinto munici- pal todos los días, adicionándose las sesiones de Concejo, lo que implica la permanencia y/o asistencia al desarrollo de labores propias como Regidor en forma permanente; Que, en sesión extraordinaria de fecha 27/1/99, el Concejo aprobó las dietas de los señores Regidores y el sueldo de la Sra. Alcaldesa, acuerdo que entró en vigencia a partir del Ejercicio Presupuestal 1999; Con el voto unánime de los señores Regidores, estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley de Municipalidades Nº 23853, Ley Nº 26317, el Reglamento Interno del Concejo y con dispensa del trámite de aprobación del acta, el Pleno del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- Derogar el Acuerdo de Concejo Nº 05-99 de fecha 27.ENE.99 y su Fe de Erratas publicada el 29/1/99. Artículo Segundo.- Fijar en 0.70% de la UIT el monto de la dieta a percibir por los señores Regidores, por la asistencia real y efectiva a sesión de concejo, con un tope máximo de cuatro (4) sesiones pagadas al mes. Artículo Tercero.- Fijar en 3.5 Unidades Impositivas Tribu- tarias, la remuneración mensual a percibir por la señora Alcalde- sa. Artículo Cuarto.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la publicación del presente acuerdo. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a la Dirección Municipal, Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 4320 Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la munici- palidad ORDENANZA Nº 009-99 San Martín de Porres, 4 de marzo de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Martín de Porres, en sesión extraordinaria de fecha 4 de marzo de 1999, con el voto unánime de los señores Regidores, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES (TUPA) Artículo Primero.- Apruébese el TEXTO UNICO DE PRO- CEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), cuyo tenor com- prende 151 procedimientos administrativos. Artículo Segundo.- Transcribir la presente ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Comisión de Simpli- ficación de Acceso al Mercado de INDECOPI, para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Dirección Municipal velar por el cabal cumplimiento de lo dispuesto por la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Deróguese la ordenanza que se oponga a la presente disposición. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigen- cia al décimo día calendario siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa