Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 1999 (01/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Los armadores pesqueros que incumplan las disposiciones contenidas en la presente resolucion seran sancionados de conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, su reglamento, el Decreto Supremo Nº 002-99-PE, el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del recurso Merluza y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 6º.- La presente resolucion no es de aplicacion a la actividad pesquera artesanal. Articulo 7º.- Dejar sin efecto las disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 537-98-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 4335

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador del Peru ante el Estado de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 130-99-RE MORDAZA, 31 de marzo de 1999 De conformidad con el inciso 12) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante el Estado de MORDAZA, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Roncagliolo Higueras. 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 4369

Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, en sus Articulos 161º y 162º indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes Nºs. 376-98-MTC/ 15.19.03.2. y 495-98-MTC/15.19.01, consideran procedente la solicitud de la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television en la Banda de VHF, en la MORDAZA de Tingo MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas:

Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision

Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : Av. Alameda Peru Nº 764, Dist. MORDAZA MORDAZA, Prov. MORDAZA MORDAZA, Dpto. Huanuco. Coordenadas: L.O. 75° 59' 22" L.S. 9° 15' 46"
El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA cumplido con los pagos indicados, la presente autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho. Articulo 3º.- La EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162º del Reglamento General mencionado. Articulo 4º.- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1º No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3º. 2º Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3º Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5º.- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6º.- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo 1º, sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. ENA MORDAZA HILBCK Viceministra de Comunicaciones 4176

: BC-TV : Video: 211.25 MHz Audio: 215.75 MHz : 13 : OAV-5Y : Video: 250 w. Audio: 25 w. : Video: C3F Audio: F3E : H24

MTC
Otorgan autorizacion a empresa para operar estacion retransmisora de servicio de radiodifusion comercial por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 109-99-MTC/15.03 MORDAZA, 24 de marzo de 1999 VISTA la solicitud presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., para establecer una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television en VHF, en la MORDAZA de Tingo MORDAZA, distrito MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Articulos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente;

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