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Pág. 171570 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de abril de 1999 ampliación de presupuesto formulada por la institución expresa que el cumplimiento de la ley por parte de la Defensoría del Pueblo deberá efectuarse con cargo al monto aprobado en la Ley Anual de Presupuesto, Ley Nº 27013; sugiriendo proceder a repriorizar las metas programadas a través de créditos y anulacio- nes presupuestarias conforme al Artículo 39º de la Ley Nº 26703 modificado por la Ley Nº 26884 y el Artículo 25º de la Directiva Nº 001-99-EF/76, Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público, año 1999; Que, para cumplir con lo dispuesto por la Ley Nº 27050, la Defensoría del Pueblo aprobó la Resolución Defensorial Nº 5-99/ DP como medida transitoria, hasta adecuar sus instrumentos de gestión a los mandatos de la precitada norma legal; Que, es necesario modificar el Reglamento de Organización y Funciones creando la Adjuntía que se encargará de las funciones adicionales establecidas legalmente de manera tal que su deno- minación refleje su real ámbito de competencias y esté a cargo de un Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y para los Derechos de los Discapacitados, el que asumirá las funciones atribuidas por la Ley Nº 27050 que transitoriamente fueron encomendadas al Adjunto para los Derechos Humanos; Que, dada las recargadas actividades de la Alta Dirección y con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio, es menester designar al funcionario que deberá sustituir al Primer Defensor Adjunto en las funciones señaladas por el Artículo 8º de la Ley Nº 26520 y en los casos citados en el mismo; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 5º y 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, las Leyes Nº 26703 y Nº 27013 de Gestión Presupuestaria del Estado y de Presupuesto del Sector Público para 1999, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SUSTITUIR a partir de la fecha, el Artículo 33º del Reglamento de Organización y Funciones apro- bado mediante Resolución Defensorial Nº 041-97/DP por el si- guiente texto: "Artículo 33º.- Las Adjuntías de la Defensoría del Pueblo consti- tuyen los órganos de línea de la institución. Son: la Adjuntía para los Derechos Humanos y los Derechos de los Discapacitados, la Adjun- tía para la Administración Estatal y la Adjuntía para los Servicios Públicos. Proponen y ejecutan la política de la institución en materia de protección de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad y, específicamente en el primer caso, de los derechos de las personas con discapacidad. Asimismo, llevan a cabo las actuaciones de oficio, así como el trámite de las quejas y denun- cias recibidas por la Defensoría, de acuerdo a ley. El Adjunto al Defensor del Pueblo para los Derechos Huma- nos y los Derechos de los Discapacitados sustituirá al Primer Defensor Adjunto en el ejercicio de las facultades administrati- vas señaladas por el Artículo 8º de la Ley Nº 26520, en los casos de ausencia e impedimento temporal o cese." Artículo Segundo.- La Adjuntía para los Derechos Huma- nos y los Derechos de los Discapacitados subroga a la Adjuntía para los Derechos Humanos en todas sus funciones. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigen- cia en la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 4311 J N E Declaran que candidato proclamado debe asumir cargo de alcalde del Con- cejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo RESOLUCION Nº 393-99-JNE Lima, 31 de marzo de 1999 Vista, la comunicación recibida el 23 de marzo de 1999, de don Victorio Gil Gómez Montesinos, Teniente Alcalde del Concejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo, dando a conocer que en sesión de Concejo del 19 de marzo de 1999 se ratificó la declaratoria de vacancia del cargo de alcalde que ostentaba don Roberto Donato Guerrero de La Cruz, por fallecimiento; solici- tando se convoque al recurrente en reemplazo del alcalde vacado, asimismo se llame al candidato a regidor a fin de completar el número legal de miembros; CONSIDERANDO: Que, del archivo de este colegiado se advierte que con Oficio Nº 56-98-JEEC el Jurado Electoral Especial de Cajatambo da cuenta de la credencial otorgada a don Roberto Donato Guerrerode La Cruz, quien fuera elegido Alcalde del Concejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo, para el período 1999 - 2002; Que, con la copia certificada del Acta de Defunción Nº 00320243 emitido por la Registradora Civil de la Municipalidad Provincial de Huaura, se acredita que don Roberto Donato Guerrero de La Cruz ha fallecido el 22 de febrero de 1999, razón por la cual el citado Concejo Municipal en sesión de fecha 19 de marzo de 1999 declaró la vacancia al cargo del citado Alcalde, conforme lo dispone el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 28º de la Ley Nº 23853, en los casos de vacancia reempla- za al Alcalde, el Teniente Alcalde que lo es el Regidor hábil que le sigue en su propia lista electoral; en consecuencia, corresponde convocar a don Victorio Gil Gómez Montesinos candidato procla- mado de la agrupación independiente "Movimiento Indepen- diente Somos Perú", para que asuma el cargo de Alcalde del citado Concejo; y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, se debe llamar a doña Juana Maximiliana Solís Roque, candidata no proclamada de la citada agrupación independiente, para que ocupe el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que don Victorio Gil Gómez Montesinos, candidato proclamado de la agrupación indepen- diente "Movimiento Independiente Somos Perú", debe asumir el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo, por el período 1999 - 2002, por defunción del titular don Roberto Donato Guerrero de La Cruz. Artículo Segundo.- Convocar a doña Juana Maximiliana Solís Roque, candidata no proclamada de la agrupación indepen- diente "Movimiento Independiente Somos Perú", para que asu- ma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Manas, provincia de Cajatambo, por el período 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Otórguese a don Victorio Gil Gómez Montesinos y doña Juana Maximiliana Solís Roque las respecti- vas credenciales. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 4288 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Designan fiscales para que interven- gan de acuerdo a sus atribuciones en movilización convocada por partido político RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 189-99-MP-CEMP Lima, 31 de marzo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 1430-99-VII-RPNP/JEMO-OFOP cursado por el señor General PNP Fernando Gamero Febres, Jefe de la VII Región de la Policía Nacional del Perú, solicitando la designación de un equipo de 5 Fiscales de las Fiscalías de Prevención del Delito, para que actúen de acuerdo a sus atribuciones, con motivo que se realizará una movilización organizada por la dirigencia del Partido Aprista Peruano, el 5 de abril de 1999, a partir de las 18.00 horas, fijando como punto de partida su local central, recorriendo la Av. Alfonso Ugarte hasta la plaza Dos de Mayo, Av. Nicolás de Piérola, plaza San Martín, Jr. Carabaya, concluyendo en la Plaza Mayor; y estando al Acuerdo Nº 1983 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribucio- nes conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los doctores Cecilia Vásquez Lucas, Ramón Augusto Pinto Montúfar, Reynaldo Grentz Ibáñez,